EL VALLE DE HUALFÍN

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Su historia documentada –núcleo poblacional- Aspecto religioso rural dependiente de la ciudad indiana. , Capellanía y Mayorazgo.

 

 

 

 

Ricardo Federico MENA

 

 

 

 

 

 

El Valle Calchaquí constituye una unidad geográfica étnico-cultural de caracteres definidos y tanto los valles septentrionales como los meridionales, conformaron la gran “Provincia” por donde comenzara la conquista y el punto de partida  desde donde los grandes capitanes españoles viajaron a fundar ciudades que consolidarían su presencia.

Diego de Rojas, Nuñez de Prado y Pérez de Zurita, con enérgica decisión y genética bravura irrumpen este agreste paisaje, contemplando con expresión atónita la magnificencia de sus cumbres nevadas, mientras escuchaban acaso el silbido irrefrenable del viento, trayendo entre sus hebras la grita inclaudicable de los defensores de la tierra. Cada palmo de esa tierra guardaba como un tesoro, no sólo el sueño del cóndor, sino también la silueta moral del hombre americano, defendiendo con hidalguía su tierra milenaria.

         El Valle Calchaquí guarda en lo más hondo de sus quebradas un pasado histórico, pleno de sugerentes vibraciones que jamás pueden ser olvidadas. Transitar  sus caminos abandonándonos lánguidamente a su hechizo, dejando atrás hieráticos cerros de colores y dejando descansar la mirada en sus horizontes de fuego, el hombre poético y soñador se sumerge en un éxtasis profundo y dejando escapar los ojos hacia los verdes  lujuriosos, de las playas del río, escucha al viento estampar las voces de la historia sobre el bermellón y de sus quebradas y acaso, perderse en forma de susurros sobre nuestros oídos. Los hechos del pasado  colonial, permanecen aún en el nido de los cóndores o en la melena lacia de los sauces a la espera de ser nuevamente convocados.

         Toda la región tiene un clima templado y aunque está cerca del trópico no posee la variedad sub-tropical, sino que la altura y la aridez imponen sus propias reglas. Las montañas desempeñan un rol fundamental, ya que juegan el papel de contenedoras de la humedad, lo que convierte a los valles  en compartimentos separados, definiendo el típico clima continental por la escasa influencia de los océanos Atlántico y Pacífico; es debido a las distintas alturas que va desde los faldeos de los cerros hasta los picos más altos el motivo por el que se generan distintas temperaturas, dando origen a diversos microclimas favorecedores de la agricultura. La flora aguerrida y xerófila tiene su exponente típico en el milenario algarrobo de vainas morenas y desempeñaron para la civilización calchaquí, en reino vegetal, lo mismo que la llama en el reino animal. En invierno a impulsos del viento caen las hojas y los frutos, alfombrando el campo dando alimento a las bestias que carecen de ellos. El lloro de estos árboles constituye  lo que se denomina “mita o mitu”, significando en la lengua local, barro o lodo. La espina del algarrobo llamada justicieramente “clavo” es la misma que usaban los antiguos pobladores al recoger la algarroba, asegurando con ellas los “pullos” donde almacenaban el preciado alimento para la elaboración de la chicha, la aloja y el patay que todos conocemos. Hermano y compañero en la región, es el cardón, que esparcido en grupos más o menos importantes ofrecen su líquido depósito a las bestias y a los hombres que transitaban por aquellas desoladas latitudes. Es decir que aún hoy, donde se halle un cardón, nadie pudo o puede morir de sed.

         Al hablar de la “provincia calchaquí”, necesariamente debemos ubicarla dentro de los límites que tenía el imperio incaico, y al decir de algunos historiadores fue respetado por los dominadores españoles que le llamaron erróneamente “provincias” ya que las denominaciones indígenas no podían ser traducidas al castellano.

         El dominio del incario sobre nuestra región fue evidente, haciéndose más palpable en una serie de testimonios documentales y arqueológicos que ponen en evidencia una perfecta organización precolombina antes de la venida del conquistador blanco. El extremo meridional estaba constituido por la provincia de Quire-Quire, cuya cabeza de curacazgo  de acuerdo a don Alberto Rex González, se encontraba en la localidad de Tolombón, extendiendo su influencia hacia los valles de Yocavil, Tafi y el mismísimo de Hualfín y quizás el de Abaucán.

Todos estos lugares vienen a constituir un reservorio cálido de evocaciones históricas y fue el señorío de Juan Calchaquí, formidable paladín de la primera gran guerra desarrollada  en territorio nacional. Fue asimismo teatro de operaciones y bastión  inexpugnable del falso Inca Bohórquez, llevado a ese sitio de la mano del cacique Pivanti, jefe principal del valle durante la tercera guerra calchaquí. Entre medio de ambas, la dignidad del hombre americano fue sostenida con porfiada vehemencia por un gran estratega: el legendario Chelemín, durante la segunda sublevación que tan duramente había tratado a los españoles. El cacique Chelemín fue originario del valle de Hualfín y jefe supremo de sus tribus famosas por su bravura. Fueron estas las que constituyeron la “guardia de corps” del  Inca Bohórquez  en su ciudadela de Tolombón y las que luego de su derrota dieron nombre a las localidades salteñas de Walfín y Gualfín.

         Sus restos mortales fueron esparcidos a los cuatro vientos por los cascos de cuatro potros disparados en las cuatro direcciones del valor y de la gloria.

         El resto de los valles, con las localidades de La Poma, Payogasta, Cachi y San Carlos, comprendían la gran provincia de Chicoana, del que Curacazgo, siguiendo siempre a Don Alberto Rex González estaría en la localidad de La Paya.

         Figuras legendarias y míticas se suceden en incesante desfile en el campo español, dando fe  del empuje conquistador. Así nombran, con sus triunfos, sus derrotas  y humanas debilidades a formidables guerreros como Don Juan Gregorio Bazán de Pedraza, Julián Seldeño, Hernán Mexía de Miraval, Gregorio de Luna y Cárdenas, Miguel de Ardiles entre muchos otros que con su accionar contribuyeron a realizar esta Argentina que hoy vivimos. Estos nombres nada dicen a nuestras actuales juventudes y es nuestro ineludible deber asimilarlos a nuestros próceres de la independencia, ya que sin ellos nada de lo que vivimos pudiera haber sido posible. Son muchos nombres que no deseo dejar en la marginación y en sucesivos trabajos marcaré sus huellas que contribuyeron a la conformación de nuestro querido país.

 

Historia económica del Valle de Hualfin

 

Su evolución a través del tiempo. Producción y mano de obra.

 

 

         Al hablar de generalidades habíamos comentado acerca del clima templado imperante en el Valle Calchaquí. Lo habíamos definido como de tipo continental por la escasa influencia de los océanos Atlántico y Pacífico y habíamos consignado asimismo que el promedio de sus temperaturas está en función  de las altitudes que van desde los faldeos hasta la cima de las montañas en forma de arco decreciente; dando como consecuencia lugar a la formación de distintos microclimas.

Esta región de acuerdo a los estudios efectuados por el licenciado Elio Navarro en su libro, “Catamarca, hacia un estudio integral de su geografía”, el relieve y la geología de la región oeste pertenece a grupos estructurales y geográficos de la zona de transición cordillerana, de las sierras pampeanas y del sistema Narváez-Cerro Negro-Famatina.

En esta región del oeste y más precisamente en su sector norte se encuentra el cordón del Aconquija, y al oeste del mismo se eleva la serranía de Quilmes o del Cajón en el departamento de Santa María; al sudoeste de la misma se encuentra la serranía de las cuevas, y hacia el oeste los cerros Negro y del Durazno. Hacia el sur, las sierras de la Alumbrera y Ovejería, las sierras de Belén continuando hasta el Shincal.

Haciendo un análisis de las testamenterías de los antiguos propietarios, cuyos originales poseo; trataremos de hacer un bosquejo de us actividad mercantil y su estructura agraria, como forma de conocer la intimidad de la región en sus aspectos geográficos, históricos, económicos y sociales.

         Hualfín y San Fernando, estaban como hoy alejados de los centros administrativos, comerciales y políticos de la región subandina, en contraposición con su extremo septentrional bajo la dependencia administrativa de la ciudad de Salta. En el estudio que estamos realizando, desempeña un papel preponderante  la organización de la sociedad colonial, la distribución de tierras y mercedes, como asimismo el control de la circulación de mercaderías en el ámbito comercial andino, ya que el desarrollo de la minería altoperuana y las coyunturas económicas impuestas por los Borbones en el Río de la Plata son puntos de partida y comparación de invalorable ayuda.

         Para todo estoy hay que tener en cuenta la ocupación definitiva del valle calchaquí, realizada recién en el Siglo XVII y el aprovechamiento realizado de acuerdo alas condiciones ecológicas de cada zona o dicho de otra forma, del aprovechamiento realizado conforme a los recursos tecnológicos existentes en aquellos tiempos.

En este estudio debemos tener presente que nuestro valle viene siendo cultivado desde larga data, pues desde antes de la llegada de los españoles, los naturales venían haciendo agricultura de regadío. Las condiciones naturales para efectuarlas eran óptimas, ya que en numerosas informaciones de los españoles al rey hacían una clara referencia a ella, como la que hace el padre Diego de Torres en 1610. Más tempranamente lo hace Diego Pacheco en su “Relación de las Provincias del Tucumán”; “No hay oro ni plata, pero tiene opinión de tierra buena, fértil para ganado y trigo y maíz y mantenimientos”. (Relaciones Geográficas de Indias-Perú-Biblioteca de autores españoles-Tomo CLXXXIII-Madrid-1965, citado por la profesora Sara Mata de López en su trabajo ”Valle de Lerma, Valle Calchaquí y frontera este, segunda mitad del Siglo XVIII.

Es comprensible de acuerdo a lo que hemos referido de las particulares condiciones climáticas, que en toda extensión del Valle Calchaquí, tanto en el norte como en el sur, los cultivos se desarrollen desde tiempos inmemoriales en las terrazas fluviales encontradas en las márgenes de los ríos, lo  que equivale a decir que la superficie apta para el cultivo es demasiado escasa constituyendo el resto planicies semideserticas en escaso tapiz vegetal, apto para la ganadería menor especialmente cabras y ovejas, que por sus particulares condiciones naturales pueden trepar las cumbres escarpadas, habiendo  esto determinado un éxodo de la fauna autóctona: la llama, el guanaco y la vicuña, llamados por los primeros españoles “carneros de la tierra”. Esta fauna debió emigrar forzosamente a los altos valles.

 

Comenta la fuente consultada, que aunque la superficie cultivable es escasa, la actividad fundamental del valle es la agricultura y por su alto grado de insolación en épocas anteriores, más específicamente en el Siglo XVIII, la zona baja del valle donde la parte salteña sólo alcanza a 75 km, estaba abocada a los cultivos de cereales  y huertos.

Todo esto se mantiene más o menos uniformemente incluyendo al valle del Yocavil o Santamariano.

         En lo que respecta al Valle de Hualfin que estamos tratando, hay algunas variaciones, ya que el riego de las superficies cultivables se efectúa también gracias a aporte fundamental de las numerosas vertientes existentes en la zona llamada de los Nacimientos. La cuenca hídrica está constituida por el río Las Cuevas, que va cambiando su denominación para llamarse río de los Nacimientos y ulteriormente río de Hualfin. Esta región a partir de los Nacimientos cambia abruptamente su fisonomía virando del gris al verde, por obra del aporte hídrico de las vertientes que dan lugar al desarrollo de su particular microclima, aprovechando para la agricultura, tanto en la época indígena como en la española.

         El agua de vertientes constituye en consecuencia una de las principales riquezas de la zona, especialmente las que se encuentran en el paraje denominado de los Nacimientos de Arriba.

Los españoles al arribar a estas tierras, trajeron aparte de lo ya enunciado anteriormente, los cultivos propios de la península, al punto que Pedro Sotelo de Narváez en el año 1592, dice del Valle Calchaquí: “Es tierra muy abundante de papas, como tunas de la tierra que se siembran, maíz,  frijoles, quinoa, zapallo, trigo, cebada y todas las legumbres, algarroba y chañar y tiene la puna, que es el páramo cerca, donde tienen gran suma de caza de guanacos y vicuñas y otras muchas cazas. Siembra con acequias de regadío todo lo dicho (...) tienen ganados de castilla de los que tomaron a los españoles cuando los mataron y lo hicieron despoblar (...) citado por la Señora De Mata en el trabajo anteriormente enunciado.

Estas citas son reiteradamente expuestas al rey en sus informaciones por parte de los conquistadores como consta de los Tomos I y II de Documentos de Indias, publicados por el padre Larrouy.

Según la fuente consultada y a la que nos referimos anteriormente, por comparación en el calchaquí salteño, la ganadería no tuvo gran desarrollo durante el Siglo XVIII, aunque se aprovecharon los faldeos orientales alejados del río Calchaquí. Más desarrollada estuvo en el siglo siguiente. Las pasturas naturales no eran abundantes y se ayudaba con los algarrobales que se desarrollan hasta Payogasta, como complemento natural de las pasturas. Se criaron vacunos y se invernaron mulares. La documentación consultada por la Sra. Mata nombra como potreros dedicados a este rubro los de La Poma, Cachipampa, Tonco, Tintín, Rumiarco y Amblayo que son zonas menos favorecidas para la agricultura. Respecto a los frutales que plantaban en estas tierras no deben olvidar la vid, los durazneros, ciruelos, higos, naranjos, etc. Hubieron hacia el año 1762 en los departamentos de Piedra Blanca y otra próxima a la ciudad con seis y siete mil cepas de viña, los cuales constituían verdaderos emporios. De acuerdo a las testamenterías originales en mi poder las cifras eran mucho menores, donde habían que tener en cuenta las distancias de los centros más poblados.

En lo que respecta a la ganadería desde el comienzo de la colonia la cría de burros, mulas y yeguarizos se incrementaban permanentemente.

         El estudio y consideración de la evolución económica de la región ayuda a comprender su desenvolvimiento, la idiosincrasia de su pobladores y su inserción dentro del país y de su historia y cada uno de sus rincones constituye un reservorio cálido de rememoraciones pasadas que no terminan de irse.

         Fue el valle, el señorío de Juan Calchaqui, formidable paladín de la primera gran guerra desarrollada en territorio nacional. Fue asimismo teatro de operaciones y bastión inexpugnable del falso inca Bohórquez, quien fuera incorporado a su historia por el cacique Pivanti, jefe principal de las tribus indígenas durante la tercera guerra calchaquí. Entre ambas, la dignidad del hombre americano fue sostenida con porfiada vehemencia por el astuto estratega, el nunca olvidado cacique Chelemín durante la segunda sublevación que tan duramente había tratado a los españoles. Sus restos mortales fueron despedazados por cuatro potros, y esparcidos a los cuatro vientos en aras del valor y de la gloria.

         El resto de los valles con las localidades de La Poma, Payogasta, Cachi y San Carlos, comprendían la gran provincia de Chicoana, cuya Curacazgo siguiendo siempre don Alberto Rex González, estaría en la localidad de La Paya.

La contraparte conquistadora, está asimismo saturada de míticas figuras que dan fe del empuje español y es así como la memoria colectiva y la historia grande recuerda a formidables guerreros: Don Juan Gregorio Bazán de Pedraza, Julián Seldeño, Hernán Mexia de Miraval, Gregorio de Luna y Cárdenas, Miguel de Ardiles, entre muchos otros que con su accionar contribuyeron a conformar la Argentina que estamos hoy viviendo. Es necesario rendir un emocionado homenaje a los admirables protagonistas de tan azarosa epopeya, españoles y americanos que dejaron jirones de su sangre y retazos de su sangre en batallas memorables, libradas en este contexto geográfifo, silente testigo del nunca resignado ocaso mítico de las deidades calchaquíes

 

Aspecto religioso. Parroquias y viceparroquias.

 

Núcleo poblador del valle desde fines del Siglo XVIII

 

 

Luego de presentado el ámbito fisiogeográfico, y el boceto histórico general de territorio, comenzamos a pensar en como se desenvolvía la religiosidad en las dilatadas comarcas que componían el antiguo Tucumán. Luego de la conquista comenzaron a fundarse numerosas ciudades, como las fundadas por Aguirre y Villarroel, Santiago y Tucumán; por Cabrera, Lerma, Velazco y Mendoza: Córdoba, Salta, Jujuy, La Rioja y Catamarca, en cuyas circunscripciones se encontraban centenares de miles de indígenas, a quienes era necesario convertir a la fe de Cristo, para lo cual se hacía necesario la erección de iglesias y capillas, como asimismo hospitales y colegios donde desarrollaban su labor espiritual sacerdotes y misioneros. Dice al respecto Monseñor Toscano que fuera Vicario General de la Diócesis de Salta, en su libro Primitivo Obispado del Tucumán y la Iglesia de Salta: “Los territorios exigían así circunscripciones eclesiásticas determinadas, su división en diócesis menos extensas como se había verificado en México, Perú y otros lugares para facilitar el servicio espiritual y religioso”.

         “Cinco arzobispados se habían creado hasta fines del Siglo XVIII: en 1545 el de Santo Domingo, con cuatro diócesis sufragáneas: San Juan de Puerto Rico, Santiago de Cuba, Venezuela y Jamaica.

         En 1547, el de México con diez obispados; el de Lima en 1547 con ocho sedes episcopales: Cuzco, Arequipa, Guamanga, Truxillo, Quito, Panamá, Santiago de Cartagena y Santa Marta; en 1609 el de Charcas con cuatro sillas: La Paz, Santa Cruz, Paraguay y Tucumán. Algunos de estos obispados se remontan a épocas muy lejanas, como el de Paraguay en 1546 y el de Tucumán erigido veinticuatro años después. En esta primera época todo el territorio del Tucumán formó un solo obispado, sufragáneo del Metropolitano de Lima, como igualmente el de Paraguay, es decir antes de pasar a ser sufragáneos de Charcas. Los obispos acudían desde estos extremos a la metrópoli toda vez que era requerido su concurso y su presencia en el desempeño de sus deberes de prelados sufragáneos (...) teniendo cada diócesis su obispo que debía interesarse de una manera u otra en la vigilancia inmediata de la conversión de la raza indígena”.

Siguiendo siempre a Toscano, mencionamos que la primera Diócesis Argentina en la extensa región del Tucumán, fue adjudicada a la ciudad de San Miguel de Tucumán que tuviera la honrosa distinción de ser declarada y constituida en ciudad por un pontífice de la Iglesia, cuando aún era un germen de ella. Cinco años después de estar fundada, un día de San Miguel, el 29 de setiembre de 1565, el Papa San Pío V en 1570, erige en ciudad “el pueblo llamado Tucumán en la provincia del mismo nombre y en ella instituye la iglesia Catedral”.

No pudo concretarse tan honrosa medida ya que algunos factores de peso conspiraron para que ello no ocurriera, como por ejemplo la mayor cantidad de familias y habitantes.

De Santiago del Estero, además de ser residencia provisoria de las autoridades civiles. Otras de las circunstancias que determinaron al Papa a cambiar su primera resolución fueron las continuas inundaciones a que la sometía el río de  Pueblo Viejo, también denominado De la Quebrada o del Tejar, pues junto a él se instaló una fábrica de tejas; otro factor de principal importancia fue estar junto a las fronteras de las tribus calchaquinas aún no sometidas.

La Bula por la cual se crea el Obispado de Tucumán, llama Bula Super Specula Militantis Eclesiae, dada el 14 de mayo de 1570 dice textualmente en su trabajo preparado por Luis Alén Lascano  publicado en la revista número 37 de Todo es Historia: “Nos decía el Papa en este documento, escuchando la súplica de nuestro carísimo hijo en Cristo Felipe II, rey católico de las Españas erigimos e insitiuimos el predicho pueblo del Tucumán, en ciudad, y en ella una iglesia Catedral bajo la advocación de San Pedro y San Pablo”. A pesar de ser esta la primera diócesis, debemos reconocer que antes de la misma existió en nuestro territorio el obispado del Río de la Plata, como consecuencia lógica del  mayor peso político de las corrientes colonizadoras que venían del otro lado del mar. Al desaparecer la primera Buenos Aires  este obispado pasó a denominarse obispado del Paraguay, ya que su sede se trasladó a la ciudad de Asunción hasta que en 1620 por acción del Paulo V se creara el obispado de Buenos Aires.

Pero quién era este Papa a quien la Iglesia argentina debe reconocer junto a Felipe II su paternidad?

Antes de tomar el nombre de Pio V, Michele Ghisleri, fue obispo de Netri y Sutri  , además gran inquisidor y cardenal. Fue elevado a trono pontificio en el año 1566. Su familia pertenecía a la nobleza de Bolonia y fue predilecto de sus antecesores los Papas Paulo  y Pio IV. Fue un protector de las artes y las ciencias, además el inspirador de la alianza entre Venecia y España enfrentadas por mutuos agravios. Esto permitió que pudieran enfrentar con éxito el peligro por la presencia de los turcos en el Mediterráneo. Es así como la batalla de Lepanto fue ganada por las fuerzas de la cristiandad. Brillaron en la contienda las figuras de don Juan de Austria y del célebre Miguel Cervantes y Saavedra.

La ciudad de Santiago del Estero, lugar donde se establece la Iglesia Catedral como bien decíamos anteriormente dada su preeminencia civil, fue instalado definitivamente por Francisco de Aguirre el 25 de julio de 1553 cuando traslada la antigua ciudad del Barco que fundara Nuñez del Prado a orillas del río Dulce. Es en esta ciudad donde se introducen las primeras órdenes de regulares en el actual territorio argentino mercenarios, franciscanos y dominicos.

Junto al título de “Madre de Ciudades” dado que desde allí se fundaron las otras ciudades podría anexarse al decir de Alén Lescano el de “Madre de la Iglesia”.

Fue debido a la tremenda extensión de la diócesis antes de la creación del obispado tucumano el hecho de depender en lo religioso del obispado de Chile a pesar de ser sufragáneo del arzobispado de Lima. El mismo obispo de Chile aconseja desmembrar tan dilatado territorio diocesano en el año 1564 y crear        uno nuevo en tierra de Juríes. Esto contribuye a dar una mayor significación a la Bula de 1570.

Antes del Obispo Victoria la región del Tucumán tuvo otros candidatos que no llegaron a ejercitar sus funciones entre los cuales nombraremos primero a Fray Francisco de Beaumont, que fuera el primer candidato del Papa Pio V.

Citando la misma fuente días antes de la Bula Super Specula, el pontífice comunicaba al arzobispado de la ciudad de Los Reyes: “Supuesto que la Iglesia del Tucumán, situada en el Perú de las Indias e Islas del Mar Océano que nos hemos instituido y erigido por consejo de nuestros hermanos y según causas entonces alegadas  en Catedral Sufragánea del Arzobispado de la ciudad de Los Reyes, estuviera vacante desde la primera creación y nos hemos provisto en la persona de nuestro querido hijo, el electo Francisco por igual consejo y en virtud de la misma autoridad al mismo episcopado” (Andrés Millé: Itinerario de la Orden Dominicana-Bs. As.-Emecé Editores-1964, pág. 180.

Este prelado desempeñaba el cargo de guardián del convento de su orden y murió antes de hacerse cargo en Jerez de la Frontera el emplazamiento de esta nueva Diócesis se conoció al año siguiente de su promulgación y fue celebrado con grandes fastos por el entonces gobernador, el célebre don Nicolás Carrizo de muy importante actuación en las épocas difíciles de la conquista.

Santiago del Estero recibe seis años más tarde otro honor, haciendo de la ciudad un centro cada vez más importante: recibe de parte de Felipe II un escudo de armas y la denominación de “muy noble” en mérito a los importantes servicios durante la conquista.

La nueva diócesis en definitiva estaba integrada por Tarija, Salta, Jujuy, Tucumán, Santiago, Catamarca y configuraban una extensión de aproximadamente 70000 km cuadrados y una población estimada de 86000 indios, más o menos los empadronados durante su fundación.

Sucede a Beaumnot Fray Jerónimo de Albornoz que fallece al llegar a Lima el 27 de octubre de 1574, aunque tuvo tiempo de nombrar vicario, quien se hace cargo de la diócesis durante varios años. El mencionado Vicario fue Fray Pascual de Rivadeneira.

En virtud de las normas establecidas por el patronato ejercido por Felipe II, se propusieron las candidaturas del franciscano Fray Jerónimo de Villacarrillo para el Obispado de Tucumán y la de Fray Juan del Campo para la de Paraguay.

La búsqueda incesante por parte del rey a fin de nombrar en el cargo a los sacerdotes más idóneos, chocaba a veces con la distancia, los trámites burocráticos y también muchas veces con la pobreza de los elegidos. Los últimos declinaron la candidatura.

La historia discurre de esta manera hasta que aparece en escena la recia figura del Fray Francisco de Victoria, un antiguo comerciante probablemente de origen portugués que fuera propuesto por el Consejo de Indias el 13 de setiembre de 1577 junto a Fray Alonso Guerra para el Río de la Plata.

El obispo tarda once años en hacerse cargo efectivamente de su diócesis, trabajando en su ínterin en la búsqueda de sacerdotes para su dilatada jurisdicción. .

Al hacer su entrada en la ciudad de Santiago del Estero es recibido con gran alborozo por la feligresía que se contraponía evidentemente  con el desagrado del gobernador Hernando de Lerma, quien veía al obispo como un contralor a todos los desmanes y excesos a los que estaba acostumbrado. Los enfrentamientos revestían tal magnitud, que numerosas oportunidades Lerma lo obliga a dejar la ciudad. Cuando llega a ella es recibido en casa de don Melchor de Villagómez y de su mujer doña Ana de Córdoba.

         En el transcurso del tiempo la primera Matriz del obispado del Tucumán tuvo que ser reconstruida en varias oportunidades debido a las inundaciones reiteradas del caudaloso río Dulce. Alguna vez el empuje de sus aguas llegó hasta el mismo interior de la fábrica. Una de las reconstrucciones se efectuó bajo la administración del obispo Trejo y Sanabria, inaugurándose solemnemente en 1612, con gran lujo de ornatos, cuyos costos de fabricación ascendía a 3.000 pesos, constituyendo de acuerdo con Orestes Di Lullo una verdadera obra de arte. Esta fue la época en que Santiago del Estero  constituía la capital civil y religiosa viviendo en ella más de cien vecinos principales y 6729 indios de doctrina. Otras reconstrucciones se efectuaron debido alas mismas inclemencias del tiempo en los años 1615, 1617, 1663 y 1670 que a la postre marcan el principio de su decadencia política y religiosa.

         Al obispo Trejo y Sanabria sucede en el año 1618, Julián de Cortázar nombrado por Paulo V, ejerciendo su obispado hasta el año 1625 en que es promovido al  sillón arzobispal de Nueva Granada.

         En lo que resta del siglo continúan los siguientes prelados: Fray Tomás de Torres (1626-1630); Fray Melchor Maldonado de Saavedra cuyo tiempo se remonta al culto de la Virgen del Valle en Catamarca (1632-1661); Fray Francisco de Borja, bogotano (1665-1679); Fray Nicolás Hurtado de Mendoza también agustino igual que Maldonado (1679-1686); Dr. Julián Bravo Dávila y Cartagena en cuya época se funda el Colegio de Monserrat (1689-1691) y Fray Manuel de Mercadillo (1688-1704), el último que tuviera su sede en la ciudad de Santiago del Estero y bajo cuya administración se trasladara a la ciudad de Córdoba. Esto naturalmente desató una dura polémica con la consecuente connotación geopolítica y de intereses materiales estimulados según Alén Lascano por el propio obispo Mercadillo.

         El traslado tuvo lugar el 24 de junio de 1699 con la consecuente oposición del cabildo y del vecindario. El colmo de las desventuras aún no estaba completo pues a este sangriento desmembramiento se suma lo que sería el golpe final al otrora esplendor santiaguino: el traslado del seminario y el de las autoridades civiles y militares que fijaron su nuevo asiento en la ciudad de Salta. Córdoba en cambio vivía su momento de esplendor, dado que en su territorio se encontraban el obispado y la universidad; hasta el nombre de la diócesis había cambiado, pues pasó a llamarse Córdoba del Tucumán hasta el año 1806, pues en el año 1807 se crea el obispado de Sala del Tucumán con jurisdicción  sobre Santiago del Estero e independiente de la jurisdicción cordobesa.

         De acuerdo a Leslie Bethell respecto a la iglesia y la independencia de América Latina, el nombramiento de los obispos era efectuado por la corona en virtud del derecho de patronato que tenia su origen en las concesiones pontificias, efectuadas a los Habsburgos en el Siglo XVI, reforzados en el Siglo XVIII por el regalismo borbónico. La corona se aseguraba de esta manera la fidelidad de los obispos que les quedaban subordinados, pues la inmensa mayoría de ellos procedían de la península, y se identificaban con sus intereses. Los obispos de cuya lealtad a la corona se sospechaba eran devueltos a España o definitivamente apartados de sus diócesis, como ocurriera en Caracas y en el Cuzco.

Volviendo nuevamente a la primera catedral santiagueña, diremos que el Fray Francisco de Victoria, con anuencia apostólica autoriza su erección desde su convento de Sevilla el 18 de octubre de 1578. Fue el obispo Victoria un antiguo comerciante probablemente de origen portugués que fuera propuesto por el Consejo de Indias el 13 de setiembre de 1577 junto a Fray Alonso Guerra para el Río de la Plata. Tarda once años en hacerse cargo en forma efectiva de su diócesis, pero en su ínterin trabaja activamente buscando sacerdotes para llevar a su dilatada jurisdicción. Al hacer su entrada a la ciudad de Santiago del Estero, es recibido con gran alborozo por la feligresía que se contraponía muy evidentemente con el desagrado puesto de manifiesto por el gobernador don Hernando de Lerma quien veía al obispo como el contralor de todos sus desmanes y excesos. Los enfrentamientos adquirieron tal magnitud que en numerosas oportunidades Lerma le obliga a abandonar la ciudad. Al llegar a la ciudad  se aloja en casa de don Melchor de Villagómez y de su  mujer doña Ana de Córdoba.

Acerca de la personalidad de Don Hernando de Lerma diremos junto a numerosos historiadores que era en extremo atrabiliaria y despótica: Largo sería enumerar los desmanes y abusos de poder del mencinado gobernador, como así también las vicisitudes que rodearon su nombramiento, sólo diremos que son muy conocidas las desavenencias con el obispo Victoria y sus delegados el presbítero Hernando de Morillo y el Deán Francisco de Salcedo

La Catedral santiagueña, con su pomposo título, era en realidad la matriz de sus pares, a pesar de constituir en sí una modesta capilla de adobes con corredores a ambos costados y piso de tierra apisonada.

La administración de la diócesis estaba ejercida aparte del obispo por el Deán Francisco de Salcedo, el Provisor Francisco Vázquez, también dominico y los presbíteros Diego Pedrero de Trejo, Francisco de Rojas y Juan de Quirós. Es durante su administración que llega al país la orden de la Compañía de Jesús para extenderse muy pronto a todo el ámbito de nuestro territorio.

En el año 1590 vuelve a España donde muere esperando dar cuenta al soberano sobre su actuación en el Tucumán. Luego de su muerte le sucede otro gran prelado de origen americano, Fray Hernando de Trejo y Sanabria, bajo cuyo gobierno se desarrolla el primer sínodo americano que fuera precursor de toda la vida religiosa e intelectual del Siglo XVIII, habiéndose creado también bajo su gobierno por una cédula de Felipe III, un colegio de ciencias morales o seminario de ciencias morales. El 17 de diciembre de 1611 inaugura junto al Provincial de la Compañía de Jesús el Seminario de Santa Catalina, precursor a su vez de la Universidad de Córdoba.

La religión y la religiosidad tuvieron gran importancia en la ciudad indiana y asimismo en las zonas rurales sometidas a su influencia y es posible detectar en todo el tiempo de la conquista y la colonización su lado visible y su zona oscura. Expresada por la imposición del cristianismo es decir por la fuerza y por otro lado la utilización de una técnica de gran sensibilidad en la captación de la feligresía indígena. Este sincretismo enriquece la tradición cristiana mostrando dos aspectos fundamentales a saber: la apertura de la iglesia para asimilar nuevas costumbres y ritos y por otra parte la capacidad del indígena para mantener la pervivencia de su cultura. La iglesia de Hualfin motivo de este trabajo es un vivo ejemplo de lo que estamos diciendo al punto que su altar está decorado con profusión de elementos paganos mezclados con los puramente católicos.

El cristianismo impregnó en el alma del pueblo español una enorme devoción hacia la Virgen María, al punto que todas las empresas se efectuaban bajo la advocación de la misma. Colón mismo al principio de su expedición pone la misma bajo el manto protector de la Virgen, bautizando su nave capitana con el nombre de Santa María. Desde allí la tradición mariana se extiende permanentemente como reguero de pólvora en todos los confines de las tierras descubiertas. Su nombre se encuentra en todas las fundaciones realizadas tanto  por España como por Portugal, bajo las distintas advocaciones, Candelaria, Asunción, Loreto, Concepción, del Rosario, de la Merced., etc. La devoción hacia ella muchas veces trascendía  y aún lo hace, los límites mismos de las propias ciudades, siendo un foco de atracción para multitud de peregrinos que acuden desde los cuatro puntos  cardinales a expresar su fe, como es el caso de la Virgen del Milagro de Salta, del Valle en Catamarca, de la Merced en Tucumán y más recientemente de San Nicolás en la ciudad del mismo nombre.

 

El primer sacerdote criollo

 

A esta altura de los acontecimientos es justo detenernos unos instantes en la recordación del primer sacerdote criollo conocido hasta hoy, para lo cual nos remitiremos a los documentos del Archivo de Indias para la historia del Tucumán, Tomo I, que abarca desde los años 1591 hasta 1700.

         En la probanza de méritos del presbítero Diego Juárez, Visitador del Obispado del Tucumán, fechado en Santiago del Estero el 21 de diciembre de 1592 (Est. 75-Caja6-Leg. 3) se hace constar que el mencionado clérigo es hijo y nieto de la misma, que sabe muy bien la lengua de los naturales por la prédica que ha realizado entre ellos y que debido a los muchos gastos que sus padres han realizado para la pacificación  y conquista del territorio no pueden atender los gastos que una persona de su calidad debiera tener, para lo cual solicita al rey, lo provea en el Decanato de la Iglesia de Tucumán o en cualquiera de las otras dignidades que se encontraran vacantes al momento de la presentación de la probanza.

Con esto el presbítero Diego Juárez entiende que se remunerarán los servicios prestados por sus antecesores, y que entiende se encuentran en las “partes y calidades que para estas dignidades son menester”.

         Diego Juárez manifiesta ante el señor gobernador Juan Ramírez de Velazco, que es hijo legítimo del capitán Juan Rodríguez Xuárez y de doña Catalina Garzón, vecinos de la ciudad de Santiago del Estero, y presenta como testigos al interrogatorio de rigor a Fray Alonso de la Torre, Fray Pedro Nuñez al Comisario del Santo Oficio de la Inquisición del Tucumán, padre  Francisco  de Angulo, Andrés de Herrera, vecino encomendero, al capital Pedro Sotelo de Narváez, al capitán Juan Pérez  Moreno y al Capital Juan Cano.

         El interrogatorio constaba de siete preguntas hechas ante el alcalde y el escribano del Cabildo por las cuales se recababa información acerca de  su filiación de padres y abuelos: si se lo conocía como hombre de bien y como sacerdote:; se si sabía que se había ordenado en el Perú; si se sabía que había sido  criado en estas tierras, y por lo tanto si se tenía conocimiento que sabía hablar la lengua de los naturales; si había arribado desde el Perú con el nombramiento de Visitador de la Provincia; si era tenido por persona  honrada y virtuosa  y por último si los testigos se ratificaban  de cuánto habían dicho, firmando en prueba de verdad.

         Hay un documento fechado en Salta el 28 de julio de 1529 por el tesorero de la Catedral de Santiago del Estero, administrador, gobernador y vicario general del Obispado del Tucumán, siendo ala sazón su obispo el Reverendísimo Fray Francisco de Victoria, en el cual se le concede al presbítero  Diego Juárez la comisión de visitador general del obispado y en una de cuyas partes dice: “y confiado de vos padre in xrispto Diego Xuárez, clérigo, presbítero que sois persona hábil de letras y suficiencia y que lo haréis bien lo que os encargare con mucha prudencia y cordura”.

Es así como en un documento de fecha 5 de enero de 1593, el gobernador don Juan Ramírez de Velazco certifica todo lo actuado en la probanza, rubricado en testimonio de verdad por el escribano público Luis de Hoyos. Todo esto fue refrendado por los escribanosdel rey y mayor de la Gobernación en testimonio de verdad.

Abajo pueden distinguirse las firmas de Alonso de Tula Cervin, escribano mayor de la gobernación, Pedro Sotelo de Narváez, escribano real y Jerónimo Vallejo, escribano  público y de cabildo.

Habíamos dicho que el primitivo obispado del Tucumán fue sufragáneo del arzobispado de Lima: en 1609 pasó a depender de Charcas hasta que se erigió el arzobispado de Buenos Aires luego de dos siglos y medio y todas las diócesis del primitvo Tucumán, quedaron incorporadas en consecuencia a la  diócesis recientemente creada.

Hablamos de obispados sufragáneos y de obispos sufragáneos, pues constituían una jerarquía dentro del esquema eclesiástico.

De acuerdo a la definición etimológica de la palabra obispo, diremos de acuerdo con el diccionario Espasa Calpe que la palabra proviene del latín episcopus, o bien del griego episkopus, donde "epi" significa sobre y "skopein" inspeccionar. Ampliando la información y de acuerdo a la misma fuente diremos que se trata de un prelado superior de la diócesis consagrado legítimamente, a cuyo cargo está el pasto espiritual y la dirección y el gobierno eclesiástico de los fieles de aquel distrito. Dicho de otra manera puede decirse que el obispo de acuerdo a otros autores sería una especie de “superintendente”. En las iglesias cristianas de los primeros tiempos, esta dignidad era considerada como de sacerdote principal y gobernador de una o varias iglesias, de una determinada zona geográfica. En los credos ortodoxos y anglicanos desempeñan la misma función que en la iglesia de Roma, es decir que por medio de la consagración sacramental adquiere poderes ministeriales especiales, como asimismo diferentes prerrogativas referentes ala administración de una determinada circunscripción y las iglesias que los aceptan, no consideran a los obispos con poderes sacerdotales especiales sino como un miembro de la iglesia elegido con poderes de supervisión.

Los términos presbítero y obispo encierran hoy significaciones diferentes, pero en los albores del cristianismo se utilizaban en forma indistinta, utilizándose el último en la actualidad para significar una superintendencia tanto para laicos como para sacerdotes. La ordenación episcopal fue instituía en la época apostólica y la sucesión adoptada por las tres iglesias: católica, ortodoxa y anglicana se inspira en la sucesión de los apóstoles que transmitieron su autoridad apostólica y su rango principal a quienes les sucedieron. Las órdenes sagradas fueron consideradas como un sacramento por los cuales los prelados adquirían ciertos poderes un tanto diferentes o especiales al os desempeñados por los sacerdotes comunes: también desde la época apostólica la sucesión es ininterrumpida. La consagración episcopal desde épocas muy antiguas era efectuada por tres obispos, siendo condición indispensable que uno fuera metropolitano. En los ritos de estas tres iglesias nombradas anteriormente es el obispo, el único autorizado para otorgar el sacramento de la confirmación, pero difieren en cuanto a su nombramiento.

En nuestra iglesia cristiana es el Papa quien los elige; en la ortodoxa oriental el nombramiento está a cargo del gobernante de cada rito o sínodo santo, mientras que los anglicanos son elegidos con licencia real y por el cabildo de cada iglesia catedral.

Sólo mencionaremos dentro de las categorías obispales la de obispo metropolitano o de primera silla y la de obispo sufragáneo, que es el obispo de una diócesis que junto con tras compone la provincia del metropolitano. Dice al respecto de las obligaciones de los obispos la misma fuente mencionada: “Como inspector ejerce la vigilancia por si o por medio de los arciprestes, sobre los párrocos, beneficiados, clérigos, religiosos no exentos y laicos para que cumplan sus deberes en el orden religioso y eclesiástico".

Visita de la diócesis: según Bouix consiste en el acto de inquirir los excesos o defectos, castigarlos y precaverlos por los remedios oportunos cuidando con toda diligencia mantener la disciplina en toda su integridad. Es de necesidad:

1º- pues supuesta la residencia del obispo en la capital de la diócesis no podría enterarse por sí sin ella de los negocios eclesiásticos en todo el territorio;

2º- porque las iglesias y en especial las rurales se confían a párrocos de diversa ciencia, edad y condiciones, pudiendo temerse que alguno por ignorancia o falta de celo deje de cumplir los graves deberes de  su estado y cargo

3º. Porque hay ciertos asuntos que requieren la personal inspección del obispo.

La finalidad de esta visita es tan amplia que comprende la conservación de la fe, la observancia de la moral y el cuidado de la disciplina”.

Como vemos estas visitas eran de capital importancia para el mantenimiento de la fe religiosa en las dilatadas regiones que comprendían las circunscripciones eclesiásticas. Cuando el obispo se encontraba impedido por alguna justificada razón, se admitía su realización por intermedio del vicario capitular. La vista aparte de obligatoria debía hacerse según expresaba el Código, paternalmente y con la debida diligencia sin entretenerse en cosas inútiles.

Por su visita los obispos recibían sus respectivos derechos, conocidos con el nombre de procuraciones.

Tenían los obispos desde aquellos años diferentes potestades que por lo extenso de su tratamiento solamente procederemos a enumerarías: jurisdiccionales, legislativas y judiciales, es decir en referencia a esta última que los obispos desempeñan el papel de jueces de primera instancia dentro de los asuntos no reservados o exentos de la jurisdicción ordinaria, teniendo en consecuencia organizado su propio tribunal.

Dentro de las facultades administrativas como gobernador: “autoriza a su prudente arbitrio el establecimiento de casas de religiosos; provee las parroquias y demás beneficios eclesiásticos otorgando la institución canónica; erige, une, desmembra y suprime parroquias, iglesias, cementerios, cofradías y admite traslados, permutas y renuncias de beneficiados: recibe el juramento y profesión de fe a los canónicos, párrocos y profesores del seminario (...)

Es a través de los obispados de la ciudad indiana que se reglamenta todo lo concerniente al culto y administración  de las zonas rurales tan necesitadas de  religión y de religiosidad. Respecto de las visitas pastorales, publica el padre Larrouy en su Tomo Segundo de Documentos del Archivo de Indias para la historia del Tucumán, una carta fechada en 1729 por el Obispo don Juan de Sarricolea dando cuenta del estado en que se encuentra su diócesis; dice en  la página 50;  “Los mozos y los niños, hombres  y mujeres todos por igual padecen una casi total ignorancia de la doctrina cristiana.  A todos los he examinado uno por uno, desde el primero hasta el último de toda la provincia y ni en idioma castellano ni en el suyo natural de que tengo bastante uso y ha convenido tenerlo para el mejor expediente del oficio episcopal, he hallado ninguno que sepa enteramente la doctrina como está obligado a saberla todo fiel cristiano. Muchos y viejos no saben hacer la señal de la cruz ni persignarse; los más no pasan de las primeras cuatro oraciones; raros saben los preceptos de Dios y de la iglesia y sacramentos de ella”.

Refiere en la mencionada carta las enormes distancias a recorrer por los sacerdotes con la finalidad de juntar a los indios que vivían separados en los montes y esto sólo podía materializarse en los templos a fuerza de cabalgar con grandes sacrificios de su parte. Los curatos de indios de la provincia del Tucumán tenían “exceso de jurisdicción y territorio, siendo los más recogidos de cuarenta o ciencuenta leguas, pasando muchos de ciento y llegando algunos a 200 y con intermedios no cortos de tierras desérticas, estériles de pastos y aguadas aún para las bestias sin que este inconveniente pueda remediarse por medio de la división de los beneficios a los que se ha acudido en otras visitas eclesiásticas”.

Anterior a la descripción de esta visita pastoral, el estado en que se encontraban los curatos de la diócesis del Tucumán no eran mejores como lo testimonia en el año 1683 el Vicario don Eugenio Verdugo Garnica en un informe de su jurisdicción según relata el padre Larrouy en el Tomo Primero de su libro Documentos del Archivo de indias para la Historia del Tucumán-pág. 354-

Encontramos en este informe los mismos problemas que viéramos anteriormente: la falta de capillas o iglesias dignas y carentes de todo lo necesario para el culto. El algún caso, aún cuando existiera la iglesia, no podía tomarse en cuenta debido a su estado ruinoso, carente de todo lo necesario para el culto. En algún caso, aún cuando existiera la iglesia, no podía tomarse en cuenta debido a su estado ruinoso, carente de puertas y sin ornatos.

Las encomiendas de indios carecían de las más imprescindibles comodidades para alojar a los curas en sus visitas periódicas, lo cual hacía difícil y a veces impensable la presencia religiosa. Por otra parte los sacerdotes referían las continuas discordias suscitadas con los pobleros, cuya misión era la de representar a los encomenderos en sus repartimientos. Su figura fue sumamente temida por los indígenas, pues como compartía sus ganancias con los encomenderos para nada reparaban en su descanso, salud, y muchos menos por el cuidado de sus almas; sólo les interesaba el trabajo del indio y su productividad.

El Vicario Verdugo Garnica de la  doctrina de Marapa en la actual provincia de Tucumán, relata sus visitas a otras doctrinas distintas de las suyas en su calidad de vicario; en todas ellas el común denominador era la falta de iglesias o capillas y el estado deplorable de la religión; otro de los comentarios nos dice que los indios hablaban el idioma general o sea el quichua, que  eran hábiles carpinteros casi por naturaleza, y el hecho curioso ocurrido en la hacienda de Gastona, propiedad de don Pedro Bazán donde los indios encomendados se negaban hablar la lengua general, haciéndolo únicamente en español: “ni andar descalzos, ni con monteras, sino con medias y zapatos, sombreros y capas como los españoles”. Algunos pueblos hablaban la lengua calchaquí o bien ambas.

Los encomenderos eran reacios a pagar los respectivos estipendios, lo cual motivaba la queja continua de los sacerdotes por el insuficiente soporte económico para ejercitar su ministerio: esto lleva al mencionado vicario a proponer al obispo cinco puntos que a su juicio serían de gran ayuda para el mejoramiento de la diócesis.

1º. Que mande a los vecinos fabricar iglesias y casa para el cura de sus pueblos.

2º. Que  los curas tengan su examen al menos de confesor pues había detectado algunos inconvenientes  por no llevarse a cabo esta práctica.

3º. Que sean los curas quienes nombren a los fiscales indios, ya que los encomenderos se arrogaban ese derecho, poniendo en ese cargo a indios impedidos físicamente.

4º. Solicitar a los padres de la Compañía de Jesús ayuda anual y continuada en el santo ejercicio de las misiones.

5º. Que no haya pobleros en los pueblos “porque son total ruina de ellos” Son estos pobleros enemigos acérrimos de los curas.

Hay una información fechada en Santiago del Estero el 22 de mayo de 1622 en la que declara el Licenciado Bartolomé de los Reyes, cura de la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, y que lo acaba de ser en interés de la doctrina y beneficio de Londres, ante el señor maestro don Bartolomé Dávalos, Arcediano de la Iglesia Catedral, Provisor y Vicario General del Obispado del Tucumán en sede vacante, en la que declara bajo juramento la forma en que tiene a su doctrina. El Provisor era una juez eclesiástico en el cual el obispo delega su autoridad y el Arcediano un juez ordinario que ejercía jurisdicción delegada de la episcopal en determinado territorio.

Decía el maestro Dávalos según referencia de Larrouy tener una jurisdicción de ciento cincuenta leguas con ocho pueblos entre los cuales estaba POMAN con unos veinte indios tributarios y una iglesia muy vieja sin ornamentos y techos  terrados; SIJAN que sólo cuenta con el curaca ya que sus indios asisten  en Chumbicha y que serán ocho o diez; no tiene iglesia, sólo unas paredes viejas y encaramada por techo sin puertas siquiera. PISAPANACO, feudo de don Manuel de Villafañe con una iglesia en las mismas condiciones: SABUIL que se compone de un indio y sin iglesia. COLPES, feudo de Esteban de Nieva que se compone de dos indios y sin iglesia. EL FUERTE DE ANDALGALA que se compone de tres feudos que son de Domingo de Pedraza, Gregorio de Villagra y de don Joseph de Cabrera, con una totalidad de veinte indios con una iglesia vieja, techo terrado y “puertas de pellejo”. NUESTRA SEÑORA DE BELEN: desde el fuerte hasta Belén según hay  refiere el esforzado sacerdote, una distancia de  treinta leguas “por arenales y sin camino abierto”, con una iglesia vieja con techo de terrado y en el altar mayor, ornato de frontal razonable con su cielo y dosel que no se acuerda que es una imagen de Nuestra Señora” y todo ornato  necesario para celebrar el santo oficio de la misa. TINOGASTA, que manifiesta no haber podido concurrir por distar veinte leguas y haber estado diez meses en este beneficio. EL PANTANO, que dista veinte leguas desde Belén “de travesía sin agua” con tres indios y sin iglesia. EL PARAJE DE MALFIN, donde también acude el cura, no hay iglesia, y hay catorce leguas de distancia desde Belén, manifestó no haber recibido nada de estipendios, sólo cazón y ongarina de pañete por limosna de unas misas con más ocho pesos que el día de la Resurrección le dieron algunos españoles e indios de limosna (Larrouy). Esta información se hace ante el maestro Juan Esteban de Iriarte, notario general del Obispado y las firmas del maestro Bartolomé Dávalos y Bartolomé de los Reyes.

Tal era la situación de estos parajes en lo que respecta al pasto espiritual y muy especialmente nombramos a Malfin, Hualfin o Gualfin como indistintamente figuraba en la documentación pública y privada por pertenecer al extremo meridional del Valle Calchaquí. Vemos en este documento sus escasas posibilidades de asistencia religiosa.

En este tiempo se dilucidaba la propiedad del valle entre dos grandes familias prestadoras de grandes servicios a la corona. El problema estaba planteado en la imprecisión de los límites establecidos para el otorgamiento de las mercedes reales, donde ambos se superponían.

Dentro de la organización de las diócesis indianas, recordaremos que las mismas tenían un vicario foráneo, que era simultáneamente juez eclesiástico de acuerdo a la legislación vigente en aquella época y simultáneamente otros títulos ejercidos dentro de los límites del vicariato.

Además de estos títulos agregaba el de cura rector de la iglesia matriz. Era en consecuencia el más estrecho colaborador del obispo en las obras espirituales ya que estaba encargado de la vigilancia y de los intereses religiosos en toda la circunscripción que le correspondía. Las misiones eran atendidas por los padres doctrineros, de manera que su acción quedaba reducida a los límites de la ciudad, a la atención de su servicio religioso y a la vigilancia de las parroquias rurales.

Siguiendo con la ciudad indiana, en el orden civil y en su primera época, las autoridades residentes en la península eran el Rey de todas las Españas, como se acostumbraba denominar el imperio y su Consejo de Indias, asesorándolo en todas las cuestiones concernientes a los nuevos territorios. En América y más específicamente en nuestro territorio civil estaban constituidas por el virrey; el consulado, el gobernador, el teniente de gobernador que gobernaba en su nombre en los territorios más apartados, el capital general, la audiencia y el cabildo.

En lo que al rey respecta, era el soberano absoluto y de él dependían todos los funcionarios; era el dueño de las tierras descubiertas y además por lo dicho antecedemente con la anuencia papal patrono de las iglesias; era en definitiva la autoridad suprema.

La segunda autoridad en jerarquía e importancia era el Consejo de Indias con sede en Madrid y permaneció hasta el año 1812. Entre las funciones más destacables eran las de proponer los nombramientos, traslados, ascensos y la renovación de los altos funcionarios y magistrados; asimismo era el organismo encargado de preparar los proyectos de ley y los decretos para someterlos a la sanción real. En otro orden de cosas se ocupaba también de revisar fallos y apelaciones como también intervenía en los juicios de residencia efectuados a los funcionarios salientes. Estaba formado  por hombres que había ocupado funciones relevantes en la colonia. 

El virrey representaba en América al rey en casi todas sus atribuciones, exceptuando las de intervenir en las causas judiciales como también en la de otorgar privilegios de hidalguía ni títulos de nobleza, siendo sometido a finales de su      mandato a los famosos “juicios de residencia” y su mandato duraba de tres a seis años.

El gobernador era un funcionario a sueldo designado por el soberano para gobernar una amplia extensión territorial denominada gobernación y además agregaba las funciones de Capitán General y Justicia Mayor, es decir con competencia en asuntos militares y civiles. El teniente de gobernador desempeñaba las funciones de gobernador delegado en aquellas jurisdicciones alejadas de la capital de la gobernación y donde por razones de lejanía la autoridad y la justicia pudieran resultar lentas  e ineficientes.

El capital general tenía los mismos derechos y las mismas restricciones de los virreyes y las regiones confiadas a su gobierno era más reducidas y generalmente desprendidas de los virreinatos por razones administrativas o estratégicas.

La audiencia entendía en las cuestiones judiciales importantes ya sean civiles o criminales y por lo tanto constituía la jerarquía judicial de mayor envergadura en las colonias y sus facultades revestían carácter definitivo a excepción e los asuntos civiles donde los intereses en juego sobrepasaran los seis mil pesos fuertes, en cuyo  caso era también  posible recurrir al Consejo de Indias. Intervenía con su consejo ante virreyes  y gobernadores, pudiendo eventualmente revisar sus decisiones a pedido de la parte interesada El noroeste dependió primero de la audiencia de Charcas, pasando luego a la de Buenos Aires, para por último al suprimirse ésta en 1671, volvió a la de Charcas llamada también La Plata. Estaba constituido por un presidente, cuatro oidores, dos fiscales, uno en lo civil y otro en el fuero criminal, un canciller o secretario en lo civil y otro en el fuero criminal un canciller o secretario,  un escribano, un alguacil y otros funcionarios de menor jerarquía.

El consulado era una institución creada por la Casa de Contratación para entender en las cuestiones de carácter mercantil y estaba constituida por un presidente, dos vocales, un síndico, un secretario y un contador, y tenían también el carácter de tribunal de comercio. Entre las funciones inherentes a su constitución se encontraba la de realizar obras de utilidad pública y la de acordar premios de estímulo a la industria y el comercio. La región considerada  dependió del consulado de Buenos Aires, organismo que subsistió hasta el año 1862 en que se creó el código de comercio.

Otra de las instituciones creadas por el régimen español en América, fue el Ayuntamiento es decir el famoso Cabildo, corazón de la ciudad desde donde emanaba el poder y el funcionamiento cotidiano de la ciudad. Estaba formado por los vecinos de las ciudades o de las villas de cierta importancia y estaba encargado de controlar los distintos aspectos de la vida ciudadana, como ser la justicia, vigilancia, limpieza, defensa y el control de comercio. Los cargos eran electivos y se realizaban en sesión secreta por las autoridades salientes. Duraban en el cargo un año salvo aquellos que compraban el cargo como en un principio era el de regidor perpetuo, debiendo dejar pasar un período antes de volver a postularse nuevamente. Al fundarse las ciudades, naturalmente no existía el sistema elecconario, sino sólo la voluntad del fundador.

La constitución de los cabildos estaba dada por: los alcaldes de primer y segundo voto que al ser las autoridades mayores presidían los festivales y los actos públicos.

El historiador Jorge Lima González Bonorino citando a Solórzano Pereyra dice: “En las Indias no está dispuesto que estos oficios se repartan por mitad entre nobles y plebeyos (como se acostumbraba en España), ni conviene que se realice. Y así, aunque es conveniente que para estos oficios se escojan hombres nobles y si pudiera letrados, como lo dispone la cédula  de 1536, bien se permite que se nombre a los que no son tan nobles, ni tan letrados, ni entendidos, está prevenido que sepan leer y escribir”.

Los regidores variaban en número, dependiendo de la importancia de las ciudades pudiendo oscilar entre dos y veinticuatro y eran los encargados de  regir como su nombre lo indica la ciudad; administraban  la policía los abastos y reconocían en sus cargos a los funcionarios públicos. Dentro de los regidores  pero con el doble del salario de los mismos,  figuraba el Alférez Real, encargado de guardar el estandarte real y exhibirlo en los actos públicos y solemnes. Era un cargo de honor y tenían voz y voto en el cabildo. Los regidores suplantaban a los alcaldes en caso de necesidad, podían portar armas dentro del cabildo y hacerse acompañar por hasta cuatro criados armados. Se trataba en realidad de un cargo de gran jerarquía social, pues lo desempeñaban los hombres más destacados del municipio.

El alguacil mayor era la tercera jerarquía dentro de los funcionarios de cabildo y era el custodio de las buenas costumbres. Se sentaba al lado del alcalde en una silla más baja en las sesiones del cabildo y dentro de sus funciones se encontraba la de prender a los buscados por la policía y a los infractores de las leyes en general. Con una vara que lo caracterizaba y su espada, era una figura inconfundible y temida dentro de la ciudad.

El fiel ejecutor era un cargo en que generalmente se nombraba a personas de probada honradez, ya que podía prestarse a fraudes en perjuicio de la hacienda pública. Reconocía las pesas y medidas utilizadas por los comerciantes  y entendía en lo concerniente a los productos de la tierra y a los géneros de Castilla. Hubieron cabildos que carecieron de él por no ser un cargo obligatorio. Una cédula real de Felipe IV permitió que fueran elegidos por los regidores.

El cargo de escribano publico entendía en los registros, testimonios y papeles de orden público debiendo estar conformados con su firma.

Los alcaldes de la Santa Hermandad estaban encargados de la función policial en la campaña, formaban proceso y remitían a los reos al alcalde para su sentencia. No tenían ni voz ni voto en las reuniones capitulares.

Los alcaldes de minas atendían las cuestiones civiles y criminales en los asientos de minas.

 

 

Hay una carta en el Tomo II de Documentos del Archivo de Indias para la Historia del Tucumán, donde el obispo del Tucumán, don Pedro Miguel Argandoña, escribe al Inquisidor General Don Manuel Bonifaz sobre el estado de su diócesis. En ella se da cuenta  entre otras cosas acerca de la composición de su obispado compuesto por siete ciudades a saber: Córdoba, La Rioja, Catamarca, Santiago del Estero, Tucumán, Salta y Jujuy, donde se hayan fábricas y en “moderada decencia” sus iglesias matrices, menos en Jujuy “en donde desde hace treinta años que no la tiene”, “porque su vecindario sólo se preocupaba de hilvanar discordias”. En la misma dice que sus curas son rectores y vicarios foráneos y que en cada provincia existen de sufragáneos varios curas rurales, totalizando 38 parroquias. Tal carta tiene la fecha de 14 de abril de 1758, época en que también  comienza a desarrollarse  la historia por contar.

De un modo general diremos que la voz “parroquia”, proviene del griego parochia y de acuerdo al código de derecho canónico, es aquella porción de territorio diocesano con iglesia especial, pueblo determinado y rector propio para la cura de almas, y con dote suficiente. Se entiende por dote suficiente, renta fija o emolumentos para atender al sustento del párroco y gastos de la parroquia.

Hasta el año 1780 según el profesor Ernesto Salvatierra en un trabajo publicado en el Tomo I del Libro: Primer Congreso de Historia de Catamarca, Santa María, Pomán, Andalgalá, Belén y Tinogasta formaban parte de un solo curato, el de Londres (Belén) hasta que en 1784 el obispo Fray José de San Alberto erige el curato de Santa María.

De esta manera nos vamos introduciendo en la religiosidad del Valle Calchaquí. Asimismo, en las iglesias y capillas que se erigieron a tal fin, por lo cual consideraron necesario hacer una breve mención de quienes fueron los primeros propietarios de las tierras donde se erigieron.

 

 

CAPELLANIA y MAYORAZGO DE HUALFIN

 

El nombrado valle de Hualfin es una amplia zona de la provincia de Catamarca que a lo largo de la Ruta Nacional Nº 40, abarca una franja cuyo extremo N.E. está dado por el río de Las Cuevas y su extremo S.O. por el inicio de la quebrada de Belén. Epicentro del valle es la localidad de Hualfín y se encuentran alrededor pueblos como: Los Nacimientos de Arriba, Los Nacimientos de Abajo, El Eje, La Puerta de Corral Quemado, Jasi Punco, El Durazno, Villavil, La Ciénaga, San Fernardo y La Puerta de San José.

Muchas de estas denominaciones provienen de la época prehispánica en que la localidad de Villavil, como hoy se denomina, se nombraba Bis-Vil y fehacientemente consta en los documentos coloniales consultados. Cotao o Cotahao, perteneciente también al mismo feudo, presenta la terminación radical “ao”  de la lengua Kakana, aunque existen muchas palabras, marcando el parentesco entre las lenguas madres Kakan-Araucano-Quichua, destacando la completa interrelación de los idiomas locales con los de Chille y el Perú. Cartacteres generales: la temperatura media anual es de 16 a 18 grados centígrados, llegando en verano a 20 y 25 grados, y en invierno a 10 grados bajo cero. La presión atmosférica oscila entre 757 y 760 hectopascales; las lluvias son escasas pues las isoietas están entre los doscientos y cuatrocientos milímetros, lo que significa que es una región muy seca. La altura sobre el nivel del mar está entre los 1200 y 1800 metros. Debemos mencionar nuevamente que el valle de Hualfin constituye el extremo meridional del valle calchaquí, empezando al Norte en la localidad de La Poma (provincia de Salta) y terminando por el Sur, en el pueblo de Londres de la provincia de Catamarca.

La España de la conquista transfería a sus nuevos dominios del otro lado del mar, sus instituciones tanto políticas como religiosas; es así como el sistema feudal ya caduco en Europa adquiere preponderancia y vigencia en estos territorios americanos. El feudalismo de neta inspiración germana y significando “propiedad dada en recompensa” fue una institución sumamente discutida ya que para algunos, constituyó  un seriesísimo escollo en el desenvolvimiento y formación del estado como tal, mientras para otros, lejos de significar una regresión, conformaba la más acabada forma de lo que éste debía ser.

Para los reinos germanos, sus inspiradores, nació como un poder limitado y casi diríamos democrático, ya que existía un derecho del rey y un derecho del pueblo, dualidad ésta jamás superada por la Edad Media.

El feudalismo nació en Europa en el Siglo IX como consecuencia de la incapacidad de la monarquía para acudir en defensa de sus vasallos de frontera, siendo en consecuencia necesario distribuir el poder entre los señores de la nobleza rural, los cuales defendían con sus armas y enseres a sus vasallos, evitando los saqueos subsecuentes a las invasiones. Los señores  feudales trocaban protección por servidumbre y vasallaje, lo cual hacía cada vez más importantes sus funciones en detrimento de las correspondientes a la realeza, como las de acuñar moneda y administrar justicia. Todo este ordenamiento estaba basado en la desigualdad social y fue transportado a las tierras americanas, al punto de llamarse vecinos feudatarios a los vecinos poseedores de la tierra. Se hacía la distinción entre los otros  vecinos, llamados “vecinos moradores”. No es el objeto de este trabajo hacer un estudio exhaustivo de lo que significó el feudalismo en Europa, sólo si debemos consignar que el mismo a pesar de haber existido en España, tal vez no haya tenido la misma fuerza y preponderancia que en el resto de Europa. Hay opiniones encontradas con respecto a la existencia del feudalismo, pues algunos entienden que sólo existió en Aragón y Cataluña y niegan la existencia en Castilla; otros suponen que en los estados de la reconquista sólo hubo diferencias de grado.

Dice Altamira que el feudalismo es el régimen por el que se constituye la alta nobleza de Europa durante la Edad Media, pudiéndose observar que en León y Castilla nunca se llegó a organizar de esta manera.

Dice Lafuente que a pesar de las distintas y diferentes especies de señoríos que reconoce existir en Castilla y que parecen tener un cierto tinte de feudalidad, estuvo según su criterio lejos de aclimatarse en esta parte de España al sistema que regía en otras partes del país.

Al respecto del mismo tema y citando al prestigioso historiador español Américo Castro en su libro “España y su Historia” refiere en la página 147:  Un motivo esencial para la falta de fuedalismo fue que el poder real se articulara con el pueblo mediante funcionarios judíos o moros”. Refiere el genealogista Lima González Bonorino que en la página 350 el mismo historiador dice: “pero España carecía de una ensambladura feudal homogénea y elástica y sus enlaces sociales estaban además perturbados por la extraña injerencia de judíos y moros”. Acerca del criterio sobre los diversos grados del feudalismo en España, dice la Enciclopedia Espasa Calpe en un extenso tratado sobre el mismo: “El feudalismo existió en diversos grados en todos los estados de la reconquista, habiendo una distinción categórica entre señorío y feudo. “Ello explica la intensidad feudal en Cataluña donde no se concibe esta distinción. En su origen político recuerda la historia que fue ella misma un feudo del reino franco. Ludovico Pío,  rey de Aquitania, rescató Cataluña del poder de los sarracenos, sus tropas se apoderaron de Gerona, Urgel, Ausona, Cardona, Berga y otros pueblos y por último en el año 1801 Barcelona fue arrancada del poder de aquellos e incorporada al del rey Franco junto con los demás, rescatado con el nombre de Marca Hispánica. La pluralidad de feudatarios culminó con el de Barcelona, cuyo conde ocupó en la jerarquía feudal el puesto de mayor relieve”.

En resumen, el feudalismo que era una exagerada variedad, abatió sus soberanías múltiples cuando surgió una sola como indiscutida. Para derrocar la aristocracia feudal, los reyes se valieron de las municipalidades a mayor abundamiento y uno y otros elementos acabaron para siempre con aquella atomización de la soberanía característica del feudalismo,

Era notoria también la diferencia de jerarquías dentro de lo que sin serlo, podría considerarse una especie de “nobleza americana”, constituida por los encomenderos, ya que el rey, sus virreyes o gobernadores, luego de examinadas las probanzas de méritos a fin de acceder a las Mercedes consideradas "“vacas”, lo hacían dirigiéndose a los mismos de acuerdo a sus respectivas jerarquías diciendo: “(...) sois caballero hijodalgo” “hijodalgo notorio”; en algunos casos se empleaba una más objetiva manifestación diciendo: “sois tenido por hijodalgo”, con lo que implícitamente se le reconocía una suerte de status habilitante para recibir la investidura. Cabe mencionar en estas circunstancias que con sólo acreditar ser conquistador o primer poblador, de hecho se hacían acreedores a estas mercedes y tratamientos. Algunos importantes conquistadores no trajeron en su bagaje hidalguías españolas, acreditándolas en América según lo afirma el investigador Carlos Luque  Colombres. De todas maneras el español que venía a las Américas, es decir quienes se hacían cargo de mercedes y encomiendas eran en buena parte miembros de casa de solar conocido, habilitante esta última circunstancia, para la consecución de tierras y mano de obra indígena.

Esto es a tal punto así, que uno de los gobernadores de la conquista en su Juicio de Residencia, fue acusado de haber otorgado encomiendas a quienes no estaban habilitados para ello. El gobernador en cuestión era don Felipe de Albornoz, Caballero del Orden de Santiago y los encomenderos sus criados Andrés de Frías y Gaspar Lorenzo de Riberos, como bien hace notar el padre Larrouy en la página 61 del Primer tomo de Documentos de Indias.

No todos los historiadores están de acuerdo con esto, como lo hace notar don Jorge Lima en sus trabajos haciendo mención que algunas encomiendas, fueron  concedidas a personas sin origen noble en la península; sólo debían acreditar ser descendientes de conquistadores o de primeros pobladores como lo hacían en las probanzas de méritos, con lo cual accedían al privilegio de ser encomenderos, ya que sus lugares de origen, pertenecían al “estado llano o pecheros”. En algunos casos eran mestizos derivados de su condición de hijos naturales o bastardos.

El hecho de ser encomendero implicaba haber rendido el pleito homenaje según fuero y costumbre de España y haber recibido los atributos correspondientes al cargo, es decir una adarga, un caballo con su respectiva silla de guerra, imponiendo así el rey el vasallaje y la sujeción a sus armas.

Dice la Enciclopedia Espasa Calpe en un extenso tratado sobre el vasallaje: “Los etimologistas hacen derivar esta palabra del bajo latín “Vassalus”. En la baja latinidad  “vassi” significaba la gente adscripta al servicio del emperador del rey, de un noble o de una comunidad donde con el tiempo se formó el vocablo aplicándose en el régimen feudal a la persona poseedora de un feudo de un señor, y depende de él mediante la prestación del juramento de fidelidad, rindiéndose pleito-homenaje. Originariamente en Europa se atribuyó a los nobles el nombre y la condición de vasallos, porque sólo éstos podían recibir feudo del rey o de otro noble más poderoso.

Solamente en la época de la decadencia del feudalismo se envuelve la condición de vasallo abusivamente con una idea de servidumbre. Con respecto al vasallaje y los atributos correspondientes  al cargo hay quienes dicen que estos atributos podían ser conseguidos por algunos vecinos poseedores de suficientes medios económicos.

De todas maneras en el libro Documentos de Indias para la Historia del Tucumán, hay testimonios suficientes acerca de la concurrencia de los encomenderos en ocasión de las guerras calchaquíes, concurriendo a la misma “a su costa y minción”, luchando fieramente en batallas memorables.

Hay un expediente sobre la confirmación de la encomienda de los indios Mallengues y Yumanjuna concedida por el gobernador Albornoz a don Juan de Cevallos (Est. 74-caja6-legajo 10), página 119 del Tomo Primero de Documento de Indias de Larrouy que dice: “Don Felipe de Albornoz, caballero del hábito de Santiago, gobernador y capitán general de estas provincias del Tucumán, etc. , por cuanto habiendo declarado vacos los indios, pueblos y repartimiento de Mallengue e Yumanjuana, en la jurisdicción de la ciudad de San Miguel de Tucumán, por declaración de Leonor Pérez Bohórquez (...) y se opuso a la dicha el capitán Juan Cevallos Morales diciendo y alegando como constaba  de las informaciones, certificaciones y recaudos que manifestaba era persona benemérita y principal, noble hijodalgo que además de los servicios hechos a su majestad por su padre y abuelos, el susodicho los había  continuado en esta provincia, entrando en el Valle Calchaquí en mi acompañamiento, con armas y caballos a su costa, asistiendo en él todo el tiempo que duró el castigo, pacificación y allanamiento que por entonces se consiguió de los indios de dicho valle, y después de haber salido dél (sic) siempre haber acudido al real servicio en todas las ocasiones que se habían ofrecido, particularmente después que sucedió el segundo alzamiento y rebelión de los indios de dicho valle Calchaquí y los demás de su nación que con ellos se convocaron (...). A continuación se detallan los arriesgados hechos de guerra que le tuvieron por protagonistas y en una parte el mencionado expediente dice: “El dicho capitàn Joan de Sevallos el cual para esta ocasión y las demás en que se halla me consta haber sido principal parte y medio para alentar y juntar muchos soldados que por su agasajo y buen proceder  han ido con el susodicho, avándoles y ayudándoles con lo necesario que les faltaba, con gasto de su hacienda que ha sido cosa muy considerable respecto de estar la dicha ciudad de San Miguel de Tucumán y sus vecinos muy gastados y necesitados por la continuación que ha habido de la guerra (...) Por la presente en su real nombre, por virtud de los poderes que tengo y son notorios, encomiendo a vos el dicho capitán Juan de Ceballos Morales (sic) todos los indios del dicho repartimiento de Mallenje (sic) y Yumanjuma (...). Y ordeno y mando a mis lugartenientes y justicias ordinarias de esta ciudad y de la dicha ciudad de San Miguel de Tucumán y de toda la provincia y de cada una y cualquiera de ellos que luego que fueren requeridos con este título de encomienda por el dicho capitán Joan de Seballos (sic) reciban del juramento de fidelidad acostumbrado para acudir por tal feudatario al real servicio siempre que se ofrezca y habiéndolo  fecho le den y le hagan dar la posesión de los dichos indios (...) Que es fecho en la ciudad de Santiago del Estero en nueve de abril de mil seiscientos y treinta y tres años”.

En un trabajo publicado por el doctor Atilio Cornejo sobre documentos relativos a la historia de Salta (apuntes históricos sobre Salta-talleres geográficos. , Bs. As. 1944) dice: “En la ciudad de Lerma, valle de Salta, el cinco de diciembre de 1676 el Cabildo, Justicia y Regimientos juntos y congregados se trató de entregar el estandarte real al alférez Francisco Ferreras, el que puesto de rodillas sobre un cogín en presencia del capitán Manuel Troncoso, fue entregado tomando al dicho alférez ambas manos entre las suyas, le dijo: Francisco Ferreras, hacéís pleito homenaje como hombre noble, caballero hijodalgo, una, dos y tres veces, al mando y fidelidad que habéis a Dios y al rey don Carlos y a los reyes sucesores, teniendo este estandarte de esta ciudad que os entrego en tal seguro y guarda, que primero perdieres la vida si fuere necesario que el dicho estandarte, defendiéndolo  y amparándolo contra los hombres del mundo, el cual se os entrega para que los tengáis en vuestra casa, para que podáis asistir mejor con él sin entregarlo a ninguna persona ni en paz ni en guerra, si no fuere el gobernador esta provincia y cabildo, justicia y regimiento en este mismo día que os demandaré: y como hijodalgo tendréis especial cuidado en inquirir cualquier motín o levantamiento y avisaréis de ello os demandaré en las manos, saldréís acompañado con la gente fiel que hubiese acudido a la insignia real a la plaza o campo público que os pareciere donde acuda la demás gente a meterse bajo el dicho real estandarte y haréis lo que el gobernador o su lugarteniente ordene. Todo lo habéís de cumplir, so pena de caer en mal paso y demás penas que incerren (sic) los hijosdalgos. Y el dicho alférez dicho: Yo Francisco Ferreras, hago pleito homenaje como caballero hijodalgo una, dos y tres veces al modo y fueros de España de guardar y cumplir lo que se me ha dicho: Y lo firmamos: Manuel Troncoso, Francisco Ferreras, Juan González, Hernando d Villegas (...)”

Así como en lo político institucional se transfería a las colonias el sistema feudal, en lo religioso se trasvasaba hacia las tierras recién descubiertas la figura de los mayorazgos y las capellanías españolas con leyes semejantes.

La palabra capellanía es una derivación de la palabra capellán y etimológicamente se trata de una fundación hecha por una persona, convertida en beneficio hecho por el ordinario eclesiástico con la obligación de un cierto número de misas u otras cargas. El origen de las capellanías se funda en la libertad que tiene el ser humano para realizar obras pías y de engrandecimiento espiritual, obras éstas que son respetadas por la iglesia en tanto y en cuanto no se contradiga con su espíritu y sus objetivos. Las leyes civiles respetan asimismo esta entidad al darle una figura jurídica, diferenciándose así en capellanías eclesiásticas y laicales; la primera de ellas cuando la creación, colación e institución canónica corresponden al obispo y las llamadas laicales o mercenarias si la erección o colación dependen de la voluntad del fundador.

Las capellanías laicales pueden ser asimismo diferentes  ya que si son otorgadas a legos, incluidos mujeres  y niños pasan a denominarse Profanas mientras que si son otorgadas a eclesiásticos con la obligación de levantar las cargas se denominan No Profanas.

Las colonias americanas se manejaron hasta la época de la independencia con las mismas modalidades españolas ya que los reyes y señores fundaban en lugares de su propiedad iglesias y capillas con la provisión de uno o más clérigos cuyo número estaba directamente en proporción a la población de sus respectivos asentamientos.

Luego del descubrimiento de América el número de fundaciones aumentó significativamente al punto de ordenar los reyes Carlos III y Carlos IV la imposibilidad de efectuar fundaciones sin su consentimiento. Una ley en la España de 1820, prohibía nuevas fundaciones y la total supresión de los Patronatos, pero esto naturalmente ya no nos concernía pues las Provincias Unidas del Río de la Plata se habían declarado libres e independientes de toda denominación extranjera y comenzábamos a transitar nuestro propio destino.

El valle calchaquino no podía escapar a las generales de la ley y sus capellanías estuvieron encuadradas dentro de los cánones preestablecidos. Las capellanías de Hualfín y San Fernando pueden encuadrarse dentro de las denominadas laicales o mercenarias ya que fueron instituidas por la inspiración piadosa de dos distinguidas damas del Tucumán colonial, cuyos nombres quedaran sepultados en el olvido.

Recién comenzaba a diluirse en el ambiente colonial el fragoroso olor de la pólvora y las pasiones comenzaban a aquietarse con el bálsamo de la Cruz; principiaba la colonización prometiendo hacer grande el terruño donde se vivía.

Era el comienzo de la distribución de las mercedes reales en el ámbito del calchaquí, con los cuales la corona premiaba a los valerosos guerreros que habían hecho posible su conquista.

El  valle del Conando, cuya etimología significa “sol que se pone o valle de occidente” y más específicamente el valle de Hualfin, fueron el asentamiento de importantes familias pobladoras;  este vocablo es de origen quechua  pues en el idioma madre, sin la actual corrección dada por el tiempo, la H fue una G,  como la Gain arábiga; la letra H tiene una ligera aspiración. La grafía es variable ya que en numerosos documentos antiguos figura como Gualfin o simplemente Malfin como se denominaba a la tribu indígena propietaria del lugar.

Luego de terminadas las guerras calchaquíes una contienda judicial impide la ocupación efectiva del valle, entre los esposos y “conjuntas personas” don Asencio de Mercado y Reinoso y doña Josepha Sánchez de Loria, por una parte y por la otra el Sargento Mayor don Juan de Castro y del Hoyo y su esposa doña Damiana de Aybar y Bazán. En el mismo batallaban el Maestre de Campo Bartholomé de Castro y su esposa doña Magdalena Bazán de Pedraza, madre  de doña Damiana y hermana del gobernador del Paraguay don Juan Gregorio Bazán de Pedraza. Don Bartolomé de Castro, los Castro del Hoyo y los Bazán  de Pedraza eran dueños de inmensa extensiones de tierra en la región, al punto que la merced de Don Bartolomé de Castro en el paraje de Laguna Blanca colindaba con la de Cullum-Cullum de Pedro Díaz de Loria de la jurisdicción de Salta en el valle del Cajón.

Al ser consultada la documentación existente en la parroquia de Belén, nos encontramos con la lamentable realidad de no encontrar los primeros diez libros, cuya pérdida impide un exhaustivo análisis de la historia regional.

El pleito se desarrolla entre los años 1668 y 1708 en que se da posesión efectiva de las tierras de Malfín y sus potreros anexos Bisbil, Cotahao y Las Cuevas al capitán Leonardo Gonzáles yerno de los Mercado y Reynoso por ser casado con su hija doña Leonor y haber muerto sus padres. Obran en mi poder ciento veinte folios del juicio sustentado ante la Real Audiencia de la ciudad de La Plata, entre los que se encuentra una resolución del gobernador don Esteban Urizar de Arespacochaga dando fin al pleito y comisionado al capitán Ignasio Carrizo de Andrada a fin de dar en su nombre la posesión efectiva de las tierras (1)    transcribir el documento en hoja separada.

La propiedad de la tierra va depositándose en manos de sus legítimos herederos cuyos testamentos obran en mi poder, hasta llegar a manos del capitán don Leonardo de Iturriza y González, quien al testar en Belén el 18 de abril de 1762, declara ser casado con doña María de Medina y Montalvo, natural de Tucumán, de la cual no tuvo hijos, pero recogió, crió y dio educación competente a su sobrino Juan Prudencio Miñaur haciéndolo heredar una pequeña parte de sus bienes. La casi totalidad de su herencia recae en su mujer doña María de Medina y Montalvo, siendo sus albaceas la antedicha doña María y el cura párroco de Belén, don José Ignasio de Villafañe y es “fecho en el santuario de Belén a dieciocho de abril de 1762 (2).

Hay un documento fechado en Belén el 25 de junio de 1767 donde “su Señoría Ilustrísima don Manuel Abad Illana del Consejo de Santiago y Obispo del Tucumán, mi señor en la Visita General que se ha practicado en este dicho curato de Belén y en la que por ante mí su secretario de Cámara y notario da por cumplido este testamento, absolviendo a los albaceas del cargo y obligación  de presentarse en toda visita en cuanto a lo que toca y pertenece a la jurisdicción eclesiástica. Así lo proveyó, mandó y firmó Su Señoría Ilustrísima en esta Visita General que doy fe”

El obispo del Tucumán. Ante mi maestro Lucas Martínez, notario público y de visita. Hay una firma.

Con el advenimiento de doña María de Medina y Montalvo a la administración del valle de Hualfín se abre el gran capítulo de la expansión religiosa en la zona poblada en su mayoría por indígenas y sus descendientes.

A su empuje y determinación se debe la construcción de una importante  capilla, constituyendo hasta nuestros días un legítimo orgullo para la zona; se inauguró bajo el título de la viceparroquia dependiente de la parroquia de Belén. Es el único monumento histórico nacional del departamento y naturalmente su existencia y organización estaban sujetas a las reglamentaciones de la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, su obispado y su parroquia. Es esta distinguida matrona posiblemente la persona más importante de esta familia que conserva hasta hoy gran parte de la propiedad desde el año 1668. La lectura de su testamento da una referencia clara de su filiación, no comentada por don Carlos Luque Colombres al carecer de referencias válidas, cuando al referirse a ella la agrupa entre: “otros descendientes de don Claudio de Medina y Montalvo”. Manifiesta doña María ser hija de don Claudio y de doña Felipa de Salazar, difuntos ya y  vecinos de San Miguel de Tucumán, de donde ella también es oriunda. (Doña Felipa de Salazar era a su vez hija del escribano mayor de Cabildo y encomendero Don Gabriel Martinez de Campuzano). Pide que su cuerpo sea enterrado en la tierra con el hábito de San Francisco “en esta capilla de Nuestra Señora del Rosario, viceparroquia del curato de Belén, con entierro menor”.

Declara que fue casada en primeras nupcias, con el capitán don Leonardo de Iturriza en este paraje, que no tuvieron hijos, porque los que hubieron durante dicho matrimonio murieron antes. Fue casada en segundas nupcias con don  Gerónimo de Tapia, natural del valle de Catamarca y perteneciente a distinguidas familias de la zona, sin descendencia habiendo sido su albacea  testamentario don Gerónimo de Tapia, rogando éste que sus bienes fueran heredados por su sobrino don Toribio Moreno, el cual en el transcurso del tiempo vendría a ser abuelo de una de las últimas patronas de la Capellanía, doña Gualberta de Llano.

Declara también ser única y universal  heredera de todos los bienes de su primer marido, don Leonardo de Iturriza y González dejando constancia de no haber traído al matrimonio bienes donados ni heredados de su padre.

Declara asimismo en un pasaje del testamento y como hecho fundamental motivador de este trabajo acerca de la religiosidad calchaquina: “En 1777 nos presentamos con mi segundo esposo ante el Ilustrísimo Señor Doctor Manuel Abad Illana, dignísimo obispo del Tucumán en el tiempo de su Visita General, pidiendo licencia para construir una capilla con el título de vicepresidencia de Belén; habiéndonos concedido al tiempo de principiarla falleció dicho esposo y yo sola tomé a mi cargo esta santa obra, costeándola desde sus fundamentos hasta su concusión sin el auxilio de persona alguna.

El día 21 de julio de 1777 se colocó a su costa por el señor cura y vicario de este beneficio al maestro don Tomás de Burgos con la licencia correspondiente constituyendo un hito fundamental en la vida religiosa de Hualfín y sus zonas circundantes.

El obispo del Tucumán don Juan Manuel Moscoso cuando informa sobre los méritos de los eclesiásticos de su diócesis dice en carta fechada en La Plata, el 5 de mayo de 1777, publicada por el padre Antonio Larroy ubicada en el Est. 122-Caja4-Legajo 6: “El maestro don Tomás de Burgos es hijo legítimo, cura de la doctrina de Belén; lo fue antecedentemente del curato de las Trancas. Es eclesiástico de juicio y de edad de treinta y nueve años”.

 

 

INVENTARIO DE LOS BIENES DE LA CAPILLA

 

Continuando con la interpretación del testamento, dice doña María de Medina y Montalvo refiriéndose a la capilla: “Es mi voluntad que la dicha capilla se mantenga perpetuamente con todas las alhajas y con el mayor aseo y decencia, sin que de manera alguna se enagenen (sic) cualquiera de ellos, prestados ni vendidos y encargo el cuidado de ella al Patrón y Mayordomo que irá abajo nombrado al pie del inventario de todos los bienes y alhajas que tengo dedicado  para este fin, que son los siguientes: primeramente la capilla con su sacristía y  torre edificada de adobes, con buque de dieciocho varas de largo y cinco de  ancho y seis de alto toda blanqueada; su techo de tejuelas y madera labrada  con veintidós tijeras, cinco tirantes, diez canes (¿?) de moldura y su cumbrera, catorce cintas de una a otra banda, todo ello retejado con tejas cocidas, su puerta principal de tabla e cedro con umbraladas y marco de molduras, canes  de dos manos con sus  armellas y candado con llaves. Item. La sacristía de media agua con buque de cinco varas y tres cuartas y cuatro y una cuarta de ancho, su techo de la misma tejuela, dos costaneras y nueva cintas con puerta de tabla para la parte e afuera de una mano con marco pintado. Dos canes con armellas, candado y llave: su corredor de tres arcos techados de la misma tejuela de nueva  costaneras y cintas correspondiente de madera labrada. Item, el pórtico de la iglesia de tres varas con su arco de adobe con techo de tejuelas y tres tijeras y sus cumbreras y cintas en la misma madera. Item, unas barandillas de comulgatorio de madera balaustre dibujadas. Item, en dicha iglesia un púlpito de tabla e cedro tallada, con puerta de una mano, marco y umbralada y escala de la misma madera. Item, el coro alto de tres tirantes y otro al través, en el medio cuatro canes de madera con once tablas y sus barandillas de los mismo tallas, puerta tallada de una mano con marco y umbralado armellas y candado con llaves. Item, una pila fabricada de adobes con molduras. Item, el altar mayor fabricado con ladrillos cocidos, tres nichos cornisas y pilares a los  lados y frontispicio todo ello de molduras, revocado con cal, que todo sirve de retablo y el suelo del presbíterio enladrillado de ladrillos de tres gradas. Item, en el dicho altar un sagrario chico con su puerta de madera. Item, está adornada con dos campanas en la torre, la una mediana y la otra chica. Item, una imagen de Nuestra Señora del Rosario de bulto, patrona tutelar, la que se  halla colocada de altura poco menos de dos tercios, con su niño en los brazos, su vestido de  raso  a flores carmesíes, su alva (sic) de Bretaña con sobrepuestos, su corona de plata y es la misma que dio a esta capilla doña Catalina Bustamante. Item, se le ha hecho a dicha imagen a mi costa un alba de cambray con sus encajes finos y  enaguas de lo mismo al Niño. Item, una pollera y casaquita de tapiz blanco a flores con su galón de plata y sus melindres (delicadezas).

Item. Un manto de lana blanco aforrado con tafetán nácar, todo nuevo. Item. Un aderezo que se compone de un par de zarcillos de oro con sus pendientes con veintidós perlas finas, medianas, pendientes de una cadena de oro, obra  salomónica. Item, un par de candaditos de oro con once perlas finas. Item, una  sortija de oro con una esmeralda engastada en el medio y dos rubíes a los lados.  Item, otra de dicha de oro que le dicen de palabra Item, otra de dicha de oro que le dicen de palabra. Item, otra de dicha de oro  bien fornida, obra de panecitos (sic). Item, Un rosario de corales finos grandes con sus granates finos y diecisiete perlas finas chicas. Item, un par de manillas  de corales finos de canutillos entre grandes  y chicos. Item, una gargantilla de perlas  finas pequeñitas de dos sartas con dos granates finos y una igual de coral. Dos corales finos y otras dos perlas finas grandes. Item, una efigie de Santo Cristo de bulto con una cruz de palo y una vara de alto, obra ordinaria. Item, un velo y espaldar de dicho Santo Cristo de varas que ahora nuevamente se han  hecho cenefas (borde o ribete) de eso mismo para adorno del altar. Item, cinco  marcos dorados de tres cuartas de largo y dos tercios de ancho, uno del Señor en el paso de Cuechoo (ilegible), otro de Nuestra Señora de la Concepción, otro de Nuestra Señora de la Concepción, otro de Nuestra Señora de Belén, otro San Juan Bautista y otro de San Ignacio. Item, un lienzo nuevo de Nuestra Señora del Rosario, de vara de largo y poco menos de media de ancho, con su coronación de la Santísima Trinidad y toda la Corte Celestial con su torno de  enrollar. Item, otro lienzo de Jesús Nazareno nuevo. Item. Otro de Nuestra Señora del Carmen con Santa Teresa de Jesús y San Elías  al pie. Item, un cuadrito chico de Santa Ana. Item, tres estampas nuevas  que dio de limosna Clemente Bazán. Item, nueve dichas usadas. Item, una imagen de bulto de Nuestra Señora de la Concepción de media vara de alto, nueva. Item, un San Miguel de poco más de cuarta bien obrado. Item, un San Antonio de bulto de una cuarta, nuevo. Diez mayas con sus candelejas de estaño que dio de limosna don Francisco Piloña y más una guitarra. Item, un velo de la virgen de cambray liso con sus cenefas de tafetán carmesí y cinta amarilla de aguas. Item, de un Santo Cristo pequeño de plata, una cruz de plata con cuatro chapas de cantoneras y una calabita de plata con dos angelitos de los mismos embutidos; cuatro tiritas de los mis encaladas en la cruz. Item, dos atriles, uno que dio de limosna Sebastián Casas y el otro plateado que dio Toribio Moreno. Item, dos escaños de dos tablas de asiento que dio de limosna don Francisco Piloña y su esposa doña Catalina Bustamante. Item, para el altar una asa consagrada que donó la piedad de su Señoría Ilustrísima el señor Obispo don Manuel Abad Illana. Item, un cáliz y patena de plata donados. Item, un ornamento de tapiz blanco con galones de plata finos aforrados en tafetán carmesí con bolsas de corporales, galoneada de los mismo con dos hijuelas con las demás que  corresponden en la misma forma. Item, su frontal de lo mismo aforrado  en crudo. Item, otro ornamento negro de tafetán doble negro guarnecido con  melindres de plata aforrado en angaripola con lo demás concerniente. Item, una capa de coro negra, nueva de tafetán. Item, un frontal negro de lo mismo  con cenefa aplomada de primera de frana, guarnecido de melindres de plata aforrado en crudo. Item, un par de vinageras con su platillo de plata, con  peso de tres marcos con cuatro onzas nuevo. Item, otras dichas de loza de la China para días ordinarios. Item, un misal romano usado. Item, un inciensario de plata con sus cadenas, navetas y dos cucharas de  lo mismo, nuevo todo con peso de cinco marcos con tres cuartas. Item, un hostiario con su tapa de latón amarillo y otro hecho de cartón. Item, dos cajas de cedro nuevas para guardar  ornamentos, con sus cajoncitos. Otra dicha pequeñita para la cera. Item, tres taburetes dibujados de suela. Item, una pilita de loza en la sacristía para agua bendita. Item, unas andas de tabla con su mesa. Item, tres pares de candelabros de plata con peso de doce marcos. Item, dos campanillas de plata chicas, ambas con un peso de un marco con cinco onzas. Item, otra chiquitita de metal. Item, cuatro choses de colores, grandes, de a cinco varas y media, nuevos. Item, una manta negra de picote. Item, ocho camaretas. Item, una alfombra nueva de cinco varas y media, medianas, nuevas  una caja de ... ilegible. Item, una paila mediana de cobre de buen uso de Coquimbo para labrar las velas de cera. Item, otra dicha para las de sebo. Item, un par de cofrecitos forrados por encima  con  cordobán de tachuelas amarillas, su chapa de plata, llave de fierro, con cinco  guarniciones de plata cinceladas en las esquinas y en el medio sus bisagras de lo mismo para guardar cosas de la iglesia y de las andas. Item, una bandera de tafetán carmesí con cintas de aguas azules, todo nuevo y dicho tafetán dio un alférez de naturales. Item, otro velo de la Virgen de gasa. Item, las caídas de las andas i las manoplas son de angaripola nueva. Item, un par de fuentes de plata con peso de seis marcos cada una. Item, media docena de platos de plata con peso de dos marcos cada uno. Item, un jarro de plata nuevo con peso de dos marcos y cuarta. Item, una negra esclava llamada María de treinta y tres años de Angola, cuya esclavitud consta en la escritura de Compañía que pasa en mi  poder con sus dos hijos, la una llamada Micaela de quince años, la que tiene un hijo de dos meses llamado José María, y otro hijo de la primera llamado José Ramón, procreados después d  la Compañía que hice con mi dinero por mano de mi finado don Diego de Tapia y es mi voluntad que dichos esclavos queden para el servicio de la capilla a cargo del y administración del patrón de ella, y en caso  que ellos cobren malas propiedades y no quieran servir y  sujetarse al dominio del dicho Patrón, sean vendidos por él para que con su producto se repongan otros. Declárolo así para que conste.

 

BIENES VINCULADOS

 

Los bienes vinculados a esta capilla son los descriptos a continuación:

Item. Un molino corriente con todos sus aperos. Item, el potrero de Las Cuevas con cien vacas de todas las edades y clases, cincuenta yeguas y doscientas ovejas; los yerros de errar que son dos, ambos de una misma letra para dicho ganado de Nuestra Señora, con distinción de lo de la hacienda. Item, dos hechores y dos padrillos para dichas yeguas. Item. Retazo de tierra y agua para las labranzas y ayuda de costos para la función de la Santísima Virgen y dichas tierras son desde la capilla, principiando por la parte de la puerta principal hasta el río  y de la parte de atrás hasta el cerro y por la parte norte hasta el río seco que linda con las casas viejas de los Aguirres, exceptuando un retazo de tierra de éstas que le hice donación al maestro Juan José Moreno, cuyos linderos son desde la punta de la loma que está inmediata a su casa, hasta el zanjón que corre de sud a norte desde la acequia hasta el río, quedando ya expresados sus linderos en los precisos términos que se ha expuesto.

 

 

INSTITUCION DE PATRONO

 

                Item. Elijo, proveo y nombro por Mayordomo y Patrón perpetuo de esta capilla de Nuestra Señora del Rosario a mi hijo de crianza y adoptado como propio a don Andrés de Iturriza, natural de la ciudad de San Miguel de Tucumán, casado con doña María Ruiz natural de Valle Hermoso, tras pasando en él todo el derecho que por haber edificado y dotado la tal capilla me pertenece  y me lo tienen declarado el Ilustrísimo Sr. Dr. Don Manuel Abad Illana y el vice-patrón real, el Señor Don Andrés Mestre (Gobernador Intendente del Tucumán) para que como tal Patrón Perpetuo después de mis días se reciba de dicha  capilla con todos sus bienes, cumpla y guarde inviolablemente con libre y general administración lo que llevo dispuesto por mi última voluntad con el mayor esmero y cuidado procure con la mayor veneración su limpieza y aseo y todo lo que corresponde a un Patrón y Mayordomo, sin que sea compelido por ninguna persona ni eclesiástica ni secular (...)

Este último apartado constituye en realidad una muy clara alusión a la total independencia de acción que la testadora otorga a su heredero.

 

FIDEICOMISO Y SUCESION

 

Item. Declaro y es mi voluntad que dicho Patronato y Mayordomía y lo consiguiente a ella “le suceda su primer heredero” y en caso de que no tenga de ahora para entonces, le doy la facultad y poder para que después de sus días  nombre a la persona que conceptuase más apta para el desempeño del Patronato y Mayordomía que van mencionados: “guardándose en la sucesión lo mismo  que llevo dispuesto en orden al primero, sin que ninguno de todos ellos puedan enagenar (sic) y vender lo perteneciente a dicha capilla, salvo en las cosas que llevo declarados y los que de mucha necesidad ocurriesen para efecto de reponer lo que  faltase de su adorno y decencia, dando cuenta de todo el ingreso que anualmente tenga y de sus gastos al cura  y vicario de este Beneficio que fuere. Declárolo así para que conste.

Item. Encargo a dicho Patrón el cuidado de la fábrica y derechos de sepultura los que únicamente deberán invertirse en el servicio de la capilla y “establezco y mando” que el día de la Santísima Virgen del Rosario haga anualmente la fiesta conforme hasta aquí lo celebrado con vísperas, misas cantadas y procesión, precediendo a ella su novena y al día siguiente de la fiesta se cantará una misa a las benditas ánimas con vísperas y procesión, lo que se observará perpetuamente ayudándose para este efecto con la limosna que le juntare de la demanda que se pedirá con beneplácito del cura y vicario que sucesivamente fuere”.

En uno de los apartados dice: Declaro serme deudor el maestro carpintero Isidoro Suárez de cien pesos en plata que le dimos con mi segundo finado esposo para que trabajase la capilla y luego que los recibió hizo fuga y no trabajó cosa alguna a esta cuenta, habiéndosele pagado antes lo que tenía trabajad, cuya dependencia no consta de obligación, mando a mis albaceas se le cobre”.

Item. Me es deudor don Dámaso Rodriguez del Perú noventa burros invernados  que llevó para arriba, más cinco reses, más dos caballos mansos y una yegua y cuatro mulas mansas y cuatro fanegas de trigo puestas en el fuerte: a esta cuenta tengo recibidos dos campanas, una mediana y otra chica, una mamerina  de plata,  un mate que hizo guarnecer dándole yo la chafalonía, seis varas de bayeta de la tierra de cuyos efectos no hemos tenido ajustes, mando se le liquiden las cuentas y se le cobre lo que restare.

El potrero de Las Cuevas por expresa disposición de la Instituyente, no puede  ser vendido, aunque sus descendientes pueden usarlo para invernar sus ganados y si alguno de ellos quisiera hacerlo “se lo impedirá el Patrón de Iglesia”, si fuera otro que el mismo heredero y siéndolo él mismo, lo estorbará el párroco de este Beneficio que fuera y es mi voluntad que las invernadas que se hicieren en él, sean para costear la función de Nuestra Señora y alhajas de dicha capilla sin que por  esto se entienda privo a dicho Patrón que se ayude y mantenga con parte de ese ingreso de invernada; sólo si le encargo el culto de Nuestra Señora y su rosario, con criados y agregados con la mayor solemnidad que puedan.

Item. Declaro por único y universal heredero de todos mis bienes que se hallan fuera de mis mandas  y donaciones, sin exceptuar algunos a mi hijo adoptivo don Andrés de Iturriza y sus descendientes para que los gocen con la bendición de Dios y la mía, con la cual herencia quiero y es mi voluntad remunerarle la fidelidad, esmero y amor con que me ha servido tantos años conservando y aumentando mis bienes y si acaso después de mis días pretendiera derecho a dicha herencia, algunos de mis parientes, mando no sean oídos en manera alguna por no testar yo de mis bienes que los heredé de mi primer esposo don Leonardo de Iturriza como llevo declarado y aún dando caso que por algún  modo obtuvieran derecho, es mi voluntad apartarlo de él, por el abandono e ingratitud con que en más de cuarenta años me han mirado, sin haber tenido otro amparo que el dicho don Andrés de Iturriza.

Item. Nombro mis albaceas testamentarios en primer lugar a mi hijo don Andrés de Iturriza y en segundo lugar a doña María Ruiz, esposa de dicho don Andrés y en tercero a don Juan José Ventura Ramos (...)

Aparte de la institución de patrono y de Mayordomo perpetuo, dentro de los papeles pertenecientes a la familia Leguizamón, tanto notariales como jurídicos, se hace mención ala institución del Mayorazgo y que en la práctica supongo  puede haber sido el principal motivo por el que la propiedad se mantuviera hasta el momento actual con muy pocas subdivisiones, haciendo de este caso  uno de los muy pocos que existen en el país, donde una propiedad permanece en propiedad  de la misma familia desde el año 1668 hasta abril de 2000, fecha en que escribo estas líneas.

Ya hemos dado una idea general de lo que constituyeran las capellanías, a lo que agregaremos el conocimiento de una ley dictada en 1841 en España el 19 de agosto de 1841, por la cual se adjudicaba en calidad de libres los bienes de las capellanías volviendo su goce a los parientes de mejor línea y dentro de la misma a los parientes más próximos, es decir que seguía respetándose una determinada línea sucesoria.

El Mayorazgo, etimológicamente proviene de Mayorar y es de acuerdo a la definición dad por el diccionario Espasa Calpe, “una institución del derecho  civil español, hoy abolida que tiene por objeto perpetuar en la familia  propiedad de ciertos bienes con arreglo a las condiciones que se dicten al  establecerla, o a la falta de ella a las prescritas por la ley. Es un conjunto o agregación de bienes vinculados. Poseedor de los bienes vinculados”. Las personas que podían fundar mayorazgos de acuerdo a la misma fuente, eran aquellos que podían disponer libremente de sus bienes; estaban en este caso los varones emancipados, la mujer casada, la que podía fundar mayorazgo por  testamento y última voluntad, sin licencia del marido, vinculando el tercio y remanente del quinto de sus bienes entre sus descendientes. Los bienes que podían vincularse eran especialmente los bienes inmuebles. El que no tenía herederos  forzosos, podía vincular toda su fortuna y el que los tenía, el importe del tercio y el quinto de los bienes que poseyese.

Eran obligaciones generales de esta institución las cargas, alimentos y viudades. Por cargas se entendían ciertas obligaciones que tenían los poseedores ya sea con fines religiosos (misas y aniversarios) o con fines benéficos.

En el fondo la cuestión se trata de una vinculación de bienes, que etimológicamente significa la acción y  efecto de vincularse. Esta palabra significa de acuerdo con el diccionario Espasa – Calpe, “el conjunto de todas aquellas instituciones jurídicas en las que se hacía inalienable una masa de bienes, la sucesión en la cual se sujetaban a un orden  predeterminado e inalterable (...).

(...)  los mayorazgos y las capellanías familiares o de sangre, son formas españolas de vinculación de bienes; el orden de suceder en las vinculaciones se ha conservado para la sucesión en los títulos de nobleza”.

Hualfín en su historia, de acuerdo a lo expuesto, comenzó bajo la forma de una capellanía lega, pero en la práctica se ha comportado como un verdadero mayorazgo ya que pudo conservar la propiedad del valle en manos de una misma línea familiar, cual es la familia Leguizamón. Al detenernos en esta institución y si consideramos su comportamiento práctico, además de las carátulas judiciales donde dice Mayorazgo de Hualfín, podemos considerar que éste constituye uno de los muy escasos que hubieron en nuestro país, durante la dominación española.

Dentro de los muy  pocos mayorazgos que existieron dentro de los límites de lo que hoy es nuestro país, mencionaremos en instituido en La Rioja el 3 de enero de 1663 por el maestro de Campo Pedro Nicolás de Brizuela, conjuntamente con su esposa doña Mariana Doria y Salcedo, con imposición del apellido Brizuela y Doria (A. H. Córdoba). El de Totos, instituido por don Juan Gregorio Bazán de Pedraza, con la imposición del apellido Bazán y Tejeda en 1717; el de Cochangasta en La Rioja, fundado el 23 de junio de 1720, por doña Josefa Luis de Cabrera, viuda de don Ignasio Bazán de Pedraza, con la imposición del apellido Bazán de Cabrera; el de Guazán  el 15 de octubre de 1768, así llamado porque el bien principal lo constituía la estancia del mismo nombre, por el general don Joseph Luis Díaz, a favor de su sobrino don Salvador Díaz de la Peña y también de su escudo de armas. Esto fue en La Rioja y en Catamarca. También existió el Mayorazgo de Yavi, junto con el título de Marqués del Valle del Tojo al que viene agregarse el de Hualfin, instituido por doña María de Medina y Montalvo. Doña María como lo destaca don Carlos Luque Colombres en “Para la Historia de Córdoba” era hija de don Claudio Medina y Montalvo, a su vez hijo de don Juan de Medina y Montalvo y de doña Ana Chavero de Ceballos” nacidos a mediados del Siglo XVII;  comenzó a participar de la vida política de S. M. en Tucumán en 1684 como alcalde ordinario de primero voto, cuando el cabildo centralizaba su atención en el traslado de la  ciudad al sitio de la Toma (su actual emplazamiento) autorizado ya por una real cédula de 1680. En tal carácter firmó la providencia exhortiva  dirigida al gobernador, en la cual se exponían consideraciones contrarias a la ejecución de tal medida, por considerarlo perjudicial a los intereses del vecindario”. Don Claudio y doña María eran descendientes directos del famoso conquistador don Gaspar de Medina y de doña Bárbara Coya, sobrina del rey Inca del Perú Sayri Tupac. El Inca Sayri Tupac, fue el último pretendiente reconocido y que renunciara a sus derechos reales a favor de la corona española.

 Consultada la enciclopedia jurídica Omeba respecto del concepto de mayorazgo dice textualmente: “en sentido jurídico se llama en nuestro idioma la institución que tiene  por objeto perpetuar en la familia la propiedad de ciertos bienes según  condiciones establecidas por el dueño y de acuerdo a lo prescripto por la ley y también el conjunto de los bienes vinculados, el poseedor de estos bienes y el hijo mayor de una persona que goza y posee mayorazgo, concepto  este enunciado por Joaquín  Escriche en el diccionario de Legislación y Jurisprudencia.

El mayorazgo tuvo su época de auge en Europa y para poder analizar esta institución hoy abolida en prácticamente en todos los países de nuestro ámbito cultural, es decir para buscar un juicio equilibrado, hay que remontarse a la época en que se originó y verlo en las posibilidades de su tiempo, en la época de su mayor brillo y no en la época de su decadencia donde sus defectos se hacían más evidentes.

Naturalmente que a luz de nuestros días esta institución hiere sobremanera los sentimientos republicanos de nuestro tiempo. Don Sancho Llamas y Molina en su libro Comentario Crítico Jurídico, dice literalmente respecto de las ochenta y tres leyes de Toro: “que cuando a instancias de los papas pasaron los francos a Italia en tiempos de Carlomagno, introdujeron y llevaron consigo el uso de los  principados y feudos en los que según uso de su país no se admitía pluralidad de personas en la  sucesión, sino que se sucedía una sola y era el primogénito de la familia, por orden de la primogenitura de que dimanó según lo manifiesta el Cardenal De Luca en el discurso de  Fideicomissis, donde aquellos feudos en los que se observaba la sucesión individual de una sola persona y que esté fuera el primogénito se llamasen y se dijesen feudos según derecho de los francos, para diferenciarse de los feudos de Italia donde eran divisibles entre los descendientes de un mismo grado.

Parece pues indiscutible que según derecho de los francos, el modo de suceder en sus feudos, era el de la sucesión indivisa en cabeza del primogénito y con vinculación indefinida del patrimonio y el título honorífico en la misma línea de preferencia y que “la primera idea de los mayorazgos no vino de los fideicomisos, sino de los feudos y del derecho de suceder a imitación del que se observa en la sucesión de los reinos y principados”.

Mientras esto ocurría en Europa, en España no ocurría lo mismo ya que en los feudos menores heredaban por partes iguales todos los herederos varones como se ordena en la ley  6, título 26, partida 4 y limitando la sucesión hasta los nietos. En cambio los feudos mayores, como ser reinados, comarcas y condados, la sucesión era personal y vitalicia, a no ser que el emperador, rey o señor  que hubiere otorgado el feudo expresamente lo  manifestara hasta hijos y nietos. En la institución monárquica española era la elección la manera de suceder, entre los reyes especialmente, en tiempo de los godos. Este sistema tuvo vigencia en tiempos de don Pelayo hasta don Ordoño I.

Fue don Fernando el Santo quien impuso el mayorazgo en España a favor de su hijo don Alonso, quien en las Siete Partidas institucionalizaría este sistema en la  forma sucesoria de la corona, de donde se transmitió a los mayorazgos particulares.

En el derecho español cualquier persona “hábil para testar y contratar podía en lo antiguo instituir mayorazgo o vínculo en contrato o testamento de todos sus  bienes, con tal que no se perjudicase en su legítima a los herederos forzosos.

Desde mayo de 1789 no se pudieron fundar mayorazgos, salvo con la autorización del rey.

Los mayorazgos fueron de varios tipos: mayorazgos regulares, irregulares, de agnación, de agnación fingida, de pura masculinidad, electivos, etc.,  de los cuales sólo mencionaremos al primero de ellos o regular: “ Es aquel para cuya sucesión se llama al hijo varón mayor y a sus descendientes legítimos, prefiriendo siempre el mayor al menor, y el varón a la hembra, y después  los demás  en el mismo orden, guardándose entre ellos la prelación atendida, la línea, grado, sexo, edad,  y observándose lo mismo en los transversales conforme a las reglas de la sucesión de la corona En los mayorazgos todas las reglas ceden a la voluntad del fundador, quién puede poner las condiciones que quisiere dentro de lo  posible y lo honesto, obligando de tal modo su cumplimiento que por su falta pierde el mayorazgo la persona a quien correspondía por derecho de sangre.

Luego de las leyes desvinculadoras del Siglo Diecinueve, la institución que estamos comentando queda circunscripta en España a títulos y derechos honoríficos según el orden que las mismas leyes establecieron para la forma en que han de transmitirse las prerrogativas del régimen nobiliario subsistente en España y otros países europeos.

Respecto de los mayorazgos en Latinoamérica la enciclopedia dice textualmente: “España trajo a sus dominios de América sus instituciones y las costumbres que regían su vida social en la época en que ella legislaba para ambos mundos, con las lógicas modificaciones que el ambiente nuevo, la exigencia de las circunstancias y los intereses en pugna habían aparecer como más adecuados para ser impuestos en América.

Tal como se ha puntualizado en el vocablo hijodalgo, las instituciones nobiliarias de España se trasladaron al nuevo mundo con carácter análogo al que revestían en la metrópoli, pero procurando que esta nobleza “sui generis” que aquí se formaba con los conquistadores, algunos nobles de España y otros empobrecidos por los hechos mismos de la conquista, permaneciera en una esfera más modesta que la que alcanzaban los grandes magnates de la primera nobleza metropolitana”.

Esto era para evitar que se formara una clase demasiado rica que luego atentara contra la autoridad del rey.

De todo lo expresado anteriormente se deduce que si bien Hualfin comenzó como una capellanía lega, y sujeta a sus leyes la forma de sucederla y la vinculación  de los bienes que se mantuvo hasta el año 1905, la convirtieron en la práctica en uno de los pocos mayorazgos que existieron en el país. Lo mismo sucedió con la capellanía de San Fernando que por razones de espacio dejamos para una ulterior publicación. La Misma fue instituida por la familia Aybar y Villagrán, nietos de don Juan de Aybar y Bazán del que habláramos en curso de este  trabajo.

La iglesia lleva espectacularmente tallado en su dintel la siguiente inscripción: “NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO, AÑO DE 1770”.

 

Luego de don Andrés de Iturriza la sucesión recae en su hija doña María Luisa de Iturriza, que fuera casada con don ramón de Llano. Se suceden así don José Eduardo de Llano, doña Gualberta de Llano y por último su hijo don Aurelio Leguizamón. En el año 1905 se produce la desvinculación de los bienes, impulsado por el doctor Guillermo Leguizamón y compartes.

 

Dice don César Carrizo en una publicación de la revista Síntesis en un artículo “Coplas para la historia”: "Hualfin es la merced del marqués don Eduardo de Llano y la propiedad viene del tiempo de la colonia 1752. En la actualidad los dueños son los Leguizamón por justo derecho y a que son descendientes del marqués “. En una nota al pie  dice: “Nieto del marqués fue el doctor Guillermo Leguizamón, aquel hombre intergérrimo que estuvo al lado de Alem, de Del Valle, de Joaquín Castellanos, etc. en horas de prueba para el civismo argentino.

Y esto es lo hermoso: siendo un árbol genealógico de tan rancio abolengo, fue de los primeros en bajar al pueblo, arengándolos con su verbo de oro, y alentándolo en las líneas de fuego”. Debo aclarar que entre los papeles del archivo Leguizamón no he podido encontrar documentación acerca del mencionado título. Sin negarlo abro un interrogante hasta la aparición del documento correspondiente.

Hualfín es un sitio histórico y ocasional testigo de los amores entre el general Lavalle y Dolores de Sotomayor, mujer del jefe de la Coalición del Norte el Zarco Brizuela. Dice César Carrizo (...): “Lavalle que ha recorrido todo el oeste de la provincia en busca de prosélitos y aprovisionamientos, sabe que ningún  sitio mejor para esconder su idilio que Hualfín, un fundo, un paraíso terrenal que los Leguizamón poseen en las sierras. (...). Los señores de Hualfín  querían que el héroe supiera que había llegado a un hogar donde se tendían los manteles al forastero sin preguntarse de dónde venía ni dónde iba”. Los dueños de casa brindan a Lavalle un sitio en el lugar llamado de las “Casas Viejas”; no lo hospedan en la amplia casona. A respecto el mismo autor dice: “¡Qué vida plácida y honda la que se pasa en la casona recia y bien plantada. Tiene cornizones y almenas para defensa, como una castillo feudal; y en el medio un ancho patio árabe con sus canteros de nardo, jazmines, albahacas y diamela. Tiene además puertas y salidas estratégicas. El dueño de casa es don Felipe Leguizamón, que precisamente no es unitario, sino federal por convicción y no por Rosas. Era sargento mayor del ejército y se niega a secundar las intrigas  del general Balboa para tomarle prisionero (...). Y fue el caso que al día siguiente Llavalle para corresponder a tanta gentileza regaló a doña Gualberta de Llano la espada gloriosa con que le obsequiara el pueblo del Ecuador”. “El doctor Catalán recogió las coplas populares que inmortalizaron para siempre este  amor: 

 

 

Dicen que todo es humo

cigarro y chala;

menos los ojos negros

de una riojana.

 

La casa descripta por César Carrizo es la misma que se mantiene  hasta nuestros días y construida por doña María de Medina y Montalvo junto con la capilla. Son sus descendientes, aún los propietarios del predio desde el año 1668.

 

 

 

 

 

 

 

                                                        RICARDO FEDERICO MENA

 

 

        

 

 

 

 

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