Su
historia documentada –núcleo poblacional- Aspecto religioso rural dependiente
de la ciudad indiana. , Capellanía y Mayorazgo.
Ricardo
Federico MENA
El Valle Calchaquí constituye una unidad geográfica étnico-cultural de caracteres definidos y tanto los valles septentrionales como los meridionales, conformaron la gran “Provincia” por donde comenzara la conquista y el punto de partida desde donde los grandes capitanes españoles viajaron a fundar ciudades que consolidarían su presencia.
Diego de Rojas, Nuñez de Prado y Pérez de Zurita, con enérgica decisión
y genética bravura irrumpen este agreste paisaje, contemplando con expresión
atónita la magnificencia de sus cumbres nevadas, mientras escuchaban acaso el
silbido irrefrenable del viento, trayendo entre sus hebras la
grita inclaudicable de los defensores de la tierra. Cada palmo de esa tierra
guardaba como un tesoro, no sólo el sueño del cóndor, sino también la silueta
moral del hombre americano, defendiendo con hidalguía su tierra milenaria.
El Valle Calchaquí guarda en lo más
hondo de sus quebradas un pasado histórico, pleno de sugerentes vibraciones que
jamás pueden ser olvidadas. Transitar
sus caminos abandonándonos lánguidamente a su hechizo, dejando atrás hieráticos
cerros de colores y dejando descansar la mirada en sus horizontes de fuego, el
hombre poético y soñador se sumerge en un éxtasis profundo y dejando escapar
los ojos hacia los verdes lujuriosos, de
las playas del río, escucha al viento estampar las voces de la historia sobre
el bermellón y de sus quebradas y acaso, perderse en forma de susurros sobre
nuestros oídos. Los hechos del pasado
colonial, permanecen aún en el nido de los cóndores o en la melena lacia
de los sauces a la espera de ser nuevamente convocados.
Toda la región tiene un clima templado y aunque está cerca del trópico no posee la variedad sub-tropical, sino que la altura y la aridez imponen sus propias reglas. Las montañas desempeñan un rol fundamental, ya que juegan el papel de contenedoras de la humedad, lo que convierte a los valles en compartimentos separados, definiendo el típico clima continental por la escasa influencia de los océanos Atlántico y Pacífico; es debido a las distintas alturas que va desde los faldeos de los cerros hasta los picos más altos el motivo por el que se generan distintas temperaturas, dando origen a diversos microclimas favorecedores de la agricultura. La flora aguerrida y xerófila tiene su exponente típico en el milenario algarrobo de vainas morenas y desempeñaron para la civilización calchaquí, en reino vegetal, lo mismo que la llama en el reino animal. En invierno a impulsos del viento caen las hojas y los frutos, alfombrando el campo dando alimento a las bestias que carecen de ellos. El lloro de estos árboles constituye lo que se denomina “mita o mitu”, significando en la lengua local, barro o lodo. La espina del algarrobo llamada justicieramente “clavo” es la misma que usaban los antiguos pobladores al recoger la algarroba, asegurando con ellas los “pullos” donde almacenaban el preciado alimento para la elaboración de la chicha, la aloja y el patay que todos conocemos. Hermano y compañero en la región, es el cardón, que esparcido en grupos más o menos importantes ofrecen su líquido depósito a las bestias y a los hombres que transitaban por aquellas desoladas latitudes. Es decir que aún hoy, donde se halle un cardón, nadie pudo o puede morir de sed.
Al hablar de la “provincia calchaquí”,
necesariamente debemos ubicarla dentro de los límites que tenía el imperio
incaico, y al decir de algunos historiadores fue respetado por los dominadores
españoles que le llamaron erróneamente “provincias” ya que las denominaciones
indígenas no podían ser traducidas al castellano.
El dominio del incario sobre nuestra
región fue evidente, haciéndose más palpable en una serie de testimonios
documentales y arqueológicos que ponen en evidencia una perfecta organización
precolombina antes de la venida del conquistador blanco. El extremo meridional
estaba constituido por la provincia de Quire-Quire, cuya cabeza de
curacazgo de acuerdo a don Alberto Rex
González, se encontraba en la localidad de Tolombón, extendiendo su influencia
hacia los valles de Yocavil, Tafi y el mismísimo de Hualfín y quizás el de
Abaucán.
Todos estos lugares vienen a constituir un reservorio cálido de
evocaciones históricas y fue el señorío de Juan Calchaquí, formidable paladín
de la primera gran guerra desarrollada
en territorio nacional. Fue asimismo teatro de operaciones y bastión inexpugnable del falso Inca Bohórquez,
llevado a ese sitio de la mano del cacique Pivanti, jefe principal del valle
durante la tercera guerra calchaquí. Entre medio de ambas, la dignidad del
hombre americano fue sostenida con porfiada vehemencia por un gran estratega:
el legendario Chelemín, durante la segunda sublevación que tan duramente había
tratado a los españoles. El cacique Chelemín fue originario del valle de
Hualfín y jefe supremo de sus tribus famosas por su bravura. Fueron estas las
que constituyeron la “guardia de corps” del
Inca Bohórquez en su ciudadela de
Tolombón y las que luego de su derrota dieron nombre a las localidades salteñas
de Walfín y Gualfín.
Sus restos mortales fueron esparcidos a
los cuatro vientos por los cascos de cuatro potros disparados en las cuatro
direcciones del valor y de la gloria.
El resto de los valles, con las
localidades de La Poma, Payogasta, Cachi y San Carlos, comprendían la gran
provincia de Chicoana, del que Curacazgo, siguiendo siempre a Don Alberto Rex
González estaría en la localidad de La Paya.
Figuras legendarias y míticas se
suceden en incesante desfile en el campo español, dando fe del empuje conquistador. Así nombran, con sus
triunfos, sus derrotas y humanas
debilidades a formidables guerreros como Don Juan Gregorio Bazán de Pedraza,
Julián Seldeño, Hernán Mexía de Miraval, Gregorio de Luna y Cárdenas, Miguel de
Ardiles entre muchos otros que con su accionar contribuyeron a realizar esta
Argentina que hoy vivimos. Estos nombres nada dicen a nuestras actuales
juventudes y es nuestro ineludible deber asimilarlos a nuestros próceres de la
independencia, ya que sin ellos nada de lo que vivimos pudiera haber sido
posible. Son muchos nombres que no deseo dejar en la marginación y en sucesivos
trabajos marcaré sus huellas que contribuyeron a la conformación de nuestro
querido país.
Su evolución a través del tiempo. Producción y mano
de obra.
Al
hablar de generalidades habíamos comentado acerca del clima templado imperante
en el Valle Calchaquí. Lo habíamos definido como de tipo continental por la
escasa influencia de los océanos Atlántico y Pacífico y habíamos consignado
asimismo que el promedio de sus temperaturas está en función de las altitudes que van desde los faldeos
hasta la cima de las montañas en forma de arco decreciente; dando como
consecuencia lugar a la formación de distintos microclimas.
Esta región de acuerdo a los estudios efectuados por
el licenciado Elio Navarro en su libro, “Catamarca, hacia un estudio integral
de su geografía”, el relieve y la geología de la región oeste pertenece a
grupos estructurales y geográficos de la zona de transición cordillerana, de
las sierras pampeanas y del sistema Narváez-Cerro Negro-Famatina.
En esta región del oeste y
más precisamente en su sector norte se encuentra el cordón del Aconquija, y al
oeste del mismo se eleva la serranía de Quilmes o del Cajón en el departamento
de Santa María; al sudoeste de la misma se encuentra la serranía de las cuevas,
y hacia el oeste los cerros Negro y del Durazno. Hacia el sur, las sierras de
la Alumbrera y Ovejería, las sierras de Belén continuando hasta el Shincal.
Haciendo un análisis de las
testamenterías de los antiguos propietarios, cuyos originales poseo; trataremos
de hacer un bosquejo de us actividad mercantil y su estructura agraria, como
forma de conocer la intimidad de la región en sus aspectos geográficos,
históricos, económicos y sociales.
Hualfín
y San Fernando, estaban como hoy alejados de los centros administrativos,
comerciales y políticos de la región subandina, en contraposición con su
extremo septentrional bajo la dependencia administrativa de la ciudad de Salta.
En el estudio que estamos realizando, desempeña un papel preponderante la organización de la sociedad colonial, la
distribución de tierras y mercedes, como asimismo el control de la circulación
de mercaderías en el ámbito comercial andino, ya que el desarrollo de la
minería altoperuana y las coyunturas económicas impuestas por los Borbones en
el Río de la Plata son puntos de partida y comparación de invalorable ayuda.
Para
todo estoy hay que tener en cuenta la ocupación definitiva del valle calchaquí,
realizada recién en el Siglo XVII y el aprovechamiento realizado de acuerdo
alas condiciones ecológicas de cada zona o dicho de otra forma, del
aprovechamiento realizado conforme a los recursos tecnológicos existentes en
aquellos tiempos.
En este estudio debemos
tener presente que nuestro valle viene siendo cultivado desde larga data, pues
desde antes de la llegada de los españoles, los naturales venían haciendo
agricultura de regadío. Las condiciones naturales para efectuarlas eran
óptimas, ya que en numerosas informaciones de los españoles al rey hacían una
clara referencia a ella, como la que hace el padre Diego de Torres en 1610. Más
tempranamente lo hace Diego Pacheco en su “Relación de las Provincias del
Tucumán”; “No hay oro ni plata, pero tiene opinión de tierra buena, fértil para
ganado y trigo y maíz y mantenimientos”. (Relaciones Geográficas de
Indias-Perú-Biblioteca de autores españoles-Tomo CLXXXIII-Madrid-1965, citado
por la profesora Sara Mata de López en su trabajo ”Valle
de Lerma, Valle Calchaquí y frontera este, segunda mitad del Siglo XVIII.
Es comprensible de acuerdo a
lo que hemos referido de las particulares condiciones climáticas, que en toda
extensión del Valle Calchaquí, tanto en el norte como en el sur, los cultivos
se desarrollen desde tiempos inmemoriales en las terrazas fluviales encontradas
en las márgenes de los ríos, lo que
equivale a decir que la superficie apta para el cultivo es demasiado escasa
constituyendo el resto planicies semideserticas en escaso tapiz vegetal, apto
para la ganadería menor especialmente cabras y ovejas, que por sus particulares
condiciones naturales pueden trepar las cumbres escarpadas, habiendo esto determinado un éxodo de la fauna
autóctona: la llama, el guanaco y la vicuña, llamados por los primeros
españoles “carneros de la tierra”. Esta fauna debió emigrar forzosamente a los
altos valles.
Comenta la fuente
consultada, que aunque la superficie cultivable es escasa, la actividad
fundamental del valle es la agricultura y por su alto grado de insolación en
épocas anteriores, más específicamente en el Siglo XVIII, la zona baja del
valle donde la parte salteña sólo alcanza a 75 km, estaba abocada a los cultivos
de cereales y huertos.
Todo esto se mantiene más o
menos uniformemente incluyendo al valle del Yocavil o Santamariano.
En lo que respecta al Valle de Hualfin que estamos tratando,
hay algunas variaciones, ya que el riego de las superficies cultivables se
efectúa también gracias a aporte fundamental de las numerosas vertientes
existentes en la zona llamada de los Nacimientos. La cuenca hídrica está
constituida por el río Las Cuevas, que va cambiando su denominación para
llamarse río de los Nacimientos y ulteriormente río de Hualfin. Esta región a
partir de los Nacimientos cambia abruptamente su fisonomía virando del gris al
verde, por obra del aporte hídrico de las vertientes que dan lugar al
desarrollo de su particular microclima, aprovechando para la agricultura, tanto
en la época indígena como en la española.
El agua de vertientes constituye en consecuencia una de las
principales riquezas de la zona, especialmente las que se encuentran en el
paraje denominado de los Nacimientos de Arriba.
Los españoles al arribar a
estas tierras, trajeron aparte de lo ya enunciado anteriormente, los cultivos
propios de la península, al punto que Pedro Sotelo de Narváez en el año 1592,
dice del Valle Calchaquí: “Es tierra muy abundante de papas, como tunas de la
tierra que se siembran, maíz, frijoles,
quinoa, zapallo, trigo, cebada y todas las legumbres, algarroba y chañar y
tiene la puna, que es el páramo cerca, donde tienen gran suma de caza de
guanacos y vicuñas y otras muchas cazas. Siembra con acequias de regadío todo
lo dicho (...) tienen ganados de castilla de los que tomaron a los españoles
cuando los mataron y lo hicieron despoblar (...) citado por la Señora De Mata
en el trabajo anteriormente enunciado.
Estas citas son
reiteradamente expuestas al rey en sus informaciones por parte de los
conquistadores como consta de los Tomos I y II de Documentos de Indias,
publicados por el padre Larrouy.
Según la fuente consultada y a la que nos referimos
anteriormente, por comparación en el calchaquí salteño, la ganadería no tuvo
gran desarrollo durante el Siglo XVIII, aunque se aprovecharon los faldeos
orientales alejados del río Calchaquí. Más desarrollada estuvo en el siglo
siguiente. Las pasturas naturales no eran abundantes y se ayudaba con los
algarrobales que se desarrollan hasta Payogasta, como complemento natural de
las pasturas. Se criaron vacunos y se invernaron mulares. La documentación
consultada por la Sra. Mata nombra como potreros dedicados a este rubro los de
La Poma, Cachipampa, Tonco, Tintín, Rumiarco y Amblayo que son zonas menos
favorecidas para la agricultura. Respecto a los frutales que plantaban en estas
tierras no deben olvidar la vid, los durazneros, ciruelos, higos, naranjos,
etc. Hubieron hacia el año 1762 en los departamentos
de Piedra Blanca y otra próxima a la ciudad con seis y siete mil cepas de viña,
los cuales constituían verdaderos emporios. De acuerdo a las testamenterías
originales en mi poder las cifras eran mucho menores,
donde habían que tener en cuenta las distancias de los centros más poblados.
En lo que respecta a la ganadería desde el comienzo
de la colonia la cría de burros, mulas y yeguarizos se incrementaban
permanentemente.
El
estudio y consideración de la evolución económica de la región ayuda a
comprender su desenvolvimiento, la idiosincrasia de su pobladores y su
inserción dentro del país y de su historia y cada uno de sus rincones
constituye un reservorio cálido de rememoraciones pasadas que no terminan de
irse.
Fue el
valle, el señorío de Juan Calchaqui, formidable paladín de la primera gran
guerra desarrollada en territorio nacional. Fue asimismo teatro de operaciones
y bastión inexpugnable del falso inca Bohórquez, quien fuera incorporado a su
historia por el cacique Pivanti, jefe principal de las tribus indígenas durante
la tercera guerra calchaquí. Entre ambas, la dignidad del hombre americano fue
sostenida con porfiada vehemencia por el astuto estratega, el nunca olvidado
cacique Chelemín durante la segunda sublevación que tan duramente había tratado
a los españoles. Sus restos mortales fueron despedazados por cuatro potros, y
esparcidos a los cuatro vientos en aras del valor y de la gloria.
El resto de los valles con las localidades de La Poma, Payogasta, Cachi y San Carlos, comprendían la gran provincia de Chicoana, cuya Curacazgo siguiendo siempre don Alberto Rex González, estaría en la localidad de La Paya.
La contraparte
conquistadora, está asimismo saturada de míticas figuras que dan fe del empuje
español y es así como la memoria colectiva y la historia grande recuerda a
formidables guerreros: Don Juan Gregorio Bazán de Pedraza, Julián Seldeño,
Hernán Mexia de Miraval, Gregorio de Luna y Cárdenas, Miguel de Ardiles, entre
muchos otros que con su accionar contribuyeron a conformar la Argentina que
estamos hoy viviendo. Es necesario rendir un emocionado homenaje a los
admirables protagonistas de tan azarosa epopeya, españoles y americanos que
dejaron jirones de su sangre y retazos de su sangre en batallas memorables,
libradas en este contexto geográfifo, silente testigo del nunca resignado ocaso
mítico de las deidades calchaquíes
Aspecto religioso.
Parroquias y viceparroquias.
Núcleo poblador del valle desde fines del Siglo
XVIII
Luego de presentado el ámbito fisiogeográfico, y el
boceto histórico general de territorio, comenzamos a pensar en como se
desenvolvía la religiosidad en las dilatadas comarcas que componían el antiguo
Tucumán. Luego de la conquista comenzaron a fundarse numerosas ciudades, como
las fundadas por Aguirre y Villarroel, Santiago y Tucumán; por Cabrera, Lerma,
Velazco y Mendoza: Córdoba, Salta, Jujuy, La Rioja y Catamarca, en cuyas
circunscripciones se encontraban centenares de miles de indígenas, a quienes
era necesario convertir a la fe de Cristo, para lo cual se hacía necesario la
erección de iglesias y capillas, como asimismo hospitales y colegios donde
desarrollaban su labor espiritual sacerdotes y misioneros. Dice al respecto
Monseñor Toscano que fuera Vicario General de la Diócesis de Salta, en su libro
Primitivo Obispado del Tucumán y la Iglesia de Salta: “Los territorios exigían
así circunscripciones eclesiásticas determinadas, su división en diócesis menos
extensas como se había verificado en México, Perú y otros lugares para
facilitar el servicio espiritual y religioso”.
“Cinco
arzobispados se habían creado hasta fines del Siglo XVIII: en 1545 el de Santo
Domingo, con cuatro diócesis sufragáneas: San Juan de Puerto Rico, Santiago de
Cuba, Venezuela y Jamaica.
En
1547, el de México con diez obispados; el de Lima en 1547 con ocho sedes episcopales:
Cuzco, Arequipa, Guamanga, Truxillo, Quito, Panamá, Santiago de Cartagena y
Santa Marta; en 1609 el de Charcas con cuatro sillas: La Paz, Santa Cruz,
Paraguay y Tucumán. Algunos de estos obispados se remontan a épocas muy
lejanas, como el de Paraguay en 1546 y el de Tucumán erigido veinticuatro años
después. En esta primera época todo el territorio del Tucumán formó un solo
obispado, sufragáneo del Metropolitano de Lima, como igualmente el de Paraguay,
es decir antes de pasar a ser sufragáneos de Charcas. Los obispos acudían desde
estos extremos a la metrópoli toda vez que era requerido su concurso y su
presencia en el desempeño de sus deberes de prelados sufragáneos (...) teniendo
cada diócesis su obispo que debía interesarse de una manera u otra en la
vigilancia inmediata de la conversión de la raza indígena”.
Siguiendo siempre a Toscano, mencionamos que la primera Diócesis Argentina en la
extensa región del Tucumán, fue adjudicada a la ciudad de San Miguel de Tucumán
que tuviera la honrosa distinción de ser declarada y constituida en ciudad por
un pontífice de la Iglesia, cuando aún era un germen de ella. Cinco años
después de estar fundada, un día de San Miguel, el 29 de setiembre de 1565, el
Papa San Pío V en 1570, erige en ciudad “el pueblo llamado Tucumán en la
provincia del mismo nombre y en ella instituye la iglesia Catedral”.
No pudo concretarse tan
honrosa medida ya que algunos factores de peso conspiraron para que ello no
ocurriera, como por ejemplo la mayor cantidad de familias y habitantes.
De Santiago del Estero,
además de ser residencia provisoria de las autoridades civiles. Otras de las
circunstancias que determinaron al Papa a cambiar su primera resolución fueron
las continuas inundaciones a que la sometía el río de Pueblo Viejo, también denominado De la
Quebrada o del Tejar, pues junto a él se instaló una fábrica de tejas; otro
factor de principal importancia fue estar junto a las fronteras de las tribus
calchaquinas aún no sometidas.
La Bula por la cual se crea
el Obispado de Tucumán, llama Bula Super Specula Militantis Eclesiae, dada el
14 de mayo de 1570 dice textualmente en su trabajo preparado por Luis Alén
Lascano publicado en la revista número
37 de Todo es Historia: “Nos decía el Papa en este documento, escuchando la
súplica de nuestro carísimo hijo en Cristo Felipe II, rey católico de las
Españas erigimos e insitiuimos el predicho pueblo del Tucumán, en ciudad, y en
ella una iglesia Catedral bajo la advocación de San Pedro y San Pablo”. A pesar
de ser esta la primera diócesis, debemos reconocer que antes de la misma
existió en nuestro territorio el obispado del Río de la Plata, como
consecuencia lógica del mayor peso
político de las corrientes colonizadoras que venían del otro lado del mar. Al
desaparecer la primera Buenos Aires este
obispado pasó a denominarse obispado del Paraguay, ya que su sede se trasladó a
la ciudad de Asunción hasta que en 1620 por acción del Paulo V se creara el
obispado de Buenos Aires.
Pero quién era este Papa a
quien la Iglesia argentina debe reconocer junto a Felipe II su paternidad?
Antes de tomar el nombre de
Pio V, Michele Ghisleri, fue obispo de Netri y Sutri , además gran inquisidor y cardenal. Fue elevado a trono pontificio
en el año 1566. Su familia pertenecía a la nobleza de Bolonia y fue predilecto
de sus antecesores los Papas Paulo y Pio
IV. Fue un protector de las artes y las ciencias, además el inspirador de la
alianza entre Venecia y España enfrentadas por mutuos agravios. Esto permitió
que pudieran enfrentar con éxito el peligro por la presencia de los turcos en
el Mediterráneo. Es así como la batalla de Lepanto fue ganada por las fuerzas
de la cristiandad. Brillaron en la contienda las figuras de don Juan de Austria
y del célebre Miguel Cervantes y Saavedra.
La ciudad de Santiago del
Estero, lugar donde se establece la Iglesia Catedral como bien decíamos
anteriormente dada su preeminencia civil, fue instalado definitivamente por
Francisco de Aguirre el 25 de julio de 1553 cuando traslada la antigua ciudad
del Barco que fundara Nuñez del Prado a orillas del río Dulce. Es en esta
ciudad donde se introducen las primeras órdenes de regulares en el actual
territorio argentino mercenarios, franciscanos y dominicos.
Junto al título de “Madre de
Ciudades” dado que desde allí se fundaron las otras ciudades podría anexarse al
decir de Alén Lescano el de “Madre de la Iglesia”.
Fue debido a la tremenda
extensión de la diócesis antes de la creación del obispado tucumano el hecho de
depender en lo religioso del obispado de Chile a pesar de ser sufragáneo del
arzobispado de Lima. El mismo obispo de Chile aconseja desmembrar tan dilatado
territorio diocesano en el año 1564 y crear uno
nuevo en tierra de Juríes. Esto contribuye a dar una mayor significación a la
Bula de 1570.
Antes del Obispo Victoria la
región del Tucumán tuvo otros candidatos que no llegaron a ejercitar sus
funciones entre los cuales nombraremos primero a Fray Francisco de Beaumont,
que fuera el primer candidato del Papa Pio V.
Citando la misma fuente días
antes de la Bula Super Specula, el pontífice comunicaba al arzobispado de la
ciudad de Los Reyes: “Supuesto que la Iglesia del Tucumán, situada en el Perú
de las Indias e Islas del Mar Océano que nos hemos instituido y erigido por
consejo de nuestros hermanos y según causas entonces alegadas en Catedral Sufragánea del Arzobispado de la
ciudad de Los Reyes, estuviera vacante desde la primera creación y nos hemos
provisto en la persona de nuestro querido hijo, el electo Francisco por igual
consejo y en virtud de la misma autoridad al mismo episcopado” (Andrés Millé:
Itinerario de la Orden Dominicana-Bs. As.-Emecé Editores-1964, pág. 180.
Este prelado desempeñaba el
cargo de guardián del convento de su orden y murió antes de hacerse cargo en
Jerez de la Frontera el emplazamiento de esta nueva Diócesis se conoció al año
siguiente de su promulgación y fue celebrado con grandes fastos por el entonces
gobernador, el célebre don Nicolás Carrizo de muy importante actuación en las
épocas difíciles de la conquista.
Santiago del Estero recibe
seis años más tarde otro honor, haciendo de la ciudad un centro cada vez más
importante: recibe de parte de Felipe II un escudo de armas y la denominación
de “muy noble” en mérito a los importantes servicios durante la conquista.
La nueva diócesis en
definitiva estaba integrada por Tarija, Salta, Jujuy, Tucumán, Santiago,
Catamarca y configuraban una extensión de aproximadamente 70000 km cuadrados y
una población estimada de 86000 indios, más o menos los empadronados durante su
fundación.
Sucede a Beaumnot Fray Jerónimo
de Albornoz que fallece al llegar a Lima el 27 de octubre de 1574, aunque tuvo
tiempo de nombrar vicario, quien se hace cargo de la diócesis durante varios
años. El mencionado Vicario fue Fray Pascual de Rivadeneira.
En virtud de las normas
establecidas por el patronato ejercido por Felipe II, se propusieron las
candidaturas del franciscano Fray Jerónimo de Villacarrillo para el Obispado de
Tucumán y la de Fray Juan del Campo para la de Paraguay.
La búsqueda incesante por
parte del rey a fin de nombrar en el cargo a los sacerdotes más idóneos,
chocaba a veces con la distancia, los trámites burocráticos y también muchas
veces con la pobreza de los elegidos. Los últimos declinaron la candidatura.
La historia discurre de esta
manera hasta que aparece en escena la recia figura del Fray Francisco de
Victoria, un antiguo comerciante probablemente de origen portugués que fuera
propuesto por el Consejo de Indias el 13 de setiembre de 1577 junto a Fray
Alonso Guerra para el Río de la Plata.
El obispo tarda once años en
hacerse cargo efectivamente de su diócesis, trabajando en su ínterin en la
búsqueda de sacerdotes para su dilatada jurisdicción. .
Al hacer su entrada en la ciudad de Santiago del
Estero es recibido con gran alborozo por la feligresía que se contraponía
evidentemente con el desagrado del
gobernador Hernando de Lerma, quien veía al obispo como un contralor a todos
los desmanes y excesos a los que estaba acostumbrado. Los enfrentamientos
revestían tal magnitud, que numerosas oportunidades Lerma lo obliga a dejar la
ciudad. Cuando llega a ella es recibido en casa de don Melchor de Villagómez y
de su mujer doña Ana de Córdoba.
En el
transcurso del tiempo la primera Matriz del obispado del Tucumán tuvo que ser
reconstruida en varias oportunidades debido a las inundaciones reiteradas del
caudaloso río Dulce. Alguna vez el empuje de sus aguas llegó hasta el mismo
interior de la fábrica. Una de las reconstrucciones se efectuó bajo la
administración del obispo Trejo y Sanabria, inaugurándose solemnemente en 1612,
con gran lujo de ornatos, cuyos costos de fabricación ascendía a 3.000 pesos,
constituyendo de acuerdo con Orestes Di Lullo una verdadera obra de arte. Esta
fue la época en que Santiago del Estero
constituía la capital civil y religiosa viviendo en ella más de cien
vecinos principales y 6729 indios de doctrina. Otras reconstrucciones se
efectuaron debido alas mismas inclemencias del tiempo en los años 1615, 1617,
1663 y 1670 que a la postre marcan el principio de su decadencia política y
religiosa.
Al
obispo Trejo y Sanabria sucede en el año 1618, Julián de Cortázar nombrado por
Paulo V, ejerciendo su obispado hasta el año 1625 en que es promovido al sillón arzobispal de Nueva Granada.
En lo
que resta del siglo continúan los siguientes prelados: Fray Tomás de Torres
(1626-1630); Fray Melchor Maldonado de Saavedra cuyo tiempo se remonta al culto
de la Virgen del Valle en Catamarca (1632-1661); Fray Francisco de Borja,
bogotano (1665-1679); Fray Nicolás Hurtado de Mendoza también agustino igual
que Maldonado (1679-1686); Dr. Julián Bravo Dávila y Cartagena en cuya época se
funda el Colegio de Monserrat (1689-1691) y Fray Manuel de Mercadillo
(1688-1704), el último que tuviera su sede en la ciudad de Santiago del Estero
y bajo cuya administración se trasladara a la ciudad de Córdoba. Esto
naturalmente desató una dura polémica con la consecuente connotación
geopolítica y de intereses materiales estimulados según Alén Lascano por el
propio obispo Mercadillo.
El
traslado tuvo lugar el 24 de junio de 1699 con la consecuente oposición del
cabildo y del vecindario. El colmo de las desventuras aún no estaba completo
pues a este sangriento desmembramiento se suma lo que sería el golpe final al
otrora esplendor santiaguino: el traslado del seminario y el de las autoridades
civiles y militares que fijaron su nuevo asiento en la ciudad de Salta. Córdoba
en cambio vivía su momento de esplendor, dado que en su territorio se
encontraban el obispado y la universidad; hasta el nombre de la diócesis había
cambiado, pues pasó a llamarse Córdoba del Tucumán hasta el año 1806, pues en
el año 1807 se crea el obispado de Sala del Tucumán con jurisdicción sobre Santiago del Estero e independiente de
la jurisdicción cordobesa.
De
acuerdo a Leslie Bethell respecto a la iglesia y la independencia de América
Latina, el nombramiento de los obispos era efectuado por la corona en virtud
del derecho de patronato que tenia su origen en las concesiones pontificias,
efectuadas a los Habsburgos en el Siglo XVI, reforzados en el Siglo XVIII por
el regalismo borbónico. La corona se aseguraba de esta manera la fidelidad de
los obispos que les quedaban subordinados, pues la inmensa mayoría de ellos
procedían de la península, y se identificaban con sus intereses. Los obispos de
cuya lealtad a la corona se sospechaba eran devueltos a España o
definitivamente apartados de sus diócesis, como ocurriera en Caracas y en el
Cuzco.
Volviendo nuevamente a la
primera catedral santiagueña, diremos que el Fray Francisco de Victoria, con
anuencia apostólica autoriza su erección desde su convento de Sevilla el 18 de
octubre de 1578. Fue el obispo Victoria un antiguo comerciante probablemente de
origen portugués que fuera propuesto por el Consejo de Indias el 13 de
setiembre de 1577 junto a Fray Alonso Guerra para el Río de la Plata. Tarda
once años en hacerse cargo en forma efectiva de su diócesis, pero en su ínterin
trabaja activamente buscando sacerdotes para llevar a su dilatada jurisdicción.
Al hacer su entrada a la ciudad de Santiago del Estero, es recibido con gran
alborozo por la feligresía que se contraponía muy evidentemente con el
desagrado puesto de manifiesto por el gobernador don Hernando de Lerma quien
veía al obispo como el contralor de todos sus desmanes y excesos. Los
enfrentamientos adquirieron tal magnitud que en numerosas oportunidades Lerma
le obliga a abandonar la ciudad. Al llegar a la ciudad se aloja en casa de don Melchor de Villagómez
y de su mujer doña Ana de Córdoba.
Acerca de la personalidad de
Don Hernando de Lerma diremos junto a numerosos historiadores que era en
extremo atrabiliaria y despótica: Largo sería enumerar los desmanes y abusos de
poder del mencinado gobernador, como así también las vicisitudes que rodearon
su nombramiento, sólo diremos que son muy conocidas las desavenencias con el
obispo Victoria y sus delegados el presbítero Hernando de Morillo y el Deán
Francisco de Salcedo
La Catedral santiagueña, con
su pomposo título, era en realidad la matriz de sus pares, a pesar de
constituir en sí una modesta capilla de adobes con corredores a ambos costados
y piso de tierra apisonada.
La administración de la
diócesis estaba ejercida aparte del obispo por el Deán Francisco de Salcedo, el
Provisor Francisco Vázquez, también dominico y los presbíteros Diego Pedrero de
Trejo, Francisco de Rojas y Juan de Quirós. Es durante su administración que
llega al país la orden de la Compañía de Jesús para extenderse muy pronto a
todo el ámbito de nuestro territorio.
En el año 1590 vuelve a
España donde muere esperando dar cuenta al soberano sobre su actuación en el
Tucumán. Luego de su muerte le sucede otro gran prelado de origen americano,
Fray Hernando de Trejo y Sanabria, bajo cuyo gobierno se desarrolla el primer
sínodo americano que fuera precursor de toda la vida religiosa e intelectual del
Siglo XVIII, habiéndose creado también bajo su gobierno por una cédula de
Felipe III, un colegio de ciencias morales o seminario de ciencias morales. El
17 de diciembre de 1611 inaugura junto al Provincial de la Compañía de Jesús el
Seminario de Santa Catalina, precursor a su vez de la Universidad de Córdoba.
La religión y la
religiosidad tuvieron gran importancia en la ciudad indiana y asimismo en las
zonas rurales sometidas a su influencia y es posible detectar en todo el tiempo
de la conquista y la colonización su lado visible y su zona oscura. Expresada
por la imposición del cristianismo es decir por la fuerza y por otro lado la
utilización de una técnica de gran sensibilidad en la captación de la
feligresía indígena. Este sincretismo enriquece la tradición cristiana
mostrando dos aspectos fundamentales a saber: la apertura de la iglesia para
asimilar nuevas costumbres y ritos y por otra parte la capacidad del indígena
para mantener la pervivencia de su cultura. La iglesia de Hualfin motivo de
este trabajo es un vivo ejemplo de lo que estamos diciendo al punto que su
altar está decorado con profusión de elementos paganos mezclados con los
puramente católicos.
El cristianismo impregnó en
el alma del pueblo español una enorme devoción hacia la Virgen María, al punto
que todas las empresas se efectuaban bajo la advocación de la misma. Colón
mismo al principio de su expedición pone la misma bajo el manto protector de la
Virgen, bautizando su nave capitana con el nombre de Santa María. Desde allí la
tradición mariana se extiende permanentemente como reguero de pólvora en todos
los confines de las tierras descubiertas. Su nombre se encuentra en todas las
fundaciones realizadas tanto por España
como por Portugal, bajo las distintas advocaciones, Candelaria, Asunción,
Loreto, Concepción, del Rosario, de la Merced., etc. La devoción hacia ella
muchas veces trascendía y aún lo hace,
los límites mismos de las propias ciudades, siendo un foco de atracción para
multitud de peregrinos que acuden desde los cuatro puntos cardinales a expresar su fe, como es el caso
de la Virgen del Milagro de Salta, del Valle en Catamarca, de la Merced en
Tucumán y más recientemente de San Nicolás en la ciudad del mismo nombre.
A esta altura de los acontecimientos es justo
detenernos unos instantes en la recordación del primer sacerdote criollo
conocido hasta hoy, para lo cual nos remitiremos a los documentos del Archivo
de Indias para la historia del Tucumán, Tomo I, que abarca desde los años 1591
hasta 1700.
En la probanza de méritos del
presbítero Diego Juárez, Visitador del Obispado del Tucumán, fechado en
Santiago del Estero el 21 de diciembre de 1592 (Est. 75-Caja6-Leg. 3) se hace
constar que el mencionado clérigo es hijo y nieto de la misma, que sabe muy
bien la lengua de los naturales por la prédica que ha realizado entre ellos y
que debido a los muchos gastos que sus padres han realizado para la
pacificación y conquista del territorio
no pueden atender los gastos que una persona de su calidad debiera tener, para
lo cual solicita al rey, lo provea en el Decanato de la Iglesia de Tucumán o en
cualquiera de las otras dignidades que se encontraran vacantes al momento de la
presentación de la probanza.
Con esto el presbítero Diego Juárez entiende que se
remunerarán los servicios prestados por sus antecesores, y que entiende se
encuentran en las “partes y calidades que para estas dignidades son menester”.
Diego Juárez manifiesta ante el señor
gobernador Juan Ramírez de Velazco, que es hijo legítimo del capitán Juan
Rodríguez Xuárez y de doña Catalina Garzón, vecinos de la ciudad de Santiago
del Estero, y presenta como testigos al interrogatorio de rigor a Fray Alonso
de la Torre, Fray Pedro Nuñez al Comisario del Santo Oficio de la Inquisición
del Tucumán, padre Francisco de Angulo, Andrés de Herrera, vecino
encomendero, al capital Pedro Sotelo de Narváez, al capitán Juan Pérez Moreno y al Capital Juan Cano.
El interrogatorio constaba de siete
preguntas hechas ante el alcalde y el escribano del Cabildo por las cuales se
recababa información acerca de su
filiación de padres y abuelos: si se lo conocía como hombre de bien y como
sacerdote:; se si sabía que se había ordenado en el Perú; si se sabía que había
sido criado en estas tierras, y por lo
tanto si se tenía conocimiento que sabía hablar la lengua de los naturales; si
había arribado desde el Perú con el nombramiento de Visitador de la Provincia;
si era tenido por persona honrada y
virtuosa y por último si los testigos se
ratificaban de cuánto habían dicho,
firmando en prueba de verdad.
Hay un documento fechado en Salta el 28
de julio de 1529 por el tesorero de la Catedral de Santiago del Estero,
administrador, gobernador y vicario general del Obispado del Tucumán, siendo
ala sazón su obispo el Reverendísimo Fray Francisco de Victoria, en el cual se
le concede al presbítero Diego Juárez la
comisión de visitador general del obispado y en una de cuyas partes dice: “y
confiado de vos padre in xrispto Diego Xuárez, clérigo, presbítero que sois
persona hábil de letras y suficiencia y que lo haréis bien lo que os encargare
con mucha prudencia y cordura”.
Es así como en un documento
de fecha 5 de enero de 1593, el gobernador don Juan Ramírez de Velazco
certifica todo lo actuado en la probanza, rubricado en testimonio de verdad por
el escribano público Luis de Hoyos. Todo esto fue refrendado por los
escribanosdel rey y mayor de la Gobernación en testimonio de verdad.
Abajo pueden distinguirse
las firmas de Alonso de Tula Cervin, escribano mayor de la gobernación, Pedro
Sotelo de Narváez, escribano real y Jerónimo Vallejo, escribano público y de cabildo.
Habíamos dicho que el
primitivo obispado del Tucumán fue sufragáneo del arzobispado de Lima: en 1609
pasó a depender de Charcas hasta que se erigió el arzobispado de Buenos Aires
luego de dos siglos y medio y todas las diócesis del primitvo Tucumán, quedaron
incorporadas en consecuencia a la
diócesis recientemente creada.
Hablamos de obispados
sufragáneos y de obispos sufragáneos, pues constituían una jerarquía dentro del
esquema eclesiástico.
De acuerdo a la definición
etimológica de la palabra obispo, diremos de acuerdo con el diccionario Espasa
Calpe que la palabra proviene del latín episcopus, o bien del griego episkopus,
donde "epi" significa sobre y "skopein" inspeccionar.
Ampliando la información y de acuerdo a la misma fuente diremos que se trata de
un prelado superior de la diócesis consagrado legítimamente, a cuyo cargo está
el pasto espiritual y la dirección y el gobierno eclesiástico de los fieles de
aquel distrito. Dicho de otra manera puede decirse que el obispo de acuerdo a
otros autores sería una especie de “superintendente”. En las iglesias
cristianas de los primeros tiempos, esta dignidad era considerada como de
sacerdote principal y gobernador de una o varias iglesias, de una determinada
zona geográfica. En los credos ortodoxos y anglicanos desempeñan la misma
función que en la iglesia de Roma, es decir que por medio de la consagración
sacramental adquiere poderes ministeriales especiales, como asimismo diferentes
prerrogativas referentes ala administración de una determinada circunscripción
y las iglesias que los aceptan, no consideran a los obispos con poderes
sacerdotales especiales sino como un miembro de la iglesia elegido con poderes
de supervisión.
Los términos presbítero y
obispo encierran hoy significaciones diferentes, pero en los albores del
cristianismo se utilizaban en forma indistinta, utilizándose el último en la
actualidad para significar una superintendencia tanto para laicos como para
sacerdotes. La ordenación episcopal fue instituía en la época apostólica y la
sucesión adoptada por las tres iglesias: católica, ortodoxa y anglicana se
inspira en la sucesión de los apóstoles que transmitieron su autoridad
apostólica y su rango principal a quienes les sucedieron. Las órdenes sagradas
fueron consideradas como un sacramento por los cuales los prelados adquirían
ciertos poderes un tanto diferentes o especiales al os desempeñados por los
sacerdotes comunes: también desde la época apostólica la sucesión es
ininterrumpida. La consagración episcopal desde épocas muy antiguas era
efectuada por tres obispos, siendo condición indispensable que uno fuera
metropolitano. En los ritos de estas tres iglesias nombradas anteriormente es
el obispo, el único autorizado para otorgar el sacramento de la confirmación,
pero difieren en cuanto a su nombramiento.
En nuestra iglesia cristiana
es el Papa quien los elige; en la ortodoxa oriental el nombramiento está a
cargo del gobernante de cada rito o sínodo santo, mientras que los anglicanos
son elegidos con licencia real y por el cabildo de cada iglesia catedral.
Sólo mencionaremos dentro de
las categorías obispales la de obispo metropolitano o de primera silla y la de
obispo sufragáneo, que es el obispo de una diócesis que junto con tras compone
la provincia del metropolitano. Dice al respecto de las obligaciones de los
obispos la misma fuente mencionada: “Como inspector ejerce la vigilancia por si
o por medio de los arciprestes, sobre los párrocos, beneficiados, clérigos,
religiosos no exentos y laicos para que cumplan sus deberes en el orden
religioso y eclesiástico".
Visita de la diócesis: según
Bouix consiste en el acto de inquirir los excesos o defectos, castigarlos y
precaverlos por los remedios oportunos cuidando con toda diligencia mantener la
disciplina en toda su integridad. Es de necesidad:
1º- pues supuesta la
residencia del obispo en la capital de la diócesis no podría enterarse por sí
sin ella de los negocios eclesiásticos en todo el territorio;
2º- porque las iglesias y en
especial las rurales se confían a párrocos de diversa ciencia, edad y
condiciones, pudiendo temerse que alguno por ignorancia o falta de celo deje de
cumplir los graves deberes de su estado
y cargo
3º. Porque hay ciertos asuntos
que requieren la personal inspección del obispo.
La finalidad de esta visita
es tan amplia que comprende la conservación de la fe, la observancia de la
moral y el cuidado de la disciplina”.
Como vemos estas visitas
eran de capital importancia para el mantenimiento de la fe religiosa en las
dilatadas regiones que comprendían las circunscripciones eclesiásticas. Cuando
el obispo se encontraba impedido por alguna justificada razón, se admitía su
realización por intermedio del vicario capitular. La vista aparte de
obligatoria debía hacerse según expresaba el Código, paternalmente y con la
debida diligencia sin entretenerse en cosas inútiles.
Por su visita los obispos
recibían sus respectivos derechos, conocidos con el nombre de procuraciones.
Tenían los obispos desde
aquellos años diferentes potestades que por lo extenso de su tratamiento
solamente procederemos a enumerarías: jurisdiccionales, legislativas y
judiciales, es decir en referencia a esta última que los obispos desempeñan el
papel de jueces de primera instancia dentro de los asuntos no reservados o
exentos de la jurisdicción ordinaria, teniendo en consecuencia organizado su
propio tribunal.
Dentro de las facultades
administrativas como gobernador: “autoriza a su prudente arbitrio el
establecimiento de casas de religiosos; provee las parroquias y demás
beneficios eclesiásticos otorgando la institución canónica; erige, une,
desmembra y suprime parroquias, iglesias, cementerios, cofradías y admite
traslados, permutas y renuncias de beneficiados: recibe el juramento y
profesión de fe a los canónicos, párrocos y profesores del seminario (...)
Es a través de los obispados
de la ciudad indiana que se reglamenta todo lo concerniente al culto y
administración de las zonas rurales tan
necesitadas de religión y de
religiosidad. Respecto de las visitas pastorales, publica el padre Larrouy en
su Tomo Segundo de Documentos del Archivo de Indias para la historia del
Tucumán, una carta fechada en 1729 por el Obispo don Juan de Sarricolea dando
cuenta del estado en que se encuentra su diócesis; dice en la página 50;
“Los mozos y los niños, hombres y
mujeres todos por igual padecen una casi total ignorancia de la doctrina
cristiana. A todos los he examinado uno
por uno, desde el primero hasta el último de toda la provincia y ni en idioma
castellano ni en el suyo natural de que tengo bastante uso y ha convenido
tenerlo para el mejor expediente del oficio episcopal, he hallado ninguno que
sepa enteramente la doctrina como está obligado a saberla todo fiel cristiano.
Muchos y viejos no saben hacer la señal de la cruz ni persignarse; los más no
pasan de las primeras cuatro oraciones; raros saben los preceptos de Dios y de
la iglesia y sacramentos de ella”.
Refiere en la mencionada
carta las enormes distancias a recorrer por los sacerdotes con la finalidad de
juntar a los indios que vivían separados en los montes y esto sólo podía
materializarse en los templos a fuerza de cabalgar con grandes sacrificios de
su parte. Los curatos de indios de la provincia del Tucumán tenían “exceso de
jurisdicción y territorio, siendo los más recogidos de cuarenta o ciencuenta
leguas, pasando muchos de ciento y llegando algunos a 200 y con intermedios no
cortos de tierras desérticas, estériles de pastos y aguadas aún para las
bestias sin que este inconveniente pueda remediarse por medio de la división de
los beneficios a los que se ha acudido en otras visitas eclesiásticas”.
Anterior a la descripción de
esta visita pastoral, el estado en que se encontraban los curatos de la
diócesis del Tucumán no eran mejores como lo testimonia en el año 1683 el
Vicario don Eugenio Verdugo Garnica en un informe de su jurisdicción según
relata el padre Larrouy en el Tomo Primero de su libro Documentos del Archivo
de indias para la Historia del Tucumán-pág. 354-
Encontramos en este informe
los mismos problemas que viéramos anteriormente: la falta de capillas o
iglesias dignas y carentes de todo lo necesario para el culto. El algún caso,
aún cuando existiera la iglesia, no podía tomarse en cuenta debido a su estado
ruinoso, carente de todo lo necesario para el culto. En algún caso, aún cuando
existiera la iglesia, no podía tomarse en cuenta debido a su estado ruinoso,
carente de puertas y sin ornatos.
Las encomiendas de indios
carecían de las más imprescindibles comodidades para alojar a los curas en sus
visitas periódicas, lo cual hacía difícil y a veces impensable la presencia
religiosa. Por otra parte los sacerdotes referían las continuas discordias
suscitadas con los pobleros, cuya misión era la de representar a los
encomenderos en sus repartimientos. Su figura fue sumamente temida por los
indígenas, pues como compartía sus ganancias con los encomenderos para nada
reparaban en su descanso, salud, y muchos menos por el cuidado de sus almas;
sólo les interesaba el trabajo del indio y su productividad.
El Vicario Verdugo Garnica
de la doctrina de Marapa en la actual
provincia de Tucumán, relata sus visitas a otras doctrinas distintas de las
suyas en su calidad de vicario; en todas ellas el común denominador era la falta
de iglesias o capillas y el estado deplorable de la religión; otro de los
comentarios nos dice que los indios hablaban el idioma general o sea el
quichua, que eran hábiles carpinteros
casi por naturaleza, y el hecho curioso ocurrido en la hacienda de Gastona,
propiedad de don Pedro Bazán donde los indios encomendados se negaban hablar la
lengua general, haciéndolo únicamente en español: “ni andar descalzos, ni con
monteras, sino con medias y zapatos, sombreros y capas como los españoles”.
Algunos pueblos hablaban la lengua calchaquí o bien
ambas.
Los encomenderos eran
reacios a pagar los respectivos estipendios, lo cual motivaba la queja continua
de los sacerdotes por el insuficiente soporte económico para ejercitar su
ministerio: esto lleva al mencionado vicario a proponer al obispo cinco puntos
que a su juicio serían de gran ayuda para el mejoramiento de la diócesis.
1º. Que mande a los vecinos
fabricar iglesias y casa para el cura de sus pueblos.
2º. Que los curas tengan su examen al menos de confesor
pues había detectado algunos inconvenientes
por no llevarse a cabo esta práctica.
3º. Que sean los curas
quienes nombren a los fiscales indios, ya que los encomenderos se arrogaban ese
derecho, poniendo en ese cargo a indios impedidos físicamente.
4º. Solicitar a los padres
de la Compañía de Jesús ayuda anual y continuada en el santo ejercicio de las
misiones.
5º. Que no haya pobleros en
los pueblos “porque son total ruina de ellos” Son estos pobleros enemigos
acérrimos de los curas.
Hay una información fechada
en Santiago del Estero el 22 de mayo de 1622 en la que declara el Licenciado
Bartolomé de los Reyes, cura de la ciudad de San Fernando del Valle de
Catamarca, y que lo acaba de ser en interés de la doctrina y beneficio de
Londres, ante el señor maestro don Bartolomé Dávalos, Arcediano de la Iglesia
Catedral, Provisor y Vicario General del Obispado del Tucumán en sede vacante,
en la que declara bajo juramento la forma en que tiene a su doctrina. El
Provisor era una juez eclesiástico en el cual el obispo delega su autoridad y
el Arcediano un juez ordinario que ejercía jurisdicción delegada de la
episcopal en determinado territorio.
Decía el maestro Dávalos
según referencia de Larrouy tener una jurisdicción de ciento cincuenta leguas
con ocho pueblos entre los cuales estaba POMAN con unos veinte indios
tributarios y una iglesia muy vieja sin ornamentos y techos terrados; SIJAN que sólo cuenta con el curaca
ya que sus indios asisten en Chumbicha y
que serán ocho o diez; no tiene iglesia, sólo unas paredes viejas y encaramada
por techo sin puertas siquiera. PISAPANACO, feudo de don Manuel de Villafañe
con una iglesia en las mismas condiciones: SABUIL que se compone de un indio y
sin iglesia. COLPES, feudo de Esteban de Nieva que se compone de dos indios y
sin iglesia. EL FUERTE DE ANDALGALA que se compone de tres feudos que son de Domingo de Pedraza, Gregorio de Villagra y de don Joseph de
Cabrera, con una totalidad de veinte indios con una iglesia vieja, techo
terrado y “puertas de pellejo”. NUESTRA SEÑORA DE BELEN: desde el fuerte hasta
Belén según hay refiere el esforzado
sacerdote, una distancia de treinta
leguas “por arenales y sin camino abierto”, con una iglesia vieja con techo de
terrado y en el altar mayor, ornato de frontal razonable con su cielo y dosel
que no se acuerda que es una imagen de Nuestra Señora” y todo ornato necesario para celebrar el santo oficio de la
misa. TINOGASTA, que manifiesta no haber podido concurrir por distar veinte
leguas y haber estado diez meses en este beneficio. EL PANTANO, que dista
veinte leguas desde Belén “de travesía sin agua” con tres indios y sin iglesia.
EL PARAJE DE MALFIN, donde también acude el cura, no hay iglesia, y hay catorce
leguas de distancia desde Belén, manifestó no haber recibido nada de estipendios,
sólo cazón y ongarina de pañete por limosna de unas misas con más ocho pesos
que el día de la Resurrección le dieron algunos españoles e indios de limosna
(Larrouy). Esta información se hace ante el maestro Juan Esteban de Iriarte,
notario general del Obispado y las firmas del maestro Bartolomé Dávalos y
Bartolomé de los Reyes.
Tal era la situación de
estos parajes en lo que respecta al pasto espiritual y muy especialmente
nombramos a Malfin, Hualfin o Gualfin como indistintamente figuraba en la documentación
pública y privada por pertenecer al extremo meridional del Valle Calchaquí.
Vemos en este documento sus escasas posibilidades de asistencia religiosa.
En este tiempo se dilucidaba
la propiedad del valle entre dos grandes familias prestadoras de grandes
servicios a la corona. El problema estaba planteado en la imprecisión de los
límites establecidos para el otorgamiento de las mercedes reales, donde ambos
se superponían.
Dentro de la organización de
las diócesis indianas, recordaremos que las mismas tenían un vicario foráneo,
que era simultáneamente juez eclesiástico de acuerdo a la legislación vigente
en aquella época y simultáneamente otros títulos ejercidos dentro de los
límites del vicariato.
Además de estos títulos
agregaba el de cura rector de la iglesia matriz. Era en consecuencia el más
estrecho colaborador del obispo en las obras espirituales ya que estaba
encargado de la vigilancia y de los intereses religiosos en toda la
circunscripción que le correspondía. Las misiones eran atendidas por los padres
doctrineros, de manera que su acción quedaba reducida a los límites de la
ciudad, a la atención de su servicio religioso y a la vigilancia de las
parroquias rurales.
Siguiendo con la ciudad
indiana, en el orden civil y en su primera época, las autoridades residentes en
la península eran el Rey de todas las Españas, como se acostumbraba denominar
el imperio y su Consejo de Indias, asesorándolo en todas las cuestiones
concernientes a los nuevos territorios. En América y más específicamente en nuestro
territorio civil estaban constituidas por el virrey; el consulado, el
gobernador, el teniente de gobernador que gobernaba en su nombre en los
territorios más apartados, el capital general, la audiencia y el cabildo.
En lo que al rey respecta,
era el soberano absoluto y de él dependían todos los funcionarios; era el dueño
de las tierras descubiertas y además por lo dicho antecedemente con la anuencia
papal patrono de las iglesias; era en definitiva la autoridad suprema.
La segunda autoridad en
jerarquía e importancia era el Consejo de Indias con sede en Madrid y
permaneció hasta el año 1812. Entre las funciones más destacables eran las de
proponer los nombramientos, traslados, ascensos y la renovación de los altos
funcionarios y magistrados; asimismo era el organismo encargado de preparar los
proyectos de ley y los decretos para someterlos a la sanción real. En otro
orden de cosas se ocupaba también de revisar fallos y apelaciones como también
intervenía en los juicios de residencia efectuados a los funcionarios
salientes. Estaba formado por hombres
que había ocupado funciones relevantes en la colonia.
El virrey representaba en
América al rey en casi todas sus atribuciones, exceptuando las de intervenir en
las causas judiciales como también en la de otorgar privilegios de hidalguía ni
títulos de nobleza, siendo sometido a finales de su mandato a los famosos “juicios de residencia” y su mandato
duraba de tres a seis años.
El gobernador era un
funcionario a sueldo designado por el soberano para gobernar una amplia
extensión territorial denominada gobernación y además agregaba las funciones de
Capitán General y Justicia Mayor, es decir con competencia en asuntos militares
y civiles. El teniente de gobernador desempeñaba las funciones de gobernador
delegado en aquellas jurisdicciones alejadas de la capital de la gobernación y
donde por razones de lejanía la autoridad y la justicia pudieran resultar
lentas e ineficientes.
El capital general tenía los
mismos derechos y las mismas restricciones de los virreyes y las regiones
confiadas a su gobierno era más reducidas y generalmente desprendidas de los
virreinatos por razones administrativas o estratégicas.
La audiencia entendía en las
cuestiones judiciales importantes ya sean civiles o criminales y por lo tanto constituía
la jerarquía judicial de mayor envergadura en las colonias y sus facultades
revestían carácter definitivo a excepción e los asuntos civiles donde los
intereses en juego sobrepasaran los seis mil pesos fuertes, en cuyo caso era también posible recurrir al Consejo de Indias.
Intervenía con su consejo ante virreyes
y gobernadores, pudiendo eventualmente revisar sus decisiones a pedido
de la parte interesada El noroeste dependió primero de la audiencia de Charcas,
pasando luego a la de Buenos Aires, para por último al suprimirse ésta en 1671,
volvió a la de Charcas llamada también La Plata. Estaba constituido por un
presidente, cuatro oidores, dos fiscales, uno en lo civil y otro en el fuero
criminal, un canciller o secretario en lo civil y otro en el fuero criminal un
canciller o secretario, un escribano, un
alguacil y otros funcionarios de menor jerarquía.
El consulado era una
institución creada por la Casa de Contratación para entender en las cuestiones
de carácter mercantil y estaba constituida por un presidente, dos vocales, un
síndico, un secretario y un contador, y tenían también el carácter de tribunal
de comercio. Entre las funciones inherentes a su constitución se encontraba la
de realizar obras de utilidad pública y la de acordar premios de estímulo a la
industria y el comercio. La región considerada
dependió del consulado de Buenos Aires, organismo que subsistió hasta el
año 1862 en que se creó el código de comercio.
Otra de las instituciones
creadas por el régimen español en América, fue el Ayuntamiento es decir el
famoso Cabildo, corazón de la ciudad desde donde emanaba el poder y el
funcionamiento cotidiano de la ciudad. Estaba formado por los vecinos de las
ciudades o de las villas de cierta importancia y estaba encargado de controlar los
distintos aspectos de la vida ciudadana, como ser la justicia, vigilancia,
limpieza, defensa y el control de comercio. Los cargos eran electivos y se
realizaban en sesión secreta por las autoridades salientes. Duraban en el cargo
un año salvo aquellos que compraban el cargo como en un principio era el de
regidor perpetuo, debiendo dejar pasar un período antes de volver a postularse
nuevamente. Al fundarse las ciudades, naturalmente no existía el sistema
elecconario, sino sólo la voluntad del fundador.
La constitución de los
cabildos estaba dada por: los alcaldes de primer y segundo voto que al ser las
autoridades mayores presidían los festivales y los actos públicos.
El historiador Jorge Lima
González Bonorino citando a Solórzano Pereyra dice: “En las Indias no está
dispuesto que estos oficios se repartan por mitad entre nobles y plebeyos (como
se acostumbraba en España), ni conviene que se realice. Y así, aunque es
conveniente que para estos oficios se escojan hombres nobles y si pudiera
letrados, como lo dispone la cédula de
1536, bien se permite que se nombre a los que no son tan nobles, ni tan
letrados, ni entendidos, está prevenido que sepan leer y escribir”.
Los regidores variaban en
número, dependiendo de la importancia de las ciudades pudiendo oscilar entre
dos y veinticuatro y eran los encargados de
regir como su nombre lo indica la ciudad; administraban la policía los abastos y reconocían en sus
cargos a los funcionarios públicos. Dentro de los regidores pero con el doble del salario de los mismos, figuraba el Alférez Real, encargado de
guardar el estandarte real y exhibirlo en los actos públicos y solemnes. Era un
cargo de honor y tenían voz y voto en el cabildo. Los regidores suplantaban a
los alcaldes en caso de necesidad, podían portar armas dentro del cabildo y
hacerse acompañar por hasta cuatro criados armados. Se trataba en realidad de
un cargo de gran jerarquía social, pues lo desempeñaban los hombres más
destacados del municipio.
El alguacil mayor era la
tercera jerarquía dentro de los funcionarios de cabildo y era el custodio de
las buenas costumbres. Se sentaba al lado del alcalde en una silla más baja en
las sesiones del cabildo y dentro de sus funciones se encontraba la de prender
a los buscados por la policía y a los infractores de las leyes en general. Con
una vara que lo caracterizaba y su espada, era una figura inconfundible y
temida dentro de la ciudad.
El fiel ejecutor era un
cargo en que generalmente se nombraba a personas de probada honradez, ya que
podía prestarse a fraudes en perjuicio de la hacienda pública. Reconocía las
pesas y medidas utilizadas por los comerciantes
y entendía en lo concerniente a los productos de la tierra y a los
géneros de Castilla. Hubieron cabildos que carecieron
de él por no ser un cargo obligatorio. Una cédula real de Felipe IV permitió
que fueran elegidos por los regidores.
El cargo de escribano publico entendía en los registros, testimonios y papeles de
orden público debiendo estar conformados con su firma.
Los alcaldes de la Santa
Hermandad estaban encargados de la función policial en la campaña, formaban
proceso y remitían a los reos al alcalde para su sentencia. No tenían ni voz ni
voto en las reuniones capitulares.
Los alcaldes de minas
atendían las cuestiones civiles y criminales en los asientos de minas.
Hay una carta en el Tomo II
de Documentos del Archivo de Indias para la Historia del Tucumán, donde el
obispo del Tucumán, don Pedro Miguel Argandoña, escribe al Inquisidor General
Don Manuel Bonifaz sobre el estado de su diócesis. En ella se da cuenta entre otras cosas acerca de la composición de
su obispado compuesto por siete ciudades a saber: Córdoba, La Rioja, Catamarca,
Santiago del Estero, Tucumán, Salta y Jujuy, donde se hayan fábricas y en “moderada
decencia” sus iglesias matrices, menos en Jujuy “en donde desde hace treinta
años que no la tiene”, “porque su vecindario sólo se preocupaba de hilvanar
discordias”. En la misma dice que sus curas son rectores y vicarios foráneos y
que en cada provincia existen de sufragáneos varios curas rurales, totalizando
38 parroquias. Tal carta tiene la fecha de 14 de abril de 1758, época en que
también comienza a desarrollarse la historia por contar.
De un modo general diremos
que la voz “parroquia”, proviene del griego parochia y de acuerdo al código de
derecho canónico, es aquella porción de territorio diocesano con iglesia
especial, pueblo determinado y rector propio para la cura de almas, y con dote
suficiente. Se entiende por dote suficiente, renta fija o emolumentos para
atender al sustento del párroco y gastos de la parroquia.
Hasta el año 1780 según el
profesor Ernesto Salvatierra en un trabajo publicado en el Tomo I del Libro:
Primer Congreso de Historia de Catamarca, Santa María, Pomán, Andalgalá, Belén
y Tinogasta formaban parte de un solo curato, el de Londres (Belén) hasta que
en 1784 el obispo Fray José de San Alberto erige el curato de Santa María.
De esta manera nos vamos
introduciendo en la religiosidad del Valle Calchaquí. Asimismo, en las iglesias
y capillas que se erigieron a tal fin, por lo cual consideraron necesario hacer
una breve mención de quienes fueron los primeros propietarios de las tierras
donde se erigieron.
El nombrado valle de Hualfin
es una amplia zona de la provincia de Catamarca que a lo largo de la Ruta
Nacional Nº 40, abarca una franja cuyo extremo N.E. está dado por el río de Las
Cuevas y su extremo S.O. por el inicio de la quebrada de Belén. Epicentro del
valle es la localidad de Hualfín y se encuentran alrededor pueblos como: Los
Nacimientos de Arriba, Los Nacimientos de Abajo, El Eje, La Puerta de Corral
Quemado, Jasi Punco, El Durazno, Villavil, La Ciénaga, San Fernardo y La Puerta
de San José.
Muchas de estas
denominaciones provienen de la época prehispánica en que la localidad de
Villavil, como hoy se denomina, se nombraba Bis-Vil y fehacientemente consta en
los documentos coloniales consultados. Cotao o Cotahao, perteneciente también
al mismo feudo, presenta la terminación radical “ao” de la lengua Kakana, aunque existen muchas
palabras, marcando el parentesco entre las lenguas madres
Kakan-Araucano-Quichua, destacando la completa interrelación de los idiomas
locales con los de Chille y el Perú. Cartacteres generales: la temperatura
media anual es de 16 a 18 grados centígrados, llegando en verano a 20 y 25
grados, y en invierno a 10 grados bajo cero. La presión atmosférica oscila
entre 757 y 760 hectopascales; las lluvias son escasas pues las isoietas están
entre los doscientos y cuatrocientos milímetros, lo que significa que es una
región muy seca. La altura sobre el nivel del mar está entre los 1200 y 1800
metros. Debemos mencionar nuevamente que el valle de Hualfin constituye el
extremo meridional del valle calchaquí, empezando al Norte en la localidad de
La Poma (provincia de Salta) y terminando por el Sur, en el pueblo de Londres
de la provincia de Catamarca.
La España de la conquista
transfería a sus nuevos dominios del otro lado del mar, sus instituciones tanto
políticas como religiosas; es así como el sistema feudal ya caduco en Europa
adquiere preponderancia y vigencia en estos territorios americanos. El
feudalismo de neta inspiración germana y significando “propiedad dada en
recompensa” fue una institución sumamente discutida ya que para algunos,
constituyó un seriesísimo escollo en el
desenvolvimiento y formación del estado como tal, mientras para otros, lejos de
significar una regresión, conformaba la más acabada forma de lo que éste debía
ser.
Para los reinos germanos,
sus inspiradores, nació como un poder limitado y casi diríamos democrático, ya
que existía un derecho del rey y un derecho del pueblo, dualidad ésta jamás
superada por la Edad Media.
El feudalismo nació en
Europa en el Siglo IX como consecuencia de la incapacidad de la monarquía para
acudir en defensa de sus vasallos de frontera, siendo en consecuencia necesario
distribuir el poder entre los señores de la nobleza rural, los cuales defendían
con sus armas y enseres a sus vasallos, evitando los saqueos subsecuentes a las
invasiones. Los señores feudales
trocaban protección por servidumbre y vasallaje, lo cual hacía cada vez más
importantes sus funciones en detrimento de las correspondientes a la realeza,
como las de acuñar moneda y administrar justicia. Todo este ordenamiento estaba
basado en la desigualdad social y fue transportado a las tierras americanas, al
punto de llamarse vecinos feudatarios a los vecinos poseedores de la tierra. Se
hacía la distinción entre los otros
vecinos, llamados “vecinos moradores”. No es el objeto de este trabajo
hacer un estudio exhaustivo de lo que significó el feudalismo en Europa, sólo
si debemos consignar que el mismo a pesar de haber existido en España, tal vez
no haya tenido la misma fuerza y preponderancia que en el resto de Europa. Hay
opiniones encontradas con respecto a la existencia del feudalismo, pues algunos
entienden que sólo existió en Aragón y Cataluña y niegan la existencia en
Castilla; otros suponen que en los estados de la reconquista sólo hubo
diferencias de grado.
Dice Altamira que el
feudalismo es el régimen por el que se constituye la alta nobleza de Europa
durante la Edad Media, pudiéndose observar que en León y Castilla nunca se
llegó a organizar de esta manera.
Dice Lafuente que a pesar de
las distintas y diferentes especies de señoríos que reconoce existir en
Castilla y que parecen tener un cierto tinte de feudalidad, estuvo según su
criterio lejos de aclimatarse en esta parte de España al sistema que regía en
otras partes del país.
Al respecto del mismo tema y
citando al prestigioso historiador español Américo Castro en su libro “España y
su Historia” refiere en la página 147: “Un motivo esencial para la falta de
fuedalismo fue que el poder real se articulara con el pueblo mediante
funcionarios judíos o moros”. Refiere el genealogista Lima González Bonorino
que en la página 350 el mismo historiador dice: “pero España carecía de una
ensambladura feudal homogénea y elástica y sus enlaces sociales estaban además
perturbados por la extraña injerencia de judíos y moros”. Acerca del criterio
sobre los diversos grados del feudalismo en España, dice la Enciclopedia Espasa
Calpe en un extenso tratado sobre el mismo: “El feudalismo existió en diversos
grados en todos los estados de la reconquista, habiendo una distinción
categórica entre señorío y feudo. “Ello explica la intensidad feudal en
Cataluña donde no se concibe esta distinción. En su origen político recuerda la
historia que fue ella misma un feudo del reino franco. Ludovico Pío, rey de Aquitania, rescató Cataluña del poder
de los sarracenos, sus tropas se apoderaron de Gerona, Urgel, Ausona, Cardona,
Berga y otros pueblos y por último en el año 1801 Barcelona fue arrancada del
poder de aquellos e incorporada al del rey Franco junto con los demás,
rescatado con el nombre de Marca Hispánica. La pluralidad de feudatarios
culminó con el de Barcelona, cuyo conde ocupó en la jerarquía feudal el puesto
de mayor relieve”.
En resumen, el feudalismo
que era una exagerada variedad, abatió sus soberanías múltiples cuando surgió
una sola como indiscutida. Para derrocar la aristocracia feudal, los reyes se
valieron de las municipalidades a mayor abundamiento y uno y otros elementos
acabaron para siempre con aquella atomización de la soberanía característica
del feudalismo,
Era notoria también la
diferencia de jerarquías dentro de lo que sin serlo, podría considerarse una
especie de “nobleza americana”, constituida por los encomenderos, ya que el
rey, sus virreyes o gobernadores, luego de examinadas las probanzas de méritos
a fin de acceder a las Mercedes consideradas "“vacas”, lo hacían
dirigiéndose a los mismos de acuerdo a sus respectivas jerarquías diciendo:
“(...) sois caballero hijodalgo” “hijodalgo notorio”; en algunos casos se
empleaba una más objetiva manifestación diciendo: “sois tenido por hijodalgo”,
con lo que implícitamente se le reconocía una suerte de status habilitante para
recibir la investidura. Cabe mencionar en estas circunstancias que con sólo
acreditar ser conquistador o primer poblador, de hecho se hacían acreedores a
estas mercedes y tratamientos. Algunos importantes conquistadores no trajeron
en su bagaje hidalguías españolas, acreditándolas en América según lo afirma el
investigador Carlos Luque Colombres. De
todas maneras el español que venía a las Américas, es decir quienes se hacían
cargo de mercedes y encomiendas eran en buena parte miembros de casa de solar
conocido, habilitante esta última circunstancia, para la consecución de tierras
y mano de obra indígena.
Esto es a tal punto así, que
uno de los gobernadores de la conquista en su Juicio de Residencia, fue acusado
de haber otorgado encomiendas a quienes no estaban habilitados para ello. El
gobernador en cuestión era don Felipe de Albornoz, Caballero del Orden de
Santiago y los encomenderos sus criados Andrés de Frías y Gaspar Lorenzo de
Riberos, como bien hace notar el padre Larrouy en la página 61 del Primer tomo
de Documentos de Indias.
No todos los historiadores
están de acuerdo con esto, como lo hace notar don Jorge Lima en sus trabajos
haciendo mención que algunas encomiendas, fueron concedidas a personas sin origen noble en la
península; sólo debían acreditar ser descendientes de conquistadores o de
primeros pobladores como lo hacían en las probanzas de méritos, con lo cual
accedían al privilegio de ser encomenderos, ya que sus lugares de origen,
pertenecían al “estado llano o pecheros”. En algunos casos eran mestizos
derivados de su condición de hijos naturales o bastardos.
El hecho de ser encomendero
implicaba haber rendido el pleito homenaje según fuero y costumbre de España y
haber recibido los atributos correspondientes al cargo, es decir una adarga, un
caballo con su respectiva silla de guerra, imponiendo así el rey el vasallaje y
la sujeción a sus armas.
Dice la Enciclopedia Espasa
Calpe en un extenso tratado sobre el vasallaje: “Los etimologistas hacen
derivar esta palabra del bajo latín “Vassalus”. En la baja latinidad “vassi” significaba la gente adscripta al
servicio del emperador del rey, de un noble o de una comunidad donde con el
tiempo se formó el vocablo aplicándose en el régimen feudal a la persona
poseedora de un feudo de un señor, y depende de él mediante la prestación del
juramento de fidelidad, rindiéndose pleito-homenaje. Originariamente en Europa
se atribuyó a los nobles el nombre y la condición de vasallos, porque sólo
éstos podían recibir feudo del rey o de otro noble más poderoso.
Solamente en la época de la
decadencia del feudalismo se envuelve la condición de vasallo abusivamente con
una idea de servidumbre. Con respecto al vasallaje y los atributos correspondientes al cargo hay quienes dicen que estos
atributos podían ser conseguidos por algunos vecinos poseedores de suficientes
medios económicos.
De todas maneras en el libro
Documentos de Indias para la Historia del Tucumán, hay testimonios suficientes acerca
de la concurrencia de los encomenderos en ocasión de las guerras calchaquíes,
concurriendo a la misma “a su costa y minción”, luchando fieramente en batallas
memorables.
Hay un expediente sobre la confirmación de la encomienda de los indios Mallengues y Yumanjuna concedida por el gobernador Albornoz a don Juan de Cevallos (Est. 74-caja6-legajo 10), página 119 del Tomo Primero de Documento de Indias de Larrouy que dice: “Don Felipe de Albornoz, caballero del hábito de Santiago, gobernador y capitán general de estas provincias del Tucumán, etc. , por cuanto habiendo declarado vacos los indios, pueblos y repartimiento de Mallengue e Yumanjuana, en la jurisdicción de la ciudad de San Miguel de Tucumán, por declaración de Leonor Pérez Bohórquez (...) y se opuso a la dicha el capitán Juan Cevallos Morales diciendo y alegando como constaba de las informaciones, certificaciones y recaudos que manifestaba era persona benemérita y principal, noble hijodalgo que además de los servicios hechos a su majestad por su padre y abuelos, el susodicho los había continuado en esta provincia, entrando en el Valle Calchaquí en mi acompañamiento, con armas y caballos a su costa, asistiendo en él todo el tiempo que duró el castigo, pacificación y allanamiento que por entonces se consiguió de los indios de dicho valle, y después de haber salido dél (sic) siempre haber acudido al real servicio en todas las ocasiones que se habían ofrecido, particularmente después que sucedió el segundo alzamiento y rebelión de los indios de dicho valle Calchaquí y los demás de su nación que con ellos se convocaron (...). A continuación se detallan los arriesgados hechos de guerra que le tuvieron por protagonistas y en una parte el mencionado expediente dice: “El dicho capitàn Joan de Sevallos el cual para esta ocasión y las demás en que se halla me consta haber sido principal parte y medio para alentar y juntar muchos soldados que por su agasajo y buen proceder han ido con el susodicho, avándoles y ayudándoles con lo necesario que les faltaba, con gasto de su hacienda que ha sido cosa muy considerable respecto de estar la dicha ciudad de San Miguel de Tucumán y sus vecinos muy gastados y necesitados por la continuación que ha habido de la guerra (...) Por la presente en su real nombre, por virtud de los poderes que tengo y son notorios, encomiendo a vos el dicho capitán Juan de Ceballos Morales (sic) todos los indios del dicho repartimiento de Mallenje (sic) y Yumanjuma (...). Y ordeno y mando a mis lugartenientes y justicias ordinarias de esta ciudad y de la dicha ciudad de San Miguel de Tucumán y de toda la provincia y de cada una y cualquiera de ellos que luego que fueren requeridos con este título de encomienda por el dicho capitán Joan de Seballos (sic) reciban del juramento de fidelidad acostumbrado para acudir por tal feudatario al real servicio siempre que se ofrezca y habiéndolo fecho le den y le hagan dar la posesión de los dichos indios (...) Que es fecho en la ciudad de Santiago del Estero en nueve de abril de mil seiscientos y treinta y tres años”.
En un trabajo publicado por el doctor Atilio Cornejo sobre documentos relativos a la historia de Salta (apuntes históricos sobre Salta-talleres geográficos. , Bs. As. 1944) dice: “En la ciudad de Lerma, valle de Salta, el cinco de diciembre de 1676 el Cabildo, Justicia y Regimientos juntos y congregados se trató de entregar el estandarte real al alférez Francisco Ferreras, el que puesto de rodillas sobre un cogín en presencia del capitán Manuel Troncoso, fue entregado tomando al dicho alférez ambas manos entre las suyas, le dijo: Francisco Ferreras, hacéís pleito homenaje como hombre noble, caballero hijodalgo, una, dos y tres veces, al mando y fidelidad que habéis a Dios y al rey don Carlos y a los reyes sucesores, teniendo este estandarte de esta ciudad que os entrego en tal seguro y guarda, que primero perdieres la vida si fuere necesario que el dicho estandarte, defendiéndolo y amparándolo contra los hombres del mundo, el cual se os entrega para que los tengáis en vuestra casa, para que podáis asistir mejor con él sin entregarlo a ninguna persona ni en paz ni en guerra, si no fuere el gobernador esta provincia y cabildo, justicia y regimiento en este mismo día que os demandaré: y como hijodalgo tendréis especial cuidado en inquirir cualquier motín o levantamiento y avisaréis de ello os demandaré en las manos, saldréís acompañado con la gente fiel que hubiese acudido a la insignia real a la plaza o campo público que os pareciere donde acuda la demás gente a meterse bajo el dicho real estandarte y haréis lo que el gobernador o su lugarteniente ordene. Todo lo habéís de cumplir, so pena de caer en mal paso y demás penas que incerren (sic) los hijosdalgos. Y el dicho alférez dicho: Yo Francisco Ferreras, hago pleito homenaje como caballero hijodalgo una, dos y tres veces al modo y fueros de España de guardar y cumplir lo que se me ha dicho: Y lo firmamos: Manuel Troncoso, Francisco Ferreras, Juan González, Hernando d Villegas (...)”
Así como en lo político institucional se transfería a las colonias el sistema feudal, en lo religioso se trasvasaba hacia las tierras recién descubiertas la figura de los mayorazgos y las capellanías españolas con leyes semejantes.
La palabra capellanía es una derivación de la palabra capellán y etimológicamente se trata de una fundación hecha por una persona, convertida en beneficio hecho por el ordinario eclesiástico con la obligación de un cierto número de misas u otras cargas. El origen de las capellanías se funda en la libertad que tiene el ser humano para realizar obras pías y de engrandecimiento espiritual, obras éstas que son respetadas por la iglesia en tanto y en cuanto no se contradiga con su espíritu y sus objetivos. Las leyes civiles respetan asimismo esta entidad al darle una figura jurídica, diferenciándose así en capellanías eclesiásticas y laicales; la primera de ellas cuando la creación, colación e institución canónica corresponden al obispo y las llamadas laicales o mercenarias si la erección o colación dependen de la voluntad del fundador.
Las capellanías laicales pueden ser asimismo diferentes ya que si son otorgadas a legos, incluidos mujeres y niños pasan a denominarse Profanas mientras que si son otorgadas a eclesiásticos con la obligación de levantar las cargas se denominan No Profanas.
Las colonias americanas se manejaron hasta la época de la independencia con las mismas modalidades españolas ya que los reyes y señores fundaban en lugares de su propiedad iglesias y capillas con la provisión de uno o más clérigos cuyo número estaba directamente en proporción a la población de sus respectivos asentamientos.
Luego del descubrimiento de América el número de
fundaciones aumentó significativamente al punto de ordenar los reyes Carlos III
y Carlos IV la imposibilidad de efectuar fundaciones sin su consentimiento. Una
ley en la España de 1820, prohibía nuevas fundaciones y la total supresión de
los Patronatos, pero esto naturalmente ya no nos concernía pues las Provincias
Unidas del Río de la Plata se habían declarado libres e independientes de toda
denominación extranjera y comenzábamos a transitar nuestro propio destino.
El valle calchaquino no
podía escapar a las generales de la ley y sus capellanías estuvieron
encuadradas dentro de los cánones preestablecidos. Las capellanías de Hualfín y
San Fernando pueden encuadrarse dentro de las denominadas laicales o
mercenarias ya que fueron instituidas por la inspiración piadosa de dos
distinguidas damas del Tucumán colonial, cuyos nombres quedaran sepultados en
el olvido.
Recién comenzaba a diluirse
en el ambiente colonial el fragoroso olor de la pólvora y las pasiones
comenzaban a aquietarse con el bálsamo de la Cruz; principiaba la colonización
prometiendo hacer grande el terruño donde se vivía.
Era el comienzo de la
distribución de las mercedes reales en el ámbito del calchaquí, con los cuales
la corona premiaba a los valerosos guerreros que habían hecho posible su
conquista.
El valle del Conando, cuya etimología significa
“sol que se pone o valle de occidente” y más específicamente el valle de
Hualfin, fueron el asentamiento de importantes familias pobladoras; este vocablo es de origen quechua pues en el idioma madre, sin la actual
corrección dada por el tiempo, la H fue una G,
como la Gain arábiga; la letra H tiene una ligera aspiración. La grafía
es variable ya que en numerosos documentos antiguos figura como Gualfin o
simplemente Malfin como se denominaba a la tribu indígena propietaria del
lugar.
Luego de terminadas las
guerras calchaquíes una contienda judicial impide la ocupación efectiva del
valle, entre los esposos y “conjuntas personas” don Asencio de Mercado y
Reinoso y doña Josepha Sánchez de Loria, por una parte y por la otra el
Sargento Mayor don Juan de Castro y del Hoyo y su esposa doña Damiana de Aybar
y Bazán. En el mismo batallaban el Maestre de Campo Bartholomé de Castro y su
esposa doña Magdalena Bazán de Pedraza, madre
de doña Damiana y hermana del gobernador del Paraguay don Juan Gregorio
Bazán de Pedraza. Don Bartolomé de Castro, los Castro del Hoyo y los Bazán de Pedraza eran dueños de inmensa extensiones
de tierra en la región, al punto que la merced de Don Bartolomé de Castro en el
paraje de Laguna Blanca colindaba con la de Cullum-Cullum de Pedro Díaz de
Loria de la jurisdicción de Salta en el valle del Cajón.
Al ser consultada la documentación
existente en la parroquia de Belén, nos encontramos con la lamentable realidad
de no encontrar los primeros diez libros, cuya pérdida impide un exhaustivo
análisis de la historia regional.
El pleito se desarrolla
entre los años 1668 y 1708 en que se da posesión efectiva de las tierras de
Malfín y sus potreros anexos Bisbil, Cotahao y Las Cuevas al capitán Leonardo
Gonzáles yerno de los Mercado y Reynoso por ser casado con su hija doña Leonor
y haber muerto sus padres. Obran en mi poder ciento veinte folios del juicio
sustentado ante la Real Audiencia de la ciudad de La Plata, entre los que se
encuentra una resolución del gobernador don Esteban Urizar de Arespacochaga
dando fin al pleito y comisionado al capitán Ignasio Carrizo de Andrada a fin de
dar en su nombre la posesión efectiva de las tierras (1) transcribir el documento en hoja
separada.
La propiedad de la tierra va
depositándose en manos de sus legítimos herederos cuyos testamentos obran en mi
poder, hasta llegar a manos del capitán don Leonardo de Iturriza y González,
quien al testar en Belén el 18 de abril de 1762, declara ser casado con doña
María de Medina y Montalvo, natural de Tucumán, de la cual no tuvo hijos, pero
recogió, crió y dio educación competente a su sobrino Juan Prudencio Miñaur
haciéndolo heredar una pequeña parte de sus bienes. La casi totalidad de su
herencia recae en su mujer doña María de Medina y Montalvo, siendo sus albaceas
la antedicha doña María y el cura párroco de Belén, don José Ignasio de
Villafañe y es “fecho en el santuario de Belén a dieciocho de abril de 1762 (2).
Hay un documento fechado en
Belén el 25 de junio de 1767 donde “su Señoría Ilustrísima don Manuel Abad
Illana del Consejo de Santiago y Obispo del Tucumán, mi señor en la Visita
General que se ha practicado en este dicho curato de Belén y en la que por ante
mí su secretario de Cámara y notario da por cumplido este testamento,
absolviendo a los albaceas del cargo y obligación de presentarse en toda visita en cuanto a lo
que toca y pertenece a la jurisdicción eclesiástica. Así lo proveyó, mandó y
firmó Su Señoría Ilustrísima en esta Visita General que doy fe”
El obispo del Tucumán. Ante
mi maestro Lucas Martínez, notario público y de visita. Hay una firma.
Con el advenimiento de doña
María de Medina y Montalvo a la administración del valle de Hualfín se abre el
gran capítulo de la expansión religiosa en la zona poblada en su mayoría por
indígenas y sus descendientes.
A su empuje y determinación
se debe la construcción de una importante
capilla, constituyendo hasta nuestros días un legítimo orgullo para la
zona; se inauguró bajo el título de la viceparroquia dependiente de la
parroquia de Belén. Es el único monumento histórico nacional del departamento y
naturalmente su existencia y organización estaban sujetas a las
reglamentaciones de la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, su
obispado y su parroquia. Es esta distinguida matrona posiblemente la persona
más importante de esta familia que conserva hasta hoy gran parte de la
propiedad desde el año 1668. La lectura de su testamento da una referencia
clara de su filiación, no comentada por don Carlos Luque Colombres al carecer
de referencias válidas, cuando al referirse a ella la agrupa entre: “otros
descendientes de don Claudio de Medina y Montalvo”. Manifiesta doña María ser
hija de don Claudio y de doña Felipa de Salazar, difuntos ya y vecinos de San Miguel de Tucumán, de donde
ella también es oriunda. (Doña Felipa de
Salazar era a su vez hija del escribano mayor de Cabildo y encomendero Don
Gabriel Martinez de Campuzano). Pide que su cuerpo sea enterrado en la
tierra con el hábito de San Francisco “en esta capilla de Nuestra Señora del
Rosario, viceparroquia del curato de Belén, con entierro menor”.
Declara que fue casada en
primeras nupcias, con el capitán don Leonardo de Iturriza en este paraje, que
no tuvieron hijos, porque los que hubieron durante
dicho matrimonio murieron antes. Fue casada en segundas nupcias con don Gerónimo de Tapia, natural del valle de
Catamarca y perteneciente a distinguidas familias de la zona, sin descendencia
habiendo sido su albacea testamentario
don Gerónimo de Tapia, rogando éste que sus bienes fueran heredados por su
sobrino don Toribio Moreno, el cual en el transcurso del tiempo vendría a ser
abuelo de una de las últimas patronas de la Capellanía, doña Gualberta de
Llano.
Declara también ser única y
universal heredera de todos los bienes
de su primer marido, don Leonardo de Iturriza y González dejando constancia de
no haber traído al matrimonio bienes donados ni heredados de su padre.
Declara asimismo en un
pasaje del testamento y como hecho fundamental motivador de este trabajo acerca
de la religiosidad calchaquina: “En 1777 nos presentamos con mi segundo esposo
ante el Ilustrísimo Señor Doctor Manuel Abad Illana, dignísimo obispo del
Tucumán en el tiempo de su Visita General, pidiendo licencia para construir una
capilla con el título de vicepresidencia de Belén; habiéndonos concedido al
tiempo de principiarla falleció dicho esposo y yo sola tomé a mi cargo esta
santa obra, costeándola desde sus fundamentos hasta su concusión sin el auxilio
de persona alguna.
El día 21 de julio de 1777
se colocó a su costa por el señor cura y vicario de este beneficio al maestro
don Tomás de Burgos con la licencia correspondiente constituyendo un hito
fundamental en la vida religiosa de Hualfín y sus zonas circundantes.
El obispo del Tucumán don
Juan Manuel Moscoso cuando informa sobre los méritos de los eclesiásticos de su
diócesis dice en carta fechada en La Plata, el 5 de mayo de 1777, publicada por
el padre Antonio Larroy ubicada en el Est. 122-Caja4-Legajo 6: “El maestro don
Tomás de Burgos es hijo legítimo, cura de la doctrina de Belén; lo fue
antecedentemente del curato de las Trancas. Es eclesiástico de juicio y de edad
de treinta y nueve años”.
INVENTARIO DE LOS BIENES DE
LA CAPILLA
Continuando con la
interpretación del testamento, dice doña María de Medina y Montalvo
refiriéndose a la capilla: “Es mi voluntad que la dicha capilla se mantenga
perpetuamente con todas las alhajas y con el mayor aseo y decencia, sin que de
manera alguna se enagenen (sic) cualquiera de ellos, prestados ni vendidos y
encargo el cuidado de ella al Patrón y Mayordomo que irá abajo nombrado al pie
del inventario de todos los bienes y alhajas que tengo dedicado para este fin, que son los siguientes:
primeramente la capilla con su sacristía y
torre edificada de adobes, con buque de dieciocho varas de largo y cinco
de ancho y seis de alto toda blanqueada;
su techo de tejuelas y madera labrada
con veintidós tijeras, cinco tirantes, diez canes (¿?) de moldura y su cumbrera, catorce cintas de una a otra
banda, todo ello retejado con tejas cocidas, su puerta principal de tabla e
cedro con umbraladas y marco de molduras, canes
de dos manos con sus armellas y
candado con llaves. Item. La sacristía de media agua con buque de cinco varas y
tres cuartas y cuatro y una cuarta de ancho, su techo de la misma tejuela, dos
costaneras y nueva cintas con puerta de tabla para la parte e afuera de una
mano con marco pintado. Dos canes con armellas, candado y llave: su corredor de
tres arcos techados de la misma tejuela de nueva costaneras y cintas correspondiente de madera
labrada. Item, el pórtico de la iglesia de tres varas con su arco de adobe con
techo de tejuelas y tres tijeras y sus cumbreras y cintas en la misma madera.
Item, unas barandillas de comulgatorio de madera balaustre dibujadas. Item, en
dicha iglesia un púlpito de tabla e cedro tallada, con puerta de una mano,
marco y umbralada y escala de la misma madera. Item, el coro alto de tres
tirantes y otro al través, en el medio cuatro canes de madera con once tablas y
sus barandillas de los mismo tallas, puerta tallada de una mano con marco y
umbralado armellas y candado con llaves. Item, una pila fabricada de adobes con
molduras. Item, el altar mayor fabricado con ladrillos cocidos, tres nichos
cornisas y pilares a los lados y
frontispicio todo ello de molduras, revocado con cal, que todo sirve de retablo
y el suelo del presbíterio enladrillado de ladrillos de tres gradas. Item, en
el dicho altar un sagrario chico con su puerta de madera. Item, está adornada
con dos campanas en la torre, la una mediana y la otra chica. Item, una imagen
de Nuestra Señora del Rosario de bulto, patrona tutelar, la que se halla colocada de altura poco menos de dos
tercios, con su niño en los brazos, su vestido de raso a
flores carmesíes, su alva (sic) de Bretaña con sobrepuestos, su corona de plata
y es la misma que dio a esta capilla doña Catalina Bustamante. Item, se le ha
hecho a dicha imagen a mi costa un alba de cambray con sus encajes finos y enaguas de lo mismo al Niño. Item, una
pollera y casaquita de tapiz blanco a flores con su galón de plata y sus
melindres (delicadezas).
Item. Un manto de lana
blanco aforrado con tafetán nácar, todo nuevo. Item. Un aderezo que se compone
de un par de zarcillos de oro con sus pendientes con veintidós perlas finas,
medianas, pendientes de una cadena de oro, obra
salomónica. Item, un par de candaditos de oro con once perlas finas.
Item, una sortija de oro con una
esmeralda engastada en el medio y dos rubíes a los lados. Item, otra de dicha de oro que le dicen de
palabra Item, otra de dicha de oro que le dicen de palabra. Item, otra de dicha
de oro bien fornida, obra de panecitos
(sic). Item, Un rosario de corales finos grandes con sus granates finos y
diecisiete perlas finas chicas. Item, un par de manillas de corales finos de canutillos entre
grandes y chicos. Item, una gargantilla
de perlas finas pequeñitas de dos sartas
con dos granates finos y una igual de coral. Dos corales finos y otras dos
perlas finas grandes. Item, una efigie de Santo Cristo de bulto con una cruz de
palo y una vara de alto, obra ordinaria. Item, un velo y espaldar de dicho
Santo Cristo de varas que ahora nuevamente se han hecho cenefas (borde o ribete) de eso mismo
para adorno del altar. Item, cinco
marcos dorados de tres cuartas de largo y dos tercios de ancho, uno del Señor
en el paso de Cuechoo (ilegible), otro de Nuestra Señora de la Concepción, otro
de Nuestra Señora de la Concepción, otro de Nuestra Señora de Belén, otro San
Juan Bautista y otro de San Ignacio. Item, un lienzo nuevo de Nuestra Señora
del Rosario, de vara de largo y poco menos de media de ancho, con su coronación
de la Santísima Trinidad y toda la Corte Celestial con su torno de enrollar. Item, otro lienzo de Jesús Nazareno
nuevo. Item. Otro de Nuestra Señora del Carmen con Santa Teresa de Jesús y San
Elías al pie. Item, un cuadrito chico de
Santa Ana. Item, tres estampas nuevas
que dio de limosna Clemente Bazán. Item, nueve dichas usadas. Item, una
imagen de bulto de Nuestra Señora de la Concepción de media vara de alto,
nueva. Item, un San Miguel de poco más de cuarta bien obrado. Item, un San
Antonio de bulto de una cuarta, nuevo. Diez mayas con sus candelejas de estaño
que dio de limosna don Francisco Piloña y más una guitarra. Item, un velo de la
virgen de cambray liso con sus cenefas de tafetán carmesí y cinta amarilla de
aguas. Item, de un Santo Cristo pequeño de plata, una cruz de plata con cuatro
chapas de cantoneras y una calabita de plata con dos angelitos de los mismos
embutidos; cuatro tiritas de los mis encaladas en la cruz. Item, dos atriles,
uno que dio de limosna Sebastián Casas y el otro plateado que dio Toribio
Moreno. Item, dos escaños de dos tablas de asiento que dio de limosna don
Francisco Piloña y su esposa doña Catalina Bustamante. Item, para el altar una
asa consagrada que donó la piedad de su Señoría Ilustrísima el señor Obispo don
Manuel Abad Illana. Item, un cáliz y patena de plata donados. Item, un
ornamento de tapiz blanco con galones de plata finos aforrados en tafetán
carmesí con bolsas de corporales, galoneada de los mismo
con dos hijuelas con las demás que
corresponden en la misma forma. Item, su frontal de lo mismo
aforrado en crudo. Item, otro ornamento
negro de tafetán doble negro guarnecido con
melindres de plata aforrado en angaripola con lo demás concerniente. Item,
una capa de coro negra, nueva de tafetán. Item, un frontal negro de lo mismo con cenefa aplomada de primera de frana,
guarnecido de melindres de plata aforrado en crudo. Item, un par de vinageras
con su platillo de plata, con peso de
tres marcos con cuatro onzas nuevo. Item, otras dichas de loza de la China para
días ordinarios. Item, un misal romano usado. Item, un inciensario de plata con
sus cadenas, navetas y dos cucharas de
lo mismo, nuevo todo con peso de cinco marcos con tres cuartas. Item, un
hostiario con su tapa de latón amarillo y otro hecho de cartón. Item, dos cajas
de cedro nuevas para guardar ornamentos,
con sus cajoncitos. Otra dicha pequeñita para la cera. Item, tres taburetes
dibujados de suela. Item, una pilita de loza en la sacristía para agua bendita.
Item, unas andas de tabla con su mesa. Item, tres pares de candelabros de plata
con peso de doce marcos. Item, dos campanillas de plata
chicas, ambas con un peso de un marco con cinco onzas. Item, otra
chiquitita de metal. Item, cuatro choses de colores, grandes, de a cinco varas
y media, nuevos. Item, una manta negra de picote. Item, ocho camaretas. Item,
una alfombra nueva de cinco varas y media, medianas, nuevas una caja de ...
ilegible. Item, una paila mediana de cobre de buen uso de Coquimbo para labrar
las velas de cera. Item, otra dicha para las de sebo. Item, un par de
cofrecitos forrados por encima con cordobán de tachuelas amarillas, su chapa de
plata, llave de fierro, con cinco guarniciones
de plata cinceladas en las esquinas y en el medio sus
bisagras de lo mismo para guardar cosas de la iglesia y de las andas.
Item, una bandera de tafetán carmesí con cintas de aguas azules, todo nuevo y
dicho tafetán dio un alférez de naturales. Item, otro velo de la Virgen de
gasa. Item, las caídas de las andas i las manoplas son de angaripola nueva.
Item, un par de fuentes de plata con peso de seis marcos cada una. Item, media
docena de platos de plata con peso de dos marcos cada uno. Item, un jarro de
plata nuevo con peso de dos marcos y cuarta. Item, una negra esclava llamada
María de treinta y tres años de Angola, cuya esclavitud consta en la escritura
de Compañía que pasa en mi poder con sus
dos hijos, la una llamada Micaela de quince años, la que tiene un hijo de dos
meses llamado José María, y otro hijo de la primera llamado José Ramón,
procreados después d la Compañía que
hice con mi dinero por mano de mi finado don Diego de Tapia y es mi voluntad
que dichos esclavos queden para el servicio de la capilla a cargo del y
administración del patrón de ella, y en caso
que ellos cobren malas propiedades y no quieran servir y sujetarse al dominio del dicho Patrón, sean
vendidos por él para que con su producto se repongan otros. Declárolo así para
que conste.
Los bienes vinculados a esta
capilla son los descriptos a continuación:
Item. Un molino corriente
con todos sus aperos. Item, el potrero de Las Cuevas con cien vacas de todas
las edades y clases, cincuenta yeguas y doscientas ovejas; los yerros de errar
que son dos, ambos de una misma letra para dicho ganado de Nuestra Señora, con
distinción de lo de la hacienda. Item, dos hechores y dos padrillos para dichas
yeguas. Item. Retazo de tierra y agua para las labranzas y ayuda de costos para
la función de la Santísima Virgen y dichas tierras son desde la capilla,
principiando por la parte de la puerta principal hasta el río y de la parte de atrás hasta el cerro y por
la parte norte hasta el río seco que linda con las casas viejas de los
Aguirres, exceptuando un retazo de tierra de éstas que le hice donación al
maestro Juan José Moreno, cuyos linderos son desde la punta de la loma que está
inmediata a su casa, hasta el zanjón que corre de sud a norte desde la acequia
hasta el río, quedando ya expresados sus linderos en los precisos términos que
se ha expuesto.
Item. Elijo, proveo y nombro
por Mayordomo y Patrón perpetuo de esta capilla de Nuestra Señora del Rosario a
mi hijo de crianza y adoptado como propio a don Andrés de Iturriza, natural de
la ciudad de San Miguel de Tucumán, casado con doña María Ruiz natural de Valle
Hermoso, tras pasando en él todo el derecho que por haber edificado y dotado la
tal capilla me pertenece y me lo tienen
declarado el Ilustrísimo Sr. Dr. Don Manuel Abad Illana y el vice-patrón real,
el Señor Don Andrés Mestre (Gobernador Intendente del Tucumán) para que como
tal Patrón Perpetuo después de mis días se reciba de dicha capilla con todos sus bienes, cumpla y guarde
inviolablemente con libre y general administración lo que llevo dispuesto por
mi última voluntad con el mayor esmero y cuidado procure con la mayor
veneración su limpieza y aseo y todo lo que corresponde a un Patrón y
Mayordomo, sin que sea compelido por ninguna persona ni eclesiástica ni secular
(...)
Este
último apartado constituye en realidad una muy clara alusión a la total
independencia de acción que la testadora otorga a su heredero.
Item. Declaro y es mi
voluntad que dicho Patronato y Mayordomía y lo consiguiente a ella “le suceda
su primer heredero” y en caso de que no tenga de ahora para entonces, le doy la
facultad y poder para que después de sus días
nombre a la persona que conceptuase más apta para el desempeño del
Patronato y Mayordomía que van mencionados: “guardándose en la sucesión lo
mismo que llevo dispuesto en orden al
primero, sin que ninguno de todos ellos puedan enagenar (sic) y vender lo
perteneciente a dicha capilla, salvo en las cosas que llevo declarados y los
que de mucha necesidad ocurriesen para efecto de reponer lo que faltase de su adorno y decencia, dando cuenta
de todo el ingreso que anualmente tenga y de sus gastos al cura y vicario de este Beneficio que fuere.
Declárolo así para que conste.
Item. Encargo a dicho Patrón
el cuidado de la fábrica y derechos de sepultura los que únicamente deberán
invertirse en el servicio de la capilla y “establezco y mando” que el día de la
Santísima Virgen del Rosario haga anualmente la fiesta conforme hasta aquí lo
celebrado con vísperas, misas cantadas y procesión, precediendo a ella su
novena y al día siguiente de la fiesta se cantará una misa a las benditas
ánimas con vísperas y procesión, lo que se observará perpetuamente ayudándose
para este efecto con la limosna que le juntare de la demanda que se pedirá con
beneplácito del cura y vicario que sucesivamente fuere”.
En uno de los apartados
dice: Declaro serme deudor el maestro carpintero Isidoro Suárez de cien pesos
en plata que le dimos con mi segundo finado esposo para que trabajase la
capilla y luego que los recibió hizo fuga y no trabajó cosa alguna a esta
cuenta, habiéndosele pagado antes lo que tenía trabajad, cuya dependencia no
consta de obligación, mando a mis albaceas se le cobre”.
Item. Me es deudor don
Dámaso Rodriguez del Perú noventa burros invernados que llevó para arriba, más cinco reses, más
dos caballos mansos y una yegua y cuatro mulas mansas y cuatro fanegas de trigo
puestas en el fuerte: a esta cuenta tengo recibidos dos campanas, una mediana y
otra chica, una mamerina de plata, un mate que hizo guarnecer dándole yo la
chafalonía, seis varas de bayeta de la tierra de cuyos efectos no hemos tenido
ajustes, mando se le liquiden las cuentas y se le cobre lo que restare.
El potrero de Las Cuevas por
expresa disposición de la Instituyente, no puede ser vendido, aunque sus descendientes pueden
usarlo para invernar sus ganados y si alguno de ellos quisiera hacerlo “se lo
impedirá el Patrón de Iglesia”, si fuera otro que el mismo heredero y siéndolo
él mismo, lo estorbará el párroco de este Beneficio que fuera y es mi voluntad
que las invernadas que se hicieren en él, sean para costear la función de
Nuestra Señora y alhajas de dicha capilla sin que por esto se entienda privo a dicho Patrón que se
ayude y mantenga con parte de ese ingreso de invernada; sólo si le encargo el
culto de Nuestra Señora y su rosario, con criados y agregados con la mayor
solemnidad que puedan.
Item. Declaro por único y
universal heredero de todos mis bienes que se hallan fuera de mis mandas y donaciones, sin exceptuar algunos a mi hijo
adoptivo don Andrés de Iturriza y sus descendientes para que los gocen con la
bendición de Dios y la mía, con la cual herencia quiero y es mi voluntad
remunerarle la fidelidad, esmero y amor con que me ha servido tantos años
conservando y aumentando mis bienes y si acaso después de mis días pretendiera
derecho a dicha herencia, algunos de mis parientes, mando no sean oídos en
manera alguna por no testar yo de mis bienes que los heredé de mi primer esposo
don Leonardo de Iturriza como llevo declarado y aún dando caso que por
algún modo obtuvieran derecho, es mi
voluntad apartarlo de él, por el abandono e ingratitud con que en más de
cuarenta años me han mirado, sin haber tenido otro amparo que el dicho don
Andrés de Iturriza.
Item. Nombro mis albaceas
testamentarios en primer lugar a mi hijo don Andrés de Iturriza y en segundo
lugar a doña María Ruiz, esposa de dicho don Andrés y en tercero a don Juan
José Ventura Ramos (...)
Aparte de la institución de
patrono y de Mayordomo perpetuo, dentro de los papeles pertenecientes a la
familia Leguizamón, tanto notariales como jurídicos, se hace mención ala
institución del Mayorazgo y que en la práctica supongo puede haber sido el principal motivo por el
que la propiedad se mantuviera hasta el momento actual con muy pocas
subdivisiones, haciendo de este caso uno
de los muy pocos que existen en el país, donde una propiedad permanece en
propiedad de la misma familia desde el
año 1668 hasta abril de 2000, fecha en que escribo estas líneas.
Ya hemos dado una idea
general de lo que constituyeran las capellanías, a lo que agregaremos el
conocimiento de una ley dictada en 1841 en España el 19 de agosto de 1841, por
la cual se adjudicaba en calidad de libres los bienes de las capellanías
volviendo su goce a los parientes de mejor línea y dentro de la misma a los
parientes más próximos, es decir que seguía respetándose una determinada línea
sucesoria.
El Mayorazgo,
etimológicamente proviene de Mayorar y es de acuerdo a la definición dad por el
diccionario Espasa Calpe, “una institución del derecho civil español, hoy abolida que tiene por
objeto perpetuar en la familia propiedad
de ciertos bienes con arreglo a las condiciones que se dicten al establecerla, o a la falta de ella a las
prescritas por la ley. Es un conjunto o agregación de bienes vinculados.
Poseedor de los bienes vinculados”. Las personas que podían fundar mayorazgos
de acuerdo a la misma fuente, eran aquellos que podían disponer libremente de
sus bienes; estaban en este caso los varones emancipados, la mujer casada, la
que podía fundar mayorazgo por
testamento y última voluntad, sin licencia del marido, vinculando el
tercio y remanente del quinto de sus bienes entre sus descendientes. Los bienes
que podían vincularse eran especialmente los bienes inmuebles. El que no tenía
herederos forzosos, podía vincular toda
su fortuna y el que los tenía, el importe del tercio y el quinto de los bienes
que poseyese.
Eran obligaciones generales
de esta institución las cargas, alimentos y viudades. Por cargas se entendían
ciertas obligaciones que tenían los poseedores ya sea con fines religiosos
(misas y aniversarios) o con fines benéficos.
En el fondo la cuestión se
trata de una vinculación de bienes, que etimológicamente significa la acción
y efecto de vincularse. Esta palabra
significa de acuerdo con el diccionario Espasa – Calpe, “el conjunto de todas
aquellas instituciones jurídicas en las que se hacía inalienable una masa de
bienes, la sucesión en la cual se sujetaban a un orden predeterminado e inalterable (...).
(...) los mayorazgos y las capellanías familiares o
de sangre, son formas españolas de vinculación de bienes; el orden de suceder
en las vinculaciones se ha conservado para la sucesión en los títulos de
nobleza”.
Hualfín en su historia, de
acuerdo a lo expuesto, comenzó bajo la forma de una capellanía lega, pero en la
práctica se ha comportado como un verdadero mayorazgo ya que pudo conservar la
propiedad del valle en manos de una misma línea familiar, cual es la familia
Leguizamón. Al detenernos en esta institución y si consideramos su
comportamiento práctico, además de las carátulas judiciales donde dice
Mayorazgo de Hualfín, podemos considerar que éste constituye uno de los muy
escasos que hubieron en nuestro país, durante la dominación española.
Dentro de los muy pocos mayorazgos que existieron dentro de los
límites de lo que hoy es nuestro país, mencionaremos en instituido en La Rioja
el 3 de enero de 1663 por el maestro de Campo Pedro Nicolás de Brizuela,
conjuntamente con su esposa doña Mariana Doria y Salcedo, con imposición del
apellido Brizuela y Doria (A. H. Córdoba). El de Totos, instituido por don Juan
Gregorio Bazán de Pedraza, con la imposición del apellido Bazán y Tejeda en
1717; el de Cochangasta en La Rioja, fundado el 23 de junio de 1720, por doña
Josefa Luis de Cabrera, viuda de don Ignasio Bazán de Pedraza, con la
imposición del apellido Bazán de Cabrera; el de Guazán el 15 de octubre de 1768, así llamado porque
el bien principal lo constituía la estancia del mismo nombre, por el general
don Joseph Luis Díaz, a favor de su sobrino don Salvador Díaz de la Peña y
también de su escudo de armas. Esto fue en La Rioja y en Catamarca. También
existió el Mayorazgo de Yavi, junto con el título de Marqués del Valle del Tojo
al que viene agregarse el de Hualfin, instituido por doña María de Medina y
Montalvo. Doña María como lo destaca don Carlos Luque Colombres en “Para la
Historia de Córdoba” era hija de don Claudio Medina y Montalvo, a su vez hijo
de don Juan de Medina y Montalvo y de doña Ana Chavero de Ceballos” nacidos a
mediados del Siglo XVII; comenzó a participar
de la vida política de S. M. en Tucumán en 1684 como alcalde ordinario de
primero voto, cuando el cabildo centralizaba su atención en el traslado de
la ciudad al sitio de la Toma (su actual
emplazamiento) autorizado ya por una real cédula de 1680. En tal carácter firmó
la providencia exhortiva dirigida al
gobernador, en la cual se exponían consideraciones contrarias a la ejecución de
tal medida, por considerarlo perjudicial a los intereses del vecindario”. Don
Claudio y doña María eran descendientes directos del famoso conquistador don
Gaspar de Medina y de doña Bárbara Coya, sobrina del rey Inca del Perú Sayri
Tupac. El Inca Sayri Tupac, fue el último pretendiente reconocido y que
renunciara a sus derechos reales a favor de la corona española.
Consultada la enciclopedia jurídica Omeba
respecto del concepto de mayorazgo dice textualmente: “en sentido jurídico se
llama en nuestro idioma la institución que tiene por objeto perpetuar en la familia la
propiedad de ciertos bienes según
condiciones establecidas por el dueño y de acuerdo a lo prescripto por
la ley y también el conjunto de los bienes vinculados, el poseedor de estos
bienes y el hijo mayor de una persona que goza y posee mayorazgo, concepto este enunciado por Joaquín Escriche en el diccionario de Legislación y
Jurisprudencia.
El mayorazgo tuvo su época
de auge en Europa y para poder analizar esta institución hoy abolida en
prácticamente en todos los países de nuestro ámbito cultural, es decir para
buscar un juicio equilibrado, hay que remontarse a la época en que se originó y
verlo en las posibilidades de su tiempo, en la época de su mayor brillo y no en
la época de su decadencia donde sus defectos se hacían más evidentes.
Naturalmente que a luz de
nuestros días esta institución hiere sobremanera los sentimientos republicanos
de nuestro tiempo. Don Sancho Llamas y Molina en su libro Comentario Crítico
Jurídico, dice literalmente respecto de las ochenta y tres leyes de Toro: “que
cuando a instancias de los papas pasaron los francos a Italia en tiempos de
Carlomagno, introdujeron y llevaron consigo el uso de los principados y feudos en los que según uso de
su país no se admitía pluralidad de personas en la sucesión, sino que se sucedía una sola y era
el primogénito de la familia, por orden de la primogenitura de que dimanó según
lo manifiesta el Cardenal De Luca en el discurso de Fideicomissis, donde aquellos feudos en los
que se observaba la sucesión individual de una sola persona y que esté fuera el
primogénito se llamasen y se dijesen feudos según derecho de los francos, para
diferenciarse de los feudos de Italia donde eran divisibles entre los
descendientes de un mismo grado.
Parece pues indiscutible que
según derecho de los francos, el modo de suceder en sus feudos, era el de la
sucesión indivisa en cabeza del primogénito y con vinculación indefinida del
patrimonio y el título honorífico en la misma línea de preferencia y que “la
primera idea de los mayorazgos no vino de los fideicomisos, sino de los feudos
y del derecho de suceder a imitación del que se observa en la sucesión de los
reinos y principados”.
Mientras esto ocurría en
Europa, en España no ocurría lo mismo ya que en los feudos menores heredaban
por partes iguales todos los herederos varones como se ordena en la ley 6, título 26, partida 4 y limitando la
sucesión hasta los nietos. En cambio los feudos mayores, como ser reinados,
comarcas y condados, la sucesión era personal y vitalicia, a no ser que el
emperador, rey o señor que hubiere otorgado
el feudo expresamente lo manifestara
hasta hijos y nietos. En la institución monárquica española era la elección la
manera de suceder, entre los reyes especialmente, en tiempo de los godos. Este
sistema tuvo vigencia en tiempos de don Pelayo hasta don Ordoño I.
Fue don Fernando el Santo
quien impuso el mayorazgo en España a favor de su hijo don Alonso, quien en las
Siete Partidas institucionalizaría este sistema en la forma sucesoria de la corona, de donde se
transmitió a los mayorazgos particulares.
En el derecho español
cualquier persona “hábil para testar y contratar podía en lo antiguo instituir
mayorazgo o vínculo en contrato o testamento de todos sus bienes, con tal que no se perjudicase en su
legítima a los herederos forzosos.
Desde mayo de 1789 no se
pudieron fundar mayorazgos, salvo con la autorización del rey.
Los mayorazgos fueron de
varios tipos: mayorazgos regulares, irregulares, de agnación, de agnación
fingida, de pura masculinidad, electivos, etc.,
de los cuales sólo mencionaremos al primero de ellos o regular: “ Es aquel
para cuya sucesión se llama al hijo varón mayor y a sus descendientes
legítimos, prefiriendo siempre el mayor al menor, y el varón a la hembra, y
después los demás en el mismo orden, guardándose entre ellos la
prelación atendida, la línea, grado, sexo, edad, y observándose lo mismo en los transversales
conforme a las reglas de la sucesión de la corona En los mayorazgos todas las
reglas ceden a la voluntad del fundador, quién puede poner las condiciones que
quisiere dentro de lo posible y lo
honesto, obligando de tal modo su cumplimiento que por su falta pierde el
mayorazgo la persona a quien correspondía por derecho de sangre.
Luego de las leyes
desvinculadoras del Siglo Diecinueve, la institución que estamos comentando
queda circunscripta en España a títulos y derechos honoríficos según el orden
que las mismas leyes establecieron para la forma en que han de transmitirse las
prerrogativas del régimen nobiliario subsistente en España y otros países
europeos.
Respecto de los mayorazgos
en Latinoamérica la enciclopedia dice textualmente: “España trajo a sus
dominios de América sus instituciones y las costumbres que regían su vida
social en la época en que ella legislaba para ambos mundos, con las lógicas
modificaciones que el ambiente nuevo, la exigencia de las circunstancias y los
intereses en pugna habían aparecer como más adecuados para ser impuestos en
América.
Tal como se ha puntualizado
en el vocablo hijodalgo, las instituciones nobiliarias de España se trasladaron
al nuevo mundo con carácter análogo al que revestían en la metrópoli, pero
procurando que esta nobleza “sui generis” que aquí se formaba con los
conquistadores, algunos nobles de España y otros empobrecidos por los hechos
mismos de la conquista, permaneciera en una esfera más modesta que la que
alcanzaban los grandes magnates de la primera nobleza metropolitana”.
Esto era para evitar que se
formara una clase demasiado rica que luego atentara
contra la autoridad del rey.
De todo lo expresado
anteriormente se deduce que si bien Hualfin comenzó como una capellanía lega, y
sujeta a sus leyes la forma de sucederla y la vinculación de los bienes que se mantuvo hasta el año
1905, la convirtieron en la práctica en uno de los pocos mayorazgos que
existieron en el país. Lo mismo sucedió con la capellanía de San Fernando que
por razones de espacio dejamos para una ulterior publicación. La Misma fue
instituida por la familia Aybar y Villagrán, nietos de don Juan de Aybar y
Bazán del que habláramos en curso de este
trabajo.
La iglesia lleva
espectacularmente tallado en su dintel la siguiente inscripción: “NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO, AÑO DE 1770”.
Luego de don Andrés de
Iturriza la sucesión recae en su hija doña María Luisa de Iturriza, que fuera
casada con don ramón de Llano. Se suceden así don José Eduardo de Llano, doña
Gualberta de Llano y por último su hijo don Aurelio Leguizamón. En el año 1905
se produce la desvinculación de los bienes, impulsado por el doctor Guillermo
Leguizamón y compartes.
Dice don César Carrizo en
una publicación de la revista Síntesis en un artículo “Coplas para la
historia”: "Hualfin es la merced del marqués don Eduardo de Llano y la
propiedad viene del tiempo de la colonia 1752. En la actualidad los dueños son
los Leguizamón por justo derecho y a que son descendientes del marqués “. En
una nota al pie dice: “Nieto del marqués
fue el doctor Guillermo Leguizamón, aquel hombre intergérrimo que estuvo al
lado de Alem, de Del Valle, de Joaquín Castellanos, etc. en horas de prueba
para el civismo argentino.
Y esto es lo hermoso: siendo
un árbol genealógico de tan rancio abolengo, fue de los primeros en bajar al
pueblo, arengándolos con su verbo de oro, y alentándolo en las líneas de
fuego”. Debo aclarar que entre los papeles del archivo Leguizamón no he podido
encontrar documentación acerca del mencionado título. Sin negarlo abro un
interrogante hasta la aparición del documento correspondiente.
Hualfín es un sitio
histórico y ocasional testigo de los amores entre el general Lavalle y Dolores
de Sotomayor, mujer del jefe de la Coalición del Norte el Zarco Brizuela. Dice
César Carrizo (...): “Lavalle que ha recorrido todo el oeste de la provincia en
busca de prosélitos y aprovisionamientos, sabe que ningún sitio mejor para esconder su idilio que
Hualfín, un fundo, un paraíso terrenal que los Leguizamón poseen en las
sierras. (...). Los señores de Hualfín
querían que el héroe supiera que había llegado a un hogar donde se
tendían los manteles al forastero sin preguntarse de dónde venía ni dónde iba”.
Los dueños de casa brindan a Lavalle un sitio en el lugar llamado de las “Casas
Viejas”; no lo hospedan en la amplia casona. A respecto el mismo autor dice: “¡Qué vida plácida y honda la que se pasa en la casona recia
y bien plantada. Tiene cornizones y almenas para defensa, como una castillo
feudal; y en el medio un ancho patio árabe con sus canteros de nardo, jazmines,
albahacas y diamela. Tiene además puertas y salidas estratégicas. El dueño de
casa es don Felipe Leguizamón, que precisamente no es unitario, sino federal
por convicción y no por Rosas. Era sargento mayor del ejército y se niega a
secundar las intrigas del general Balboa
para tomarle prisionero (...). Y fue el caso que al día siguiente Llavalle para
corresponder a tanta gentileza regaló a doña Gualberta de Llano la espada gloriosa
con que le obsequiara el pueblo del Ecuador”. “El doctor Catalán recogió las
coplas populares que inmortalizaron para siempre este amor:
Dicen que todo es humo
cigarro y chala;
menos los ojos negros
de una riojana.
La casa descripta por César Carrizo es la misma que se mantiene hasta nuestros días y construida por doña
María de Medina y Montalvo junto con la capilla. Son sus descendientes, aún los
propietarios del predio desde el año 1668.
RICARDO
FEDERICO MENA
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