Historia de Salta |
El Consejo de Indias y la Casa de Contratación |
Por José de Guardia de Ponté
Creado en el reinado de Carlos V en 1519 como sección especial del Consejo de Castilla, y desde 1524 fue independiente bajo la presidencia del cardenal Loaysa.
Se componía de veinte miembros, tuvo el mismo nivel jerárquico que otros Consejos de la Corona, tenía el rango de Cancillería Regia y el de Ministerio Colonial en todo lo relativo al gobierno de América: a su navegación, comercio, armadores, fletes, cargamentos, retornos, aduanas, administración de la justicia civil, criminal y eclesiástica, causas contenciosas, fiscales de Patronato y pleitos en apelación referentes a algunas de estas denominaciones. Además, formulaba los informes y los proyectos de resolución, que, una vez firmados por el Rey, eran registrados en sus Archivos con el carácter de Cédulas o mandatos reales. Su colección sirvió de base al Código colonial llamado después Leyes de Indias.
En uso de sus facultades gubernativas, el Consejo proponía al monarca el nombramiento de los cargos de virreyes, presidentes de Audiencias, gobernadores, oidores, fiscales y, en general, todos los puestos significativos en América.
El 25 de agosto de 1600, se estableció la Junta de Guerra de Indias, uno de los organismos más influyentes dentro del Consejo. La creación de ésta obedeció a la preocupación especial que requerían los negocios y materias de guerra. También, a semejanza del Consejo de Castilla, el de Indias tenía una Cámara, llamada de Indias, encargada de la distribución de mercedes y de proponer al rey los nombramientos en los oficios seculares y eclesiásticos (Real Patronato).
El Consejo era itinerante, pues debía moverse de acuerdo con el traslado de la Corte Real, hasta que se instaló por orden del rey en Madrid. Con la llegada de los Borbones decayó la importancia que tenía. En 1778 se declaró que había cumplido con su misión fundamental, que era la propagación del cristianismo y de la cultura española.
Por último, cabe mencionar que la actuación del Consejo de Indias se caracterizó por un exceso de burocracia, una exasperante lentitud en la adopción de decisiones y muchas veces fue utilizado para satisfacer los intereses de sus propios consejeros.
LA CASA DE CONTRATACIÓN
Adjunta o incluida en el Consejo, se erigió La Casa de Cantratación, vasta organización central de las Aduanas y de la Contabilidad colonial, encargada de registrar, clasificar y distribuir los buques, cargamentos y retornos que salían o que regresaban de América, especialmente los del convoy de las Dos Flotas que transportaban el surtido para México y para el Perú por el Istmo y Portobelo.
La Casa de Contratación era también Audiencia Real Americana en todo lo relativo a comercio y navegación: es decir, lo que aquí llamamos ahora Corte Suprema de Justicia.
BIBLIOGRAFÍA:
1. Diccionario de la lengua española, 19ª ed, España, Ed. Espasa Calpe, 1970.
2. Dougnac Rodríguez, Antonio. Manual de historia del derecho indiano, México, UNAM, 1994.
3. Historia Argentina y Americana – Vicente F. López.